REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 15 de Enero de 2016
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2015-004662
ASUNTO : RJ01-P-2015-000063

Visto el escrito presentado por el ciudadano JACINTO BAUTISTA GONZÁLEZ MENDOZA, titular de la cedula de identidad Nº 15.111.410, en donde le solicita a este Tribunal la ampliación de las presentaciones, motivado a que actualmente se encuentra trabajando y se le hace complicado pedir permiso, y le resulta difícil trasladarse hasta esta ciudad de cumaná, por cuanto está domiciliada fuera de la ciudad; este Tribunal una vez analizado el presente escrito y cada una de las actas procesales que conforman la causa, puede observar que dicha solicitud está conforme a derecho, por cuanto las medidas preventivas en ningún momento deben ir en contra del débil jurídico, y más aún cuando no se cuenta con los recursos necesario para la subsistencia, en la cual el Estado está en la obligación de garantizarlo, por lo tanto este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA EXTENDER el Régimen de Presentaciones a cada TREINTA (30) DIAS al penado: Jacinto Bautista González Mendoza, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.111.410, de 33 años de edad, de oficio obrero, casado, nacido el 21-08-1981, hijo de los ciudadanos Jacinto González y Tibisay Mendoza, y residenciado en la Av. Carúpano, El Rincón, casa Nº 06, Cumaná, Estado Sucre, condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453, numerales 1, 6 y 9 del Código Penal, en perjuicio de Materiales Oriente C. A. Líbrese Boletas de Notificación a las partes. Notifíquese al penado. Líbrese oficio al Coordinador de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, participándole de lo aquí decidido.
El Juez Segundo de Ejecución.
Abg. Gilberto Figuera.
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La Secretaria.
Abg. Gledys Perdomo