JUZGADO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
EXTENSIÓN -CARUPÁNO.-
Carúpano, 29 de Julio de 2.016.
207° y 156°.
Vista la diligencia suscrita por los ciudadanos HERNA RAFAEL ZZORILLA VIZCAINO, EDIT EVANGELINA GUERRA DE LUGO Y YERALDI MARÍA BERTIS SILANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de Identidad Nros. 13.731.059, 5.909.178 Y 19.189.495, respectivamente, representados por la Defensora Pública de esta extensión judicial; revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, contentivo de MEDIDA DE PROTECCION COLOCACION EN FAMILIA ORIGEN, intentada por los ciudadanos HERNA RAFAEL ZZORILLA VIZCAINO, EDIT EVANGELINA GUERRA DE LUGO, domiciliados en Chacuaracual en Río Caribe, vía principal, Municipio Arismendi del Estado Sucre, en su condición de tíos paterno de los niños Omissis; el Tribunal en fecha 31 de Enero de 2013, dictó sentencia declarando la misma con lugar y otorgó Medida Provisional. Y por cuando se observa de Acta consignada por la representados por la Defensora Pública de esta extensión judicial (folios 65 y 66), donde se evidencia de la lectura de la misma que los ciudadanos HERNA RAFAEL ZZORILLA VIZCAINO, EDIT EVANGELINA GUERRA DE LUGO, procedió hacer entrega inmediata y efectiva los niños YERIANGEL RISANDI, MIGUEL DAVID BERTIZ YJESÚS ABRAHAN CARMONA BERTIZ, a su progenitora ciudadana YERALDI MARÍA BERTIS SILANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 19.189.495, domiciliada en Canchunchu Viejo, sector Las Vegas, calle Batalla de Ayacucho, casa N° 12, Carúpano, Municipio Bermúdez del estado Sucre; están reincorporados a su hogar de origen. En consecuencia este Tribunal, asimismo se acuerda suspender los informes integrales ordenado; se da por terminado el presente procedimiento y acuerda el cierre y archivo del expediente. Y Así se decide.
ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA,
EL JUEZ.
ABG. DIOMAR RIVAS MAZA,
EL SECRETARIO.
EXP: N° 9881-12.-
JMG/drm / am.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE S
ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO.
Carúpano, 29 de Julio de 2.016.
206° y 157°.
N° 1045.-
CIUDADANAS:
MIEMBROS DEL EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO
SU DESPACHO.
Me es grato dirigirme a usted, en la oportunidad de solicitarle se sirva dejar SIN EFECTO la practica de los informes integral, ordenados mediante oficio N° 964, de fecha 18 de Julio del año en curso, en el juicio de MEDIDA DE PROTECCIÓN COLOCACIÓN EN FAMILIA DE ORIGEN.-
Solicitud que hago a Ud. a los fines legales consiguientes.-
ABG. JAVIER MUÑOZ GARCIA,
EL JUEZ.
EXP: N° 9881-12.-
JMG/drm/am.-
AVENIDA PERIMETRAL FRENTE A LA CONCHA ACÚSTICA “LUÍS MARIANO RIVERA”, CARÚPANO- ESTADO SUCRE. TELEFONO -FAX: 0294 3319183.
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