ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2016-005221
ASUNTO : RP01-P-2016-005221
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al causado JOSE ENRIQUE MOREY COVA, Venezolano, titular de la cédula Nº V- 24.873.790, natural de esta Ciudad, de 22 años de edad, nacido en fecha 25-08-1993, soltero, de oficio obrero, hijo de los ciudadanos Mariela Cova y Antonio Morey y residenciado en La Calle Niquitao Casa Nro. 12. Cumaná, Estado Sucre. Teléfono 0424-778-83-42, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 y la agravante del numeral 11 del articulo 77 del Código Penal, en relación con el numeral 1 del articulo 84 eiusdem, en perjuicio de DANYS ARTURO MARCANO SUAREZ, este Tribunal hace las siguientes consideraciones:
En fecha cinco (05) de agosto de dos mil dieciseis (2016), se celebra ante el Tribunal 1° de Control audiencia preliminar al acusado de autos y dicta auto de apertura a juicio remitiendo la causa Principal a la fase de Juicio, (RP01-P-2016-005221) la cual correspondió su conocimiento a este Juzgado Primero de Juicio.
Ahora bien, en fecha veintiséis (26) de octubre del 2016 este tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Sucre da entrada al expediente No RJ01-P- 000050, seguido al acusado MAIKEL JOSE MORALES HERRERA, observándose que también es imputado por los mismos hechos que el acusado JOSE ENRIQUE MOREY COVA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 y la agravante del numeral 11 del articulo 77 del Código Penal, en relación con el numeral 1 del articulo 84 eiusdem, en perjuicio de DANYS ARTURO MARCANO SUAREZ.
Por tanto verificado y constatado por este sentenciador que los imputados JOSE ENRIQUE MOREY COVA Y MAIKEL JOSE MORALES HERRERA, son imputados por los mismos hechos en los cuales perdió la vida el hoy occiso DANYS ARTUROMARCANO SUAREZ, y visto que por ante este juzgado Primero de Juicio cursan ambas causas penales, corresponde a este tribunal Primero de juicio realizar la correspondiente acumulación conforme a lo establecido en el artículo 76 del Código Orgánico Procesal penal. Ya que no podrán seguírseles diversos procesos por los mismos hechos aunque los imputados sean diversos..
Ahora bien, el artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal, establece: “Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados o imputadas sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado o imputada, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los caos de excepción que establece este Código”. “Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito mas grave”.
Por cuanto se evidencia que ambos expedientes RP01-P-2016-005221 y RJ01-P-2016-000050 son seguidas en contra de los JOSE ENRIQUE MOREY COVA Y MAIKEL JOSE MORALES HERRERA, y son imputados por los mismos hechos en los cuales perdió la vida el hoy occiso DANYS ARTUROMARCANO SUAREZ y atendiendo al contenido del artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal que establece la Unidad del proceso para todo procesado o procesada, este Tribunal acuerda que el expediente RJ01-P-2016-000050 sea acumulado al expediente principal Nro RP01-P-2016-005221, ambos cursantes ante este Juzgado de Juicio.
Por cuanto en ambas causas está programada la celebración del Juicio Oral y Público en fecha 10/11/2016 a las 10:00 a.m y 11:00, a.m, respectivamente, este tribunal acuerda mantener dicha fecha como fecha para el inicio del Juicio de igual forma se ordena a la secretaría de este Juzgado que la pieza única correspondiente al expediente RJ01-P-2016-000050, le sea signada nueva carátula con la nomenclatura correspondiente a la causa principal RP01-P-2016-005221, identificándolas con el número II, quedando las piezas correspondientes al expediente RP01-P-2016-000050 identificada con las piezas No I, respectivamente, ambas piezas ahora correspondientes a esta última nomenclatura del expediente RP01-P-2016-005221 .
Por las consideraciones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA la acumulación del expediente RJ01-P-2016-000050 al presente expediente RP01-P-2016-005221, seguido al acusado JOSE ENRIQUE MOREY COVA, Venezolano, titular de la cédula Nº V- 24.873.790, natural de esta Ciudad, de 22 años de edad, nacido en fecha 25-08-1993, soltero, de oficio obrero, hijo de los ciudadanos Mariela Cova y Antonio Morey y residenciado en La Calle Niquitao Casa Nro. 12. Cumaná, Estado Sucre. Teléfono 0424-778-83-42, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1 y la agravante del numeral 11 del articulo 77 del Código Penal, en relación con el numeral 1 del articulo 84 eiusdem, en perjuicio de DANYS ARTURO MARCANO SUAREZ, todo ello en atención al contenido del artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal. Se mantiene la fecha fijada para la celebración del Juicio Oral y Público para el día 10/11/2016 a las 10:00 a.m. Notifíquese al Defensor Público Séptima y a los abogs. FERNANDO CARVAJAL Y JOSE ALBERTO RAMOS defensores de MAIKEL MORALES ; notifíquese a la fiscalía Tercera del Ministerio Público de la presente acumulación. Notifíquese a los representantes de las victimas y líbrese boleta de traslado de los acusados a la Comandancia de Policía de esta Ciudad y boleta de traslado. Líbrese los oficios y boletas de citaciones a los medios de prueba que deban comparecer al Juicio en la oportunidad antes señalada. Cúmplase.
El Juez Primero de Juicio.
Abg. Nayip Beirutti.
La Secretaria.
Abg. Mónica Balza.
|