REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 03 de Mayo de 2016.-
206° y 153°
Exp. N° 17.362.-

DEMANDANTE: PEDRO RAMÓN HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.666.953.-

APODERADOS: ANGEL JESUS MARCANO MÉNDEZ y ANGEL GUILLERMO MARCANO MENDEZ, inscritos en el InpreAbogado bajo los Nros: 95.231 y 9.768, respectivamente.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Victoria N° 15, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre.

DEMANDADOS: ÁNGEL JORJJAN RODRÍGUEZ FERMÍN, ROSA ELENA FERMÍN DE RODRÍGUEZ, MARLENI DEL VALLE FERMÍN, GERARDO RENÉ FERMÍN y ELIZABETH MARÍA FERMÍN, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédulas de Identidad Nros: 17.021.522, 5.881.940, 9.454.753, 6.953.661, y 10.221.677 respectivamente.

APODERADO: NO OTORGÓ.

DOMICILIO PROCESAL: NO OTORGÓ.

MOTIVO: REIVINDICATORIA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA. (Con Fuerza de Definitiva).
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano PEDRO RAMÓN HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 2.666.953, domiciliado en calle Las Mercedes N° 32, de Playa Grande, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y asistido del abogado en ejercicio ÁNGEL GUILLERMO MARCANO MÉNDEZ, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 9.768, en la cual desiste de la presente demanda, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; En consecuencia, se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Así se decide. Y por cuanto consta en autos que por ante el Juzgado Superior Civil del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, cursa apelación formulada por la parte demandante en la presente causa, es por lo que se ordena oficiar a ese Juzgado a los fines de informarle sobre la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,


Abg. Francis Vargas Campos.


Exp. N° 17.362.-
SGDM/Fvc/ecm.-