TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Carúpano, 13 de diciembre de 2016
206° y 157°
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada y suscrita por el ciudadano LEONARDO JOSÉ MARTÍNEZ PAZ, venezolano, mayor de edad, divorciado Técnico, domiciliado en Calle La Sarrapia, Los Castaños, sector 19 de Abril, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, titular de la cédula de identidad Nº.V-11.441.403, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS HERNANDEZ CABRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº47.237, con domicilio procesal en calle Las Palmas Nº02, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, asimismo las declaraciones de los testigos, ciudadanos CARLOS JESUS HERNANDEZ CABRERA Y EUSTIQUIO SALVADOR FARIAS AMARISTA, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-10.216.310 y V-4.952.823, respectivamente, domiciliados ambos en El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO el ciudadano LEONARDO JOSÉ MARTÍNEZ PAZ, solicita a este Despacho Judicial, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos de propiedad sobre unas BIENHECHURIAS que ha fomentado a sus solas y únicas expensas, con dinero de su peculio particular, ubicado en calle La Sarrapia, Los Castaños, Sector 19 de Abril, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, enclavadas en un lote de terreno Municipal que mide cuatrocientos ochenta metros cuadrados (480m2) y un área de construcción que mide Doscientos Cincuenta y Tres Metros Cuadrados (253m2), ubicado en calle La Sarrapia, Los Castaños, Sector 19 de Abril, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de Rosa Martínez (40,00m). SUR: Con bloquera de Alfonso Bayer y terreno de Ana Guerrero (40m). ESTE: Con su frente que es la referida calle principal Los Castaños (12,00m) y OESTE: Con terreno de Tomás Martínez (12,00m). Número Catastral CAT Nº19.04.01.02.05.15 de la Dirección de Catastro e Ingeniería de la Alcaldía del Municipio Benítez del Estado Sucre-Rif-G-2000905-5. Las bienhechurias a registrar consisten en un inmueble edificado de paredes de bloques de cemento, frisados, con techos de láminas de zinc, piso de concreto, constituida en cuatro (04) habitaciones, cinco (05) baños, una (01) sala, una (01) cocina-comedor, un (01) porche, dos (02) tanques de bloques para almacenamiento de agua, instalaciones eléctricas, agua potable y aguas servidas, constante de un área de construcción que mide 253metros cuadrados (253m2).Que hasta los actuales momentos ha invertido en sus mejoras la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES(Bs. 2.000.000,00) Ahora bien por cuanto los mencionados testigos, ciudadanos: CARLOS JESUS HERNADEZ CABRERA Y EUSTIQUIO SALVADOR FARIAS AMARISTA supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, así como también con los recaudos acompañados, se demuestra el derecho o pretensión del solicitante. En consecuencia, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE al ciudadano: LEONARDO JOSÉ MARTÍNEZ PAZ, venezolano, mayor de edad, divorciado Técnico, titular de la cédula de identidad Nº.V-11.441.403, domiciliado en Calle La Sarrapia, Los Castaños, sector 19 de Abril, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, sus derechos sobre unas BIENHECHURIAS, que ha fomentado a sus solas y únicas expensas, con dinero de su peculio particular, ubicado en calle La Sarrapia, Los Castaños, Sector 19 de Abril, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre, enclavadas en un lote de terreno Municipal que mide cuatrocientos ochenta metros cuadrados (480m2) y un área de construcción que mide Doscientos Cincuenta y Tres Metros Cuadrados (253m2), ubicado en calle La Sarrapia, Los Castaños, Sector 19 de Abril, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de Rosa Martínez (40,00m). SUR: Con bloquera de Alfonso Bayer y terreno de Ana Guerrero (40m). ESTE: Con su frente que es la referida calle principal Los Castaños (12,00m) y OESTE: Con terreno de Tomás Martínez (12,00m). Número Catastral CAT Nº19.04.01.02.05.15 de la Dirección de Catastro e Ingeniería de la Alcaldía del Municipio Benítez del Estado Sucre-Rif-G-2000905-5. Las bienhechurias a registrar consisten en un inmueble edificado de paredes de bloques de cemento, frisados, con techos de láminas de zinc, piso de concreto, constituida en cuatro (04) habitaciones, cinco (05) baños, una (01) sala, una (01) cocina-comedor, un (01) porche, dos (02) tanques de bloques para almacenamiento de agua, instalaciones eléctricas, agua potable y aguas servidas, constante de un área de construcción que mide 253metros cuadrados (253m2). Que en sus mejoras ha invertido la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.2000.000,00) Todo de conformidad con lo establecido el artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. Devuélvase todo original con sus resultas.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. ZULEMA RIOS VENTO.
LA SECRETARIA,
ABG. KEINA M. MARCANO P.
NOTA: En esta misma fecha (13/12/2016) se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Tribunal. Que CONSTE.
LA SECRETARIA,
ABG. KEINA M. MARCANO P.
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