REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES
EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05
Carúpano, 07 de noviembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2016-004904
ASUNTO: RP11-P-2016-004904
Celebrada como ha sido el día 03 de Noviembre de 2016, la Audiencia de Presentación de Imputado, en el asunto seguido en contra de ALEXANDER JOSÉ RODRIGUEZ GUZMAN.
DEL MINISTERIO PÚBLICO
Debidamente notificada para existir en esta audiencia, una vez recibidas las actuaciones se pudo evidenciar que el ciudadano ALEXANDER JOSÉ RODRIGUEZ GUZMAN, se encuentra solicitado por el Juzgado Quinto de Control del Estado Monagas, según expediente N° POIP-2009-000750, según oficio N° 5C3808-13, de fecha 03/09/2013, por el delito NO INDICA, es por lo que solicito respetuosamente de este Tribunal se acuerde la DECLINATORIA DE COMPETENCIA al Juzgado Quinto de Control del Estado Sucre. Es todo.
DEL IMPUTADO
Seguidamente a los fines de concederle la palabra al Imputado, la Juez lo impone del Precepto Constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y del Articulo 133 del Código Orgánico Procesal Penal, que lo exime de declarar en causa propia y en su contra, y en caso de consentir podrán hacerlo sin juramento libre de coacción o apremio, con el entendido que su declaración es un medio para su defensa, quien fue impuesto del hecho que se le imputa y señalándosele que su no declaración no impide la continuación de la audiencia señalando, así como de las formulas alternativas a la prosecución del proceso, por lo que el tribunal le cede la palabra al Imputado y procede a identificarse como: ALEXANDER JOSE GUZMAN RODRIGUEZ, Venezolano, natural Caripito, Estado Monagas, nacido en fecha 29/01/1984, de 32 años de edad, agricultor, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Numero V- 17.113.944, hijo de Asiglo Rodríguez y Jorgina Guzmán, residenciado Guiria de la Playa, calle principal casa sin numero, a 50 metros del bar. de chora. Estado Sucre,. Quien manifestó: “Hace un mes me agarraron y también me llevaron y en maturín me dieron la libertad y aquí tengo mi boleta de libertad que me dieron allá, es todo.
DE LA DEFENSA
esta defensa oída como ha sido la solicitud fiscal, solicito que mi defendido se le otorgue una liberta por cuanto ya fue declinado por esta causa en días pasados y por cuanto se evidencia de oficio que el mismo le fue otorgado la libertad por el Tribunal del estado Monagas y por la misma causa signada con el Nº POIP-2009-000750. Es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
“Concluido el desarrollo de la presente audiencia, donde en presencia del Defensor Público, la Fiscal del Ministerio Público en Sala de Flagrancia, puso a la orden de este Juzgado al ciudadano ALEXANDER JOSÉ RODRIGUEZ GUZMAN, quien se encuentra solicitado por el Juzgado Quinto de Control del Estado Monagas, según expediente Nº POIP-2009-000750, según oficio Nº 5C3808-13, de fecha 03/09/2013, por el delito NO INDIC; Ahora bien, revisado la documentación presentada por el mismo y de la cual fue puesta a la vista del Fiscal del Ministerio Público y su Defensa y siendo que ya por la misma le otorgaron su libertad por el Estado Monagas por esta misma solicitud esta juzgadora considera procedente Decretar Libertad Sin Restricciones para el ciudadano ALEXANDER JOSÉ RODRIGUEZ GUZMAN, Instando al mismo a comparecer ante en Juzgado Quinto de Control de a Ciudad de Maturín estado Monagas a los fines de tramitar que lo saquen del sistema SIIPOL, Así mismo se ordena el Cierre de la Presente Causa, se envié al Archivo Central para su posterior remisión al archivo Judicial. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al ciudadano ALEXANDER JOSE GUZMAN RODRIGUEZ, Venezolano, natural Caripito, Estado Monagas, nacido en fecha 29/01/1984, de 32 años de edad, agricultor, soltero, Titular de la Cédula de Identidad Numero V- 17.113.944, hijo de Asiglo Rodríguez y Jorgina Guzmán, residenciado Guiria de la Playa, calle principal casa sin numero, a 50 metros del bar. de chora. Estado Sucre; Así mismo este Tribunal Insto al mismo a comparecer ante en Juzgado Quinto de Control de a Ciudad de Maturín estado Monagas a los fines de tramitar que lo saquen del sistema SIIPOL por la referida causa, Así mismo se ordena el Cierre de la Presente Causa, se envié al Archivo Central para su posterior remisión al archivo Judicial. Líbrese oficio a la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela Nº 53, Destacamento Nº 532, Comando Carúpano informándose de la libertad acordada por este tribunal. Désele por terminado al presente asunto a nivel de sistema Juris 2000, Se acuerdan la copia solicitada por las partes. Quedan las partes debidamente notificadas con la lectura y firma del acta de conformidad con lo previsto en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo, termino, se leyó y conformes firman. Cúmplase.-
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL
ABG. OLGA STINCONE ROSA VELÁSQUEZ
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. ANNA DI BISCEGLIE
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