REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Sucre
Cumaná, veintinueve (29) de julio de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO : RP31-L-2016-000006
SENTENCIA

.PARTE ACTORA: ROSANGER DEL CARMEN RODRIGUEZ , venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. 12.538.501.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE , MABALYS MONTES MATA, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 98.777, representación que consta al folio 06 al 08.
PARTE DEMANDADA: JESUS ARGENIS CORDOVA GUEVARA, asistido por el abogado en ejercicio JUAN LOBATON, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 93.153.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

Dado que en el día de hoy, siendo la fecha y hora fijada para que tenga lugar la continuacion de la Audiencia Preliminar, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y Otros conceptos laborales, se sigue en el presente asunto, se anunció dicho acto en este Tribunal por el ciudadano Alguacil, haciéndose presente la parte actora ROSANGER DEL CARMEN RODRIGUEZ y su apoderada judicial la abogada , MABALYS MONTES MATA y por la parte demandada hizo acto de presencia el ciudadano JESUS ARGENIS CORDOVA GUEVARA, asistido por el abogado en ejercicio JUAN LOBATON, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 93.153.
En este acto el Tribunal verificada la comparecencia de las partes antes mencionadas da continuación a la Audiencia Preliminar y la jueza luego de haber escuchado a cada una de las partes haciendo sus respectivas exposiciones, insto a la mediación del conflicto, como medio alterno de solución de conflicto, para poner fin a la presente controversia, en consecuencia la parte demandada a los fines de dar por terminado el presente proceso y a cualquier reclamación futura, ofreció cancelar la suma de CUARENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.45.000,00) cantidad esta que se cancelara en tres partes de Bs.15.000,00 c/u de la siguiente manera: LA PRIMERA PARA EL 15/08/2016, LA SEGUNDA PARA EL 15/09/2016 Y LA ULTIMA PARA EL DIA 17/10/2016

En este estado, la parte actora ROSANGER DEL CARMEN RODRIGUEZ y su apoderada judicial la abogada , MABALYS MONTES MATA , acepto y convino en la oferta realizada, por lo que declara estar de acuerdo con todo lo ante expuesto y manifiesta que no tiene nada mas que reclamar a la demandada, por concepto de prestaciones sociales y demás conceptos laborales, En consecuencia por cuanto los acuerdos expresados son productos de la voluntad libre, consciente y espontánea manifestada por las partes y dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se refieren los procesos y a reestablecer el equilibrio jurídico entre las partes y por cuanto no es contrario a derecho, ni al orden publico; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los trabajadores y Las trabajadoras, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES y le otorga fuerza de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes, se declarara terminado el presente procedimiento una vez dado cumplimiento a la transacción celebrada y se ordenará el archivo del presente expediente. Y ASI SE ESTABLECE.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIAS CERTIFICADA
DOS Y FEDERACION.
LA JUEZA TITULAR

ANTONIETA COVIELLO MARCANO
LA SECRETARIA