REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 03 de Mayo de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-006246
ASUNTO : RP01-P-2014-006246
RESOLUCIÓN QUE DECRETA SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA

Visto que de la revisión efectuada al presente asunto se evidencia que en fecha 07 de agosto de 2015, en audiencia preliminar fue decretada la Suspensión Condicional del Proceso a favor del acusado GERMAN DEL JESUS PACHECO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.253.386, a quien se le sigue la presente causa penal por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICÍTA DE SUSTANCIAS ESTUPEFASCIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de la COLECTIVIDAD, con base en lo dispuesto en los artículos 358 al 361 del Código Orgánico Procesal Penal.

Visto que en la misma fecha se le estableció al acusado un régimen de prueba por el lapso de cuatro meses, en los cuales debía cumplir las siguientes condiciones: 1.- abstenerse de incurrir en nuevo hecho punible. 2- Efectuar trabajo comunitario, por cuatro (04) meses, o el que el determine el tribunal en jornadas de trabajo comunitario, supervisado por el Consejo Comunal Vencedores del Pueblo de Campearito.

De revisión efectuada al presente asunto se observa que a los folios 71 y 76, cursa informe emitido por el Consejo Comunal Vencedores del Pueblo Parroquia Catuaro - Campearito Municipio Ribero del Estado Sucre, en el cual se evidencia el cumplimiento por parte del acusado de las obligaciones que le fueron impuestas por lo que se refiere al Trabajo Comunitario. No evidenciando hasta la presente fecha que el acusado hubiere incurrido en delitos de ninguna naturaleza con posterioridad a la suspensión decretada, es por lo que este Tribunal considera verificado el cabal cumplimiento de las condiciones impuestas para la suspensión condicional del proceso, siendo en consecuencia procedente conforme dispone el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, decretar la extinción de la acción penal y en consecuencia el sobreseimiento de la causa y así debe decidirse.

En virtud de los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO EN FUNCIONES DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas para la suspensión condicional del proceso, DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, conforme dispone el artículo 4361 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra el acusado GERMAN DEL JESUS PACHECO, titular de la cédula de identidad Nº V-14.253.386, a quien se le sigue la presente causa penal por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICÍTA DE SUSTANCIAS ESTUPEFASCIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de la COLECTIVIDAD y así se decide. Notifíquese al Fiscal, a la defensa y al acusado del contenido de la presente decisión. Cúmplase.
JUEZA QUINTA DE CONTROL

ABG. KARELINA ARENAS RIVERO
SECRETARIO

ABG. JAIME MARTINS