REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución Secc.Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 22 de Enero de 2016
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2015-000361
ASUNTO : RP01-D-2015-000361
ACTUALIZACION DE CÓMPUTO
Sancionado xxxxxxxxxxx
Revisadas las actuaciones en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxxx, por la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 357, ultimo aparte, en relación con el artículo 80 en su primer aparte, todos del Código Penal, en perjuicio de LUÍS ALBERTO BETANCOURT, a cumplir la sanción DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de DOS (02) AÑOS, es por ello que este Tribunal procede a la práctica de cómputo de la sanción, conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley; para lo cual se observa:
PRIMERO: En fecha veintidós (22 ) de octubre de 2015, el Tribunal Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sancionó al joven RODRIGO JOSÉ MARÍN HERNÁNDEZ,, por la comisión de los delitos ASALTO A TRANSPORTE xxxxxxxxxxxx, previsto en el artículo 357, ultimo aparte, en relación con el artículo 80 en su primer aparte, todos del Código Penal, en perjuicio de LUÍS ALBERTO BETANCOURT, a cumplir la sanción DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de DOS (02) AÑOS.
SEGUNDO: De la revisión de las actas se observa que xxxxxxxxxxxx, quien debe cumplir la sanción por el lapso de DOS (02) AÑOS, DE PRIVACION DE LIBERTAD, está detenido desde el 24-07-2015 al día de hoy 22-01-2016 -, por un lapso de CINCO (05) MESES Y VEINTIOCHO(28) DÍAS, faltándole por cumplir UN(01) AÑO SEIS (06) MESES Y DOS(02) DIAS que vencerán el 24-07-2017.
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado y actualizado el cómputo en la presente causa seguida a xxxxxxxxxxx, por la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 357, ultimo aparte, en relación con el artículo 80 en su primer aparte, todos del Código Penal, en perjuicio de LUÍS ALBERTO BETANCOURT, a cumplir la sanción DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de DOS (02) AÑOS,, donde se determino que lleva privado al día 22-01-2016 -, por un lapso de CINCO (05) MESES Y VEINTIOCHO(28) DÍAS, faltándole por cumplir UN(01) AÑO SEIS (06) MESES Y DOS(02) DIAS que vencerán el 24-07-2017.
Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 474 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal , aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la referida Ley,
Líbrese boleta de notificación a las partes, en la que se le informe que se practico cómputo en la causa que se le sigue a xxxxxxxxxxxxxx, quien cumple la medida de privación de libertad, por el lapso de DOS (02) AÑOS, donde se determino que lleva privado al día 22-01-2016 -, por un lapso de CINCO (05) MESES Y VEINTIOCHO(28) DÍAS, faltándole por cumplir UN(01) AÑO SEIS (06) MESES Y DOS(02) DIAS que vencerán el 24-07-2017.
En Cumaná, a los veintidós (22) días del mes de enero de 2016-
ABG. Yomari Figueras Mendoza.-
JUEZ DE EJECUCION PENAL ADOLESCENTES.-
Secretario.-
Abg. DOANALMY ROMAN.-