REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 6 de Julio de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2015-005685
ASUNTO : RP01-P-2015-005685
AUTO QUE ORDENA LIBERTAD INMEDIATA
Vista la recepción de actuaciones procedentes del Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación Cumaná, donde remite actuaciones relacionadas con la Captura del ciudadano VICTOR JOSE YENDEZ ROSALES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-14.716.227, de 35 años de edad, estado civil soltero, natural de Carúpano, nacido en fecha 03/05/1980, profesión u oficio Defensor de lo Derechos Humanos del Estado Sucre, hijo de Ana Maria Rosales y Víctor Pastor Yendez, domiciliado en Calle Sucre, Edificio Valeria, piso 3, apartamento Nº 2, Cumaná Estado Sucre, teléfono 0424-8750963; a quien se le sigue la presente causa penal por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ELIZABETH ANTONIA FIGUERA. El cual refieren requerido por este según expediente No. RP01-P-2015-005585. Este Tribunal en virtud de la información aportada hace una revisión del respectivo expediente y constata, que en fecha 04/12/2015, fue realizada audiencia de imposición de orden de captura y audiencia preliminar en la cual este Tribunal acordó la libertad del referido imputado, habiéndole acordado la Suspensión Condicional del Proceso. Observa asimismo este Tribunal que por error involuntario no se emitió la orden de desincorporar del Sistema SIIPOl, al mismo. Ahora bien, en virtud de que actualmente no pesa sobre el referido imputado orden de aprehensión en su contra por haberse materializado la misma es por lo que este Tribunal acuerda otorgar su la libertad, desde esta sede judicial y así se decide. En virtud de los razonamientos antes expuestos es por lo que este TRIBUNAL QUINTO EN FUNCIONES DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA INMEDIATA LIBERTAD DEL IMPUTADO VICTOR JOSE YENDEZ ROSALES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-14.716.227, de 35 años de edad, estado civil soltero, natural de Carúpano, nacido en fecha 03/05/1980, profesión u oficio Defensor de lo Derechos Humanos del Estado Sucre, hijo de Ana Maria Rosales y Víctor Pastor Yendez, domiciliado en Calle Sucre, Edificio Valeria, piso 3, apartamento Nº 2, Cumaná Estado Sucre, teléfono 0424-8750963, la cual se ordena materializar desde esta sede judicial donde ha sido conducido. Líbrese boleta de libertad adjunta a oficio dirigido al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub. Delegación Cumaná, solicitándole asimismo excluirlo como persona solicitada en el sistema SIIPOL por la causa presente causa penal, en virtud de haberse ejecutado la misma. Cúmplase.
Jueza Quinta de Control,
Abg. Karelina Arenas Rivero
Secretaria
Abg. Mayra Córdova
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