REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 22 de noviembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO: JMS1-S-8845-16
SOLICITANTES: ORLANDO LUIS CONTRERAS
BENEFICIARIA: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, (NIÑA DE SIETE (07) AÑOS DE EDAD)
MOTIVO: TUTELA

Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y la aceptación al cargo de tutor interino por parte del ciudadano ORLANDO LUIS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.381.201, con domicilio en: Sector La Manga, Casa No. 31. Parroquia Cumanacoa del Municipio Montes del estado Sucre, debidamente asistida por la abogada MARISOL HERNANDEZ, en su carácter de Defensora Pública Primera con competencia para actuar en materia de Protección de Niño, Niña y Adolescente, de esta circunscripción Judicial; quien fuera designado por este Tribunal como Tutor Interino de su nieta, la niña CARLA NATALITH SALAZAR CONTRERAS, de siete (07) años de edad,, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 313 del Código Civil, declara como TUTOR INTERINO de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de siete (07) años de edad a su abuelo paterno el ciudadano ORLANDO LUIS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.381.201, con domicilio en: Sector La Manga, Casa No. 31. Parroquia Cumanacoa del Municipio Montes del estado Sucre, a los fines de representar de forma inmediata en las instituciones educativas, de salud, viajes, además para reclamar los beneficios que le pudiesen otorgar como legitima heredera.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016).-
LA JUEZA.-

ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI

Secretaria

La presente decisión se dicto dentro de su lapso legal.

Secretaria
MGE/Anagrisel.-