REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 7 de Enero de 2016
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-003308
ASUNTO : RP01-P-2014-003308

AUDIENCIA DE IMPOSICION DE ORDEN CAPTURA
Celebrada como ha sido en el día de hoy, Cinco (05) de Enero del año dos mil dieciséis (2016), siendo las 04:37 pm; se constituye en la Sala Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre sede Cumaná, el Tribunal Sexto de Control, a cargo del Juez ABG. PEDRO CORASPE BOADA, la Secretaria Judicial ABG. GLEDYS PERDOMO LÓPEZ y del Alguacil JUAN PABLO BASTARDO; a los fines de celebrar la AUDIENCIA DE IMPOSICION DE CAPTURA, en la causa Nº RP01-P-2014-003308, seguida al ciudadano ENMANUEL ANTONIO GOMEZ RONDON, venezolano; de 23 años de edad; titular de la Cédula de Identidad N° V-22.629.615; hijo de María Gómez y Antonio Suárez, nacido en Cumaná, de profesión u oficio Herrero, residenciado en el Peñón Sector la Padrera, Valle N° 02, cerca de la Antigua Farmacia, Cumaná, Estado Sucre; teléfono 0293-643-11-54; por la presunta comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia; en perjuicio de MARIA TERESA GOMEZ RODON. Seguidamente se verifica la presencia de las partes y se deja constancia que comparecieron al acto: la Fiscal Décima del Ministerio Público ABG. DAYANA BRITO, la Defensora Pública Primera ABG. ELIZABETH BETANCOURT, en sustitución de la Defensora Publica Tercera y el imputado previo traslado desde el CICPC. Seguidamente el Juez da inicio al acto y de inmediato impone al imputado de autos de la decisión de fecha 04-12-2015. Seguidamente se le otorga la palabra al acusado de autos impuesto del contenido del precepto constitucional contemplado en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, manifestando el mismo: “Yo no cumplí porque por problemas de salud tuve que salir del estado. Es todo.
Seguidamente se te le otorga la palabra a la Defensora Pública Primera, Abg. ELIZABETH BETANCOURT, quien expuso: “Ciudadano juez visto lo manifestado por mi defendido, por cuanto el mismo manifiesta que no asistió a dar continuidad con el régimen de prueba impuesta por ante la unidad técnica de supervisión y orientación, motivado a causas apenas a su voluntad y quien a manifestado su voluntad de someterse al proceso, solicito respetuosamente ante este tribunal la restitución de su libertad, asimismo se libren los oficios correspondiente al sistema SIIPOL para que dicho ciudadano como personas solicitada a mi defendido y copia certificada. Es todo”. Seguidamente se te le otorga la palabra a la Fiscal del Ministerio Público Abg. DAYANA BRITO, quien expuso: “Esta representación fiscal no se opone a la solicitud de la defensa, siempre y cuando se verifique que efectivamente en actas procesales no curse resultas de boletas librada al mismo, cuyo resultado fuere positiva; así mismo solicito se fije el acto de Audiencia Preliminar. Es todo.
Seguidamente el Juez pasa a pronunciarse de la manera siguiente: Este Tribunal una vez revisada la causa se evidencia que ciertamente las incomparecencia del imputado a las audiencias preliminares si bien no están justificadas, no es menos cierto que no existe en actas procesales resulta de las boletas de citaciones libradas al mismo, donde se evidencie que el imputado de autos estaba en conocimiento del acto, ahora bien visto las circunstancias expuestas en sala por el imputado de autos y su defensor, es por lo que este juzgador procederá a imponer Medida Cautelar Sustitutiva de libertad, de la contenida en el artículo 242 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en: Atender a los llamados que le haga el Tribunal y la Fiscal del Ministerio Publico. Por cuanto se encuentra pendiente la realización de Audiencia Preliminar se fija la misma para el día 07-03-2016 A LAS 09:00 AM.- Quedando el imputado ENMANUEL ANTONIO GOMEZ RONDON emplazado de la misma. Líbrese oficio al Comisario Jefe del CICPC a los fines que deje sin efecto la orden de captura del acusado ENMANUEL ANTONIO GOMEZ RONDON, titular de la Cédula de Identidad N° V-22.629.615. Se ordena librar boleta de citación a la victima de autos para el día y hora antes mencionada. Líbrese Oficio a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal Informándole del Régimen de Presentaciones impuestas al ciudadano antes mencionado. Líbrese boleta de citación a la victima informándole de la fecha de la audiencia preliminar. Quedan los presentes emplazados con la lectura y firma de la presente acta.
EL JUEZ SEXTO DE CONTROL

ABG. PEDRO CORASPE BOADA
LA SECRETARIA

ABG. CARMEN GUTIERREZ