CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION

Carúpano, 1 de Marzo de 2016
205º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2007-004419
ASUNTO: RP11-P-2007-004419

Por cuanto de la revisión del sistema, se evidencia que se recibió por este despacho, proveniente del Tribunal segundo de ejecución, la causa signada con la nomenclatura RP11-P-2012-008194 seguida contra el penado Luís Antonio Jiménez González, venezolano, mayor de edad, Indocumentado, de estado civil soltero, nacido en fecha 16-04-1983, de 28 años de edad, de profesión u oficio pescador, hijo de Luisa Aura Jiménez González y Héctor Jacinto Hernández, y domiciliado en Playa de Sal, Sector El Matadero, Casa S/N, Parroquia Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión de los delitos de Robo Propio en grado de tentativa y tentativa de Robo de Vehículo automotor previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal y el artículo 7 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo automotor, perjuicio de Luis Eduardo García y por cuanto se evidencia que ante este despacho se viene ventilando la causa RP11-P-2007-004419 seguida contra el mismo Luís Antonio Jiménez González por la comisión del delito de Robo Agravado en Grado de Frustración previsto y sancionado en el artículos 458 en relación con el 80 del Código Penal en perjuicio de Rocelys Del Valle González Fernández, por cuanto estamos ante el supuesto de dos causas seguidas a un mismo penado, que en este caso es contra Luís Antonio Jiménez González, habiéndose encontrado actualmente en la misma fase, Este Tribunal a los fines de garantizar la unidad del proceso, conforme a lo previsto en el artículo 73 numeral 4° en relación con los artículos 74 ordinal 1° y 76 todos del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la acumulación a la presente causa del asunto RP11-P-2012-008194, por ser la causa seguida por el delito en el que se impuso menor pena, para que sigan un mismo curso y así se decide. En consecuencia, se acuerda agregar el asunto acumulado y realizar la corrección de foliatura correspondiente y el cierre de piezas correspondiente y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Resuelve: Acumular a la presente causa el asunto RP11-P-2012-008194, por ser todos seguidos contra el penado Luís Antonio Jiménez González, venezolano, mayor de edad, Indocumentado, de estado civil soltero, nacido en fecha 16-04-1983, de 28 años de edad, de profesión u oficio pescador, hijo de Luisa Aura Jiménez González y Héctor Jacinto Hernández, y domiciliado en Playa de Sal, Sector El Matadero, Casa S/N, Parroquia Bolívar, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por conexidad entre ellos, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 73 numeral 4° en relación con los artículos 74 ordinal 1° y 76 todos del Código Orgánico Procesal Penal. Realícese, la acumulación fáctica de los asuntos y la corrección de foliatura respectiva. Acumúlense las penas respectivas. Cúmplase.
EL Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luís Mariano Marsella.

La Secretaria Judicial.
Abg. Laimalia Moya.