REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
El Pilar, 15 de enero de 2016.
205° y 156°
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, suscrita por la ciudadana ELVIRA MARÍA ROJAS DE CAMPOS, venezolana, mayor de edad, ama de casa, titular de la cédula de identidad No. V-2.403.359, domiciliada en la calle Las Vegas, casa s/n, Sector el Platanito, Guayana Bohordal, Parroquia Tunapuy del Municipio Libertador, estado Sucre, asistida en este acto por la Abogada en ejercicio ALICIA ALIENDRE ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.908.290, e inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nº 167.010, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos: JUAN BAUTISTA RODRÍGUEZ MALAVE y EDUARDO JOSÉ CAPOTE CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-5.912.220 y V-14.450.320, respectivamente, domiciliados en Guayana Bohordal, Parroquia Tunapuy del Municipio Libertador, estado Sucre, y en dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, la ciudadana arriba suficientemente identificada, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos de propiedad sobre las BIENHECHURIAS, las cuales se encuentra enclavadas en una parcela de terreno de propiedad Municipal, ubicada en la vía “Lomas de Platanito”, Sector Platanito quebrada de Juan Rojas, Guayan Bohordal, Parroquia Tunapuy, Municipio Libertador, estado Sucre, que mide según ficha catastral 19-09, aproximadamente seiscientos treinta y ocho con setenta y cinco (638,75) metros cuadrados, con un área de construcción de diecisiete metros con cincuenta centímetros (17,50 mts) de largo por ocho metros (08 mts) de ancho con un total de ciento cuarenta metros cuadrados (140 m2) y están alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con casa que es o fue del ciudadano Hermogenes Garcia, con una medida de ocho (08) metros; SUR: Con calle “Las Vegas” igual medida de ocho (08) metros; ESTE; con calle vía a las Palomas de Platanito, con diecisiete con cincuenta (17,50) metros y OESTE: con asa que fue o es de la ciudadana Gladis Bravo con igual medida de diecisiete con cincuenta (17,50) metros. El costo de inversión de dichas bienhechurias es por la cantidad de DOS CIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 200.000,oo). Ahora bien por cuanto las mencionadas testigos, ciudadanos: JUAN BAUTISTA RODRÍGUEZ MALAVE y EDUARDO JOSÉ CAPOTE CAMPOS, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, en consecuencia este JUEZ TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento civil mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle a la solicitante ciudadana ELVIRA MARÍA ROJAS DE CAMPOS, supra identificada sus derechos de propiedad que tiene sobre las bienhechurias, antes descritas. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud de sus resultas, a los fines de su archivo en este Juzgado, para tal efecto, se autoriza al ciudadano Francisco Brito, titular de la cédula de identidad N° V-13.348.831, en su carácter de Alguacil Titular de este Órgano Jurisdiccional para el fotocopiado. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez;
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Abg. Félix B. Benítez Pérez.
La Secretaria;
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Abg. Ydanis Duarte
NOTA: En esta fecha 15/01/16, se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria;
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Abg. Ydanis Duarte
Solic. N° 02-16.-
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