REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 02 de marzo de 2016
205° y 156°


Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por el ciudadano VLADIMIR EL HALABI PALIJ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V- 16.061.3672, domiciliada en la Calle Cantaura, Nº 54, Carúpano, Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio JESUS LUIS DIAZ, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.737, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanas: NORELY CAROLINA MILLAN MARTINEZ y SOLANGE RAMONA MILLAN DE FLORES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 13.294.773 y V- 5.872.861, respectivamente. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, el ciudadano arriba suficientemente identificado, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad sobre un inmueble constituido por Un (01) local comercial , construido de techo de platabanda, paredes bloques de cemento frisada pintadas, piso de cemento, distribuida de la siguiente forma: Una (01) oficina, Un (01) deposito, Una (01) habitación, Un (01) Baño, con acometidas de aguas blancas servidas y aguas blancas e instalaciones eléctricas. El terreno tiene una extensión de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (454.95 Mts2) y un área de construcción de OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CON OCHENTA Y SIETE CENTIMETROS (846,87 Mts2) y se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: Su fondo con terrenos Municipales, hoy con casa que es o fue de la ciudadana Petra Noriega, con una medida de trece metros con cincuenta centímetros (13,50 Mts); SUR: Su frente con la Calle Cantaura, con una medida de trece metros con cincuenta centímetros (13,50 Mts), ESTE: Con casa que anteriormente fue de la ciudadana Catalina Viña, actualmente con casa que es o fue de la ciudadana Rosa Viña de García, con una medida de treinta y metros con setenta centímetros (33.70 Mts) y OESTE: Con casa que anteriormente fue del ciudadano Justino Rodríguez, actualmente con casa que es o fue del ciudadano Pedro Espinoza, con una medida de treinta y tres metros con sesenta centímetros (33.70 Mts), según Código Catastral Nº 19-05-04-01-06-19, el inmueble se encuentra ubicado en la Calle Cantaura, Nº 54, Carúpano, Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre. El valor es por la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo). Ahora bien por cuanto los mencionados testigos, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle al solicitante, ciudadano VLADIMIR EL HALABI PALIJ, supra identificado sus derechos de propiedad que tiene sobre las bienhechurias, antes descrita. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;

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Abg. Félix Benítez Pérez La Secretaria;

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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar

NOTA: En esta misma fecha (02/03/2016), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria;

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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar













Solic. N° 12-16.-