REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MONTES DEL PRIMER CIRCUITO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MONTES DEL PRIMER CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANACOA, TRES DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS.
205° y 156°

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, corre inserto en el folio 115 auto de fecha 10 de Diciembre de 2012, en el que se le da cumplimiento a la sentencia emanada del Tribunal Superior, en lo Civil, Mercantil, del Transito, Protección del Niño, Niña y Adolescente y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, de fecha 01/11/2012, mediante la cual declaro con Lugar el Recurso de Apelación ejercido por el abogado LUIS RAMON SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.762, en su condición de apoderado judicial del ciudadano ANTONIO BASILISO GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° V-9.976.086, contra la decisión de fecha 06/06/2012, dictada por este Tribunal, declarando Sin Lugar la solicitud intentada por el abogado apelante en contra de la ciudadana LUISA TERESA RIVERO, titular de la cedula de identidad N° 2.921.301, en consecuencia revoca en todas y cada una de las partes dicha sentencia. Asimismo declara Nulas todas las actuaciones contenidas en el cuaderno principal del convenimiento de pago desde la solicitud de ejecución voluntaria hasta lo que se haya efectuado en el tribunal natural con relación a la ejecución forzosa, es por ello, que este tribunal de Municipio Acordó, darle entrada en el libro respectivo y oficiar al Registrador Subalterno del Municipio Montes, para que deje sin efecto el oficio N° 280-11 de fecha 14-11-2011, emanado del Tribunal Ejecutor de Medidas del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre y ordeno certificar el auto y colocarlo en el cuaderno de incidencias y de medidas. De igual manera se oficiara a la depositaria Judicial notificándole la suspensión del referido embargo.
Ahora bien, de la revisión del presente auto, se evidencia que se omitió dejar sin efecto el oficio N° 279-11 de fecha 10-11-2011, emanado de Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre que en su contenido pone en conocimiento a este Tribunal de los inmuebles embargados ejecutivamente describiéndolos de esta manera: PRIMERO: Un inmueble denominado Edificio Alfa & Omega Place, construido sobre un área de terreno de CIENTO SETENTAS Y TRES CON OCHENTA METROS CUADRADOS (173,80mts2), ubicado en la ciudad de Cumanacoa Municipio Montes y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: edifico Cumanacoa, SUR: Con inmueble propiedad de la señora Gladys de Siliggi; ESTE: con edificio Tegucigalpa y OESTE: que es su frente con Plaza Montes, callejón de por medio, conforme documento protocolizado ante ese registro bajo el N° 10,Tomo 2, Protocolo Primero del Tercer Trimestre del año 2008. SEGUNDO: Un Inmueble denominado Edificio Cumanacoa, ubicado en la calle Miranda cruce con la calle Flores, de la ciudad de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, construido sobre un área de terreno de DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON NOVENTA METROS CUADRADOS (253,90 mts2) y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con Edificio Tegucigalpa, SUR: Con la Plaza Montes, Callejón de por medio; ESTE Con calle Las Flores; y OESTE: Con la calle Miranda, conforme documento protocolizado ante ese registro bajo el N° 6, Tomo 5, Protocolo Primero del Cuarto Trimestre del año 2006. El primero de los inmuebles señalados por la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLIVARES CON TREINTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 257.277,39) y el segundo por la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEITIDOS BOLIVARES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 336.722,61). En este orden de ideas en importante revisar el contenido del oficio 280-11 que corre inserto al folio (64) del cuaderno de medidas, emanado del Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En dicho oficio se le pone en conocimiento a la ciudadana Registradora Publico del Municipio Montes del Estado Sucre, que acordó subsanar el error involuntario incurrido en el oficio 279-11 con respecto a los datos de uno de los inmuebles embargados ejecutivamente, refiriéndose exclusivamente al denominado ALFA & OMEGA PLACE, quedando embargados ejecutivamente, los inmuebles ubicados en el Nivel mezzanina, piso1 y piso 2 del referido Edificio, ubicado en la dirección anteriormente descrita, sin hacer ningún tipo de mención al primer inmueble, manteniéndose la medida de embargo ejecutivo sobre el primer inmueble. Este Tribunal en aras de subsanar el error material involuntario en el que incurrió acordó dejar sin efecto solo el oficio 280-11 y en acatamiento a la Sentencia del TRIBUNAL SUPERIOR, EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, PROTECCION DEL NIÑO, NIÑAS, ADOLESCENTES Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, donde ordena revocar en todas y cada una de las partes de la Sentencia de fecha 06-06-2012 dictada por este Tribunal, asimismo declara nula todas las actuaciones contenidas en el cuaderno principal del convenimiento de pago desde la solicitud de ejecución voluntaria hasta lo que el tribunal ha efectuado con respecto a la ejecución forzosa. En consecuencia nula como han quedado las actuaciones del embargo ejecutivo realizado sobre dichos inmuebles. Este tribunal ordena dejar sin efecto el oficio 279-11, fecha 10-de Noviembre de 2011, emanado del Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, Cruz Salmerón Acosta y Montes. Y ordena oficiar a la Registradora Publico del Municipio Montes para que estampe la debida nota marginal acompañado de copia certificada de la sentencia del Tribunal Superior, de los oficios 279-11,280-11,398-12 y del presente auto. Así se decide. Líbrese oficio.
LA JUEZA PROVISORIO

ABG. ROSELY PATIÑO RODRIGUEZ
SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. CESAR SANCHEZ



EXP. N° 871-10