REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITOJUDICIAL PENAL ESTADO SUCRE
EXTENSIÒN CARÙPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 1
Carúpano, 8 de Enero de 2016
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-003172
ASUNTO: RP11-P-2013-003172
SOBRESEIMIENTO
Celebrada como ha sido la Audiencia de verificación de cumplimiento de condiciones, seguida en el presente asunto a los imputados DOMINGO RAFAEL TORRES Y MIGUEL ANGEL MOYA MARTINEZ, identificados plenamente en actas, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD
Seguidamente se le cede el derecho de palabra al imputado MIGUEL ÁNGEL MOYA MARTÍNEZ, quien expone: Yo cumplí con todas las condiciones que me impuso el tribunal, y, asimismo consigno constancia emanada por el Consejo Comunal Brisas Decembrinas, perteneciente a la Urb. Guayacán de las Flores, Municipio Bermúdez, Parroquia Santa Catalina del estado Sucre. Es todo.
Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la Defensa Pública Abg. Jesús Mayz, quien expone: ‘’Toda vez que mis representados cumplieron cabalmente con las condiciones impuestas por este tribunal, lo cual se evidencia de la constancia emanada por el Consejo Comunal Brisas Decembrinas, perteneciente a la Urb. Guayacán de las Flores, es por lo que solicito se decrete el sobreseimiento de la causa de conformidad con lo previsto en el artículo 300 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Solicito copias certificadas de la presente acta y la resolución. Es Todo.
Acto seguido el Tribunal cede el derecho de palabra al Representante del Ministerio Público quien expone: visto que los acusados de autos cumplieron con las obligaciones impuestas es por lo que no me opongo a que se decrete el Sobreseimiento de la presente causa de conformidad con el articulo 300 numeral 1° en relación con el 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se extinga la acción penal, es todo.
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
Celebrada en el día de hoy, Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones impuestas con ocasión a la ampliación de la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor de los ciudadanos DOMINGO RAFAEL TORRES y MIGUEL ANGEL MOYA MARTINEZ, celebrada en fecha 21/09/2015 por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; en la cual se les impuso las siguientes condiciones a cumplir durante el plazo de tres (03) meses, las siguientes: PRIMERO: Trabajo Comunitario de limpieza y/o desmalezamiento de las áreas verdes de la plaza y la cancha y/o estacionamiento del sector Guayacán de las Flores, Carúpano, Estado Sucre, la cual deberá hacerse una vez al mes, que no afecte con su horario de trabajo, semanal, debiendo el acusado someterse a la vigilancia y supervisión de los voceros del Consejo Comunal del Sector, este Tribunal pasa a decidir las peticiones de las partes de la siguiente manera:
Este Tribunal observa que en fecha 21/09/2015, se celebró audiencia de ampliación de condiciones donde le fue concedido a los imputados DOMINGO RAFAEL TORRES Y MIGUEL ÁNGEL MOYA MARTÍNEZ, las condiciones a cumplir durante el plazo de Tres (03) meses, las siguientes: PRIMERO: Trabajo Comunitario de limpieza y/o desmalezamiento de las áreas verdes de la plaza y la cancha y/o estacionamiento del sector Guayacán de las Flores, Carúpano, Estado Sucre, la cual deberá hacerse una vez al mes, que no afecte con su horario de trabajo, semanal, debiendo el acusado someterse a la vigilancia y supervisión de los voceros del Consejo Comunal del Sector, y así se decide. Una vez verificado como fue el cumplimiento de dichas condiciones, mediante la revisión de las constancias presentada por el imputado en autos emanada por el Consejo Comunal emanada por el Consejo Comunal Brisas Decembrinas, perteneciente a la Urb. Guayacán de las Flores, Municipio Bermúdez, Parroquia Santa Catalina del estado Sucre y transcurrido el tiempo, es por lo que este Juzgador EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia DECRETA de conformidad con el articulo 300 ejusdem EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA; a favor de los acusados DOMINGO RAFAEL TORRES Y MIGUEL ÁNGEL MOYA MARTÍNEZ, por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Cesando así las condiciones bajo las cuales le otorgaron la Suspensión Condicional del Proceso. Y así se decide.-
DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los Ciudadanos MIGUEL ANGEL MOYA MARTÍNEZ, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 34 años de edad, nacido en fecha 01/05/1979 de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V- 16.062.096, de oficio obrero albañil, hijo de Miguel Moya y Luisa Mercedes Martínez, con domicilio en: Guayacán de Las Flores, Sector II, vereda 48, casa S/N, en la esquina, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, y DOMINGO RAFAEL TORRES , venezolano, natural de San Juan de Unare, Parroquia San Juan de las Galdonas, Municipio Arismendi, Estado Sucre, de 56 años de edad, nacido en fecha 22/10/57 de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V- 6.643.437, de oficio obrero, hijo de María Torres (difunta) Benardino Zorrilla (difunto), con domicilio en: Guayacán de Las Flores, Sector II, vereda 48, casa S/N, cerca de la Bodega de Argelia, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; en virtud de haber cumplido con las condiciones impuestas por el Tribunal y verificada las dichas condiciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el articulo 300 numeral 3° en relación con el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase la causa al Archivo Judicial en su debida oportunidad legal. Se acuerdan las copias solicitadas debiendo proveer para su reproducción. Notifíquese de la decisión al imputado DOMINGO RAFAEL TORRES. Cúmplase.
La Juez Primero de Control
Abg. Mildred Alejandra De Simone
La Secretara Judicial,
Abg. Maria José Martínez
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