REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 5 de Diciembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL: RJ11-S-2002-000058
ASUNTO: RJ11-S-2002-000058
En el día, 29 de noviembre de 2015, se constituye en la sala de audiencias Nº 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Cuarto de Control, presidido por la Jueza, Abg. Ysmenia Fernández H., acompañada por el Secretaria Judicial de Sala Abg. Carmen Espinoza y el alguacil de la sala, a los efectos de celebrarse la AUDIENCIA ESPECIAL DE SOLICITUD DE VEHICULO, en el asunto RJ11-S-2002-000058, seguida al solicitante: DORIS MARTINA SALAZAR GOMEZ. Se verifico la presencia de las partes, estando presente: El Fiscal en Materia de Droga del Ministerio Publico, Abg. Luís Rafael Orsetti, no estando presente: La solicitante Doris Martina Salazar Gómez, ni el Abogado asistente de la parte solicitante Abg. Carlos Enrique Moya. Se deja transcurrir un lapso de quince minutos a los fines de que comparezcan los ausentes.
EXPOSICION FISCAL
Acto seguido se le cede la palabra al fiscal del Ministerio Público quien expone: Visto la presente solicitud de vehiculo iniciada en fecha 19 de junio del 2002, por la ciudadana DORIS MARTINA SALAZAR GÓMEZ, debidamente asistida por el ciudadano abogado Carlos Enrique Moya, mediante la cual solicita la devolución del vehiculo marca chevrolet, tipo seda, modelo centuri, año 1984, placas AUC817, y siendo que ha la presente fecha HAN TRANSCURRIDO MAS DE CATORCE (14) AÑOS difiriéndose de manera reiterada por incomparecencia de la solicitante y su abogado asistente y asimismo observado el escrito presentado en fecha catorce 14 de septiembre del 2015, por la misma solicitante mediante la cual PRESCINDE DE LA SOLICITUD y considerando que la presente no es una causa sometida algún tipo de investigación penal, es por lo que solicito se cierre de manera definitiva la misma, a los fines de evitar un gasto innecesario al estado venezolano y a este Tribunal. Es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
Acto seguido toma la palabra la juez quien expone: Oído lo manifestado por la representación fiscal y verificado como ha sido la presente causa, se puede observar que la presente SOLICITUD DE VEHICULO fue iniciada en fecha 19 de junio del 2002, por la ciudadana DORIS MARTINA SALAZAR GÓMEZ, debidamente asistida por el ciudadano abogado Carlos Enrique Moya, solicitando la devolución del vehiculo marca chevrolet, tipo seda, modelo centuri, año 1984, placas AUC817, y visto que hasta la presente fecha han transcurrido mas de catorce (14) años sin que la solicitante y su abogado asistente comparecieran a los llamados de este Tribunal, y si observando el escrito presentado en fecha 14 de septiembre del 2015, por la solicitante, la cual prescinde de la solicitud, es por lo que este Tribunal Cuarto de Control, ACUERDA, DAR POR TERMINADO LA PRESENTE SOLICITUD, y asi se decide.
DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Control del segundo Circuito Judicial Penal del estado sucre
Administrando justicia en Nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA DAR POR TERMINADO LA PRESENTE SOLICITUD DE VEHICULO la cual fue iniciada en fecha 19 de junio del 2002, por la ciudadana DORIS MARTINA SALAZAR GÓMEZ, solicitando la devolución del vehiculo marca chevrolet, tipo seda, modelo centuri, año 1984, placas AUC817, y visto que HASTA LA PRESENTE FECHA HAN TRANSCURRIDO MAS DE CATORCE (14) AÑOS sin que la solicitante y su abogado asistente comparecieran a los llamados de este Tribunal, y si observando el escrito presentado en fecha 14 de septiembre del 2015, por la solicitante, la cual prescinde de la solicitud, es por lo que este Tribunal Cuarto de Control, ACUERDA, DAR POR TERMINADO LA PRESENTE SOLICITUD, acordándose la remisión al Archivo Judicial, en su debida oportunidad. Notifíquese a las partes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA CUARTA DE CONTROL
ABG. YSMENIA FERNANDEZ H
LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. CARMEN ESPINOZA
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