REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES
Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05
Carúpano, 25 de Enero de 2016
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-002897
ASUNTO: RP11-P-2013-002897.

Celebrada como ha sido el día 25 de enero de 2016, la Audiencia Especial de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto RP11-P-2013-002897, seguido en contra de los ciudadanos TORCAT RAMIREZ ROBINSON JOSÈ venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, de 20 años de edad, nacido en fecha 28-03-1993, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V- 24.626.006, de oficio obrero, hijo de Ramon Torcat y Beatriz Ramírez y residenciado en el caserío las pionias, calle Mariño, casa S/N, cerca de la cancha Municipio Bermúdez, Estado Sucre, y ROJAS ROJAS CARLOS JAVIER, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, de 20 años de edad, nacido en fecha 27-07-1993, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V- 21.380.608, de oficio obrero, hijo de Luís Lopez y Martina Rojas y residenciado en calle principal, sector las pionias, calle mariño casa S/N, eso es un caserio, Municipio Bermúdez, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.


DE LOS IMPUTADOS

Seguidamente se le cede le derecho de palabra al imputado Torcat Ramirez Robinson Josè, el cual expone: ciudadana juez yo cumplí con la labor impuesta por este tribunal. Es todo. Seguidamente se le cede le derecho de palabra al imputado Rojas Rojas Carlos Javier, el cual expone: ciudadana juez yo cumplí con la labor impuesta por este tribunal. Es todo.
DE LA DEFENSA

Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Defensor Público Abg. Paola Di Bisceglie quien expone: ‘’Solicito a este Tribunal que se de por terminado, por cuanto mis defendidos dieron cumplimiento a lo previsto por el Tribunal, por lo que consigno en ese acto constancia de que mis defendidos cumplieron con la labor impuesta por este Tribunal constante de ocho (08) folios útiles, solcito copias simples. Es Todo.

DEL MINISTERIO PÚBLICO

Acto seguido el Tribunal cede el derecho de palabra al Representante del Ministerio Público quien expone: revisada como ha sido el presente asunto solicito se sirva decretar el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con el articulo 300 numeral 3 en relación con el 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto se evidencia que los imputados cumplieron con las obligaciones impuesta por el tribunal y en consecuencia se extinga la acción penal, es todo.

PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL


Celebrada en el día de hoy, Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones impuestas con ocasión a la Suspensión Condicional del Proceso, decretada en fecha 17/09/2014 por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, debiendo cumplir los las condiciones por el plazo de SEIS (06) MESES, las siguientes: durante dos (02) horas cada quince (15) días, PRIMERO: Recuperación de la Cancha deportiva ubicada en el sector las Pionias, Municipio Bermúdez, estado Sucre. El cual será supervisado y certificado por el Consejo Comunal de la zona. SEGUNDO: Presentaciones periódicas cada treinta (30) por el lapso de seis (06) meses por ante la unidad de alguacilazgo de esta Sede Judicial, este Tribunal pasa a decidir las peticiones de las partes de la siguiente manera: este Tribunal observa que en fecha 17/09/2014, se celebró Audiencia Preliminar donde le fue concedido a los acusados TORCAT RAMIREZ ROBINSON JOSÈ y ROJAS ROJAS CARLOS JAVIER, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, y se le decreto la suspensión condicional del proceso imponiéndole las siguientes condiciones durante dos (02) horas cada quince (15) días, PRIMERO: Recuperación de la Cancha deportiva ubicada en el sector las Pionias, Municipio Bermúdez, estado Sucre. El cual será supervisado y certificado por el Consejo Comunal de la zona. SEGUNDO: Presentaciones periódicas cada treinta (30) por el lapso de seis (06) meses por ante la unidad de alguacilazgo de esta Sede Judicial; este Tribunal pasa a decidir las peticiones de las partes de la siguiente manera. Una vez verificado como fue el cumplimiento de dichas condiciones, mediante la consignación en este acto de la constancia presentada por la Defensora Pública Abg. Paola Di Bisceglie constante de ocho (08) folios útiles. es por lo que esta Juzgadora EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia DECRETA de conformidad con el articulo 300 ejusdem EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor de los ciudadanos TORCAT RAMIREZ ROBINSON JOSÈ venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, de 20 años de edad, nacido en fecha 28-03-1993, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V- 24.626.006, de oficio obrero, hijo de Ramon Torcat y Beatriz Ramírez y residenciado en el caserío las pionias, calle Mariño, casa S/N, cerca de la cancha Municipio Bermúdez, Estado Sucre, y ROJAS ROJAS CARLOS JAVIER, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, de 20 años de edad, nacido en fecha 27-07-1993, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V- 21.380.608, de oficio obrero, hijo de Luís Lopez y Martina Rojas y residenciado en calle principal, sector las pionias, calle mariño casa S/N, eso es un caserio, Municipio Bermúdez, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Cesando así las condiciones bajo las cuales le otorgaron la Suspensión Condicional del Proceso. Y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos TORCAT RAMIREZ ROBINSON JOSÈ venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, de 20 años de edad, nacido en fecha 28-03-1993, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V- 24.626.006, de oficio obrero, hijo de Ramon Torcat y Beatriz Ramírez y residenciado en el caserío las pionias, calle Mariño, casa S/N, cerca de la cancha Municipio Bermúdez, Estado Sucre, y ROJAS ROJAS CARLOS JAVIER, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, de 20 años de edad, nacido en fecha 27-07-1993, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V- 21.380.608, de oficio obrero, hijo de Luís Lopez y Martina Rojas y residenciado en calle principal, sector las pionias, calle mariño casa S/N, eso es un caserio, Municipio Bermúdez, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por este tribunal y verificada las condiciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el articulo 300 numeral 3 en relación con el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase la causa al Archivo Judicial en su debida oportunidad legal. Se acuerdan las copias solicitadas debiendo proveer para su reproducción. Quedan las partes notificadas de la presente decisión en esta misma sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. Cúmplase.-
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL
ABG. OLGA STINCONE ROSA VELASQUEZ


LA SECRETARIA JUDICIAL,
ABG. ANNA DI BISCEGLIE