REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO VALDÉZ DEL SEGUNDO CIRCUITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO VALDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Güiria, 09 de Noviembre de 2016
206º y 157º

Vista la solicitud de Divorcio 185-A así como los recaudos presentados, recibido por distribución efectuada mediante sorteo de fecha 07-06-16 por ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Valdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre (distribuidor de turno), presentada por los ciudadanos: Marbelis de Valle Delzine Ramos y Eliu Antonio Azuaje del Rosario, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.052.557 y V-10.487.269, respectivamente, ambos de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio José Gonzalo Zavala Pérez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 254.279, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley y se encuentra fundamentada en la causal establecida en el Artículo 185-A del Código Civil; se admite cuanto ha lugar en derecho. En tal sentido, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 131 y 132 del Código de Procedimiento Civil, notifíquese mediante boleta al Fiscal del Ministerio Público en Materia de Familia, y remítasele copia fotostática certificada de la solicitud para que dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, más un (01) día que se le concede como termino de la distancia, haga uso del derecho de oposición o exponga lo que considere conveniente como parte de buena fe, para lo cual se autoriza al ciudadano Álvaro Arbeláez Cedeño, Alguacil del Tribunal para la elaboración de las mismas quien firmará junto con la Secretaria al pie y en cada uno de sus folios. Líbrese oficio con su respectiva boleta de notificación.
La Juez.,
Abg. Dulce M. Vásquez U. (Fdo.)
La Secretaria Temp.,
Abg. Frangelix Brito. (Fdo.)
Nota: En esta fecha se cumplió con lo ordenado.-
La Secretaria Temp.,
Abg. Frangelix Brito. (Fdo.)

Exp. Nº 083-16.-
DMVU/aac