REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.

San José de Areocuar, 14 de enero de 2015
205° y 156°

DEMANDANTES: JESUS ALBERTO MARTINEZ NAVARRO, Titular de la Cédula de Identidad N° V-5.874.448, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.415, actuando en su propio nombre e interés.

DEMANDADO: JUNIOR RAFAEL VELASQUEZ CEDEÑO, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.062.868.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: RONALD ROJAS LAREZ. Inscrito en el IPSA bajo el N° 199.548

EXP Nº. 574-2015.
MOTIVO: INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.

Visto el DESESTIMIENTO DE LA CAUSA , en el Expediente N° 574-2015, de la nomenclatura interna de este Tribunal, contentivo del juicio de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoado por el abogado en ejercicio JESUS ALBERTO MARTINEZ NAVARRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 33.415 contra el ciudadano JUNIOR RAFAEL VELASQUEZ CEDEÑO, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del Expediente en la sede de este Juzgado. Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. En San José de Areocuar, a los catorce días del mes enero de dos mil dieciséis. Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
La Juez Provisorio,
Abg.Fanny R. Martínez.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima Vargas
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto. Conste.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima Vargas
Exp. N° 582-2015