REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ESTADO SUCRE EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL 04

Carúpano, 9 de Agosto de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2014-003257
ASUNTO: RP11-P-2014-003257


Visto el oficio Nº CZOI-532.2DA.CIA.SIP-367, suscrito por el Comandante de la segunda CIA del D-532 del CZ53 (Sucre) Cap. Carlos Salas Villalba, anexo al mismo actuaciones relacionadas con la aprehensión del ciudadano Enrique Rafael Figueroa, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 6.953.507, ello en atención a que el mismo se encuentra solicitado por este tribunal según oficio Nº RJ11OFO2016002134, de fecha 24/04/2016, según expediente RP11-P-2014-003257, por el delito de trafico de droga, en tal sentido este tribunal pasa a decidir en los siguientes términos: se evidencia de la revisión de la causa asi como de la aplicación del sistema Juris 2000 que este tribunal a cargo de la abg. Ysmenia Fernández, en fecha 17 de febrero del año en curso, en acto de diferimiento de audiencia preliminar Acordo orden de captura en contra del ciudadano ENRIQUE RAFAEL FIGUEROA, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Articulo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de La Colectividad, en virtud de los múltiples diferimientos de la referida audiencia imputables al imputado de autos, lo que ha ocasionado retardo procesal, librándose a tales efectos en fecha 24 de febrero de 2016, boleta RJ11OFO2016002134. Igualmente se observa que en fecha 25/05/2016, se recibieron actuaciones, suscritas por Salinas Caceres Nayber Alberto. Comandante de la 2da CIA DEL D-532DEL CZ53 (SUCRE) RIO CARIBE. OFICIO N° SIP 232. Remitiendo actuaciones relacionadas con la detención del imputado: ENRIQUE RAFAEL FIGUEROA, quién se encuentra Solicitado bajo Orden de Captura Oficio N° RJ11OFO2016002134 de fecha 16 de Febrero de 2016. en fecha 31 de mayo del 2016, se llevo a cabo acto de audiencia de imposición de orden de captura celebrándose en la misma fecha audiencia preliminar en la cual el referido ciudadano se acogió a las formulas alternativas a la prosecución del proceso y fue impuesto de la suspensión condicional del proceso, POR EL LAPSO DE OCHO (08) MESES, fijándose fecha para la verificación de cumplimiento de condiciones para el día 30/01/2017 a las 02:00 p.m, ordenandose en la misma sala oficiar al Sub- Comisario Jefe del CICPC a los fines que desincorpore del Sistema SIIPOL como persona requerida a la ciudadano ENRIQUE RAFAEL FIGUEROA, titular de la cédula de identidad Número V.- 6.953.507, en virtud del requerimiento de fecha 16 de febrero del 2016. En fecha 31 de mayo del 2016, se libro OFICIO Nº: RJ11OFO2016005261, dirigido al COMISARIO JEFE DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES y CRIMINALISTICAS DELEGACION-CARACAS (SIIPOL), a los fines de excluir del sistema integrado de información Policial (SIIPOL) la ORDEN DE CAPTURA, librada por este Tribunal, en fecha 22-02-2016, según Oficio Nº RJ11OFO2016002134, correspondiente al ciudadano ENRIQUE RAFAEL FIGUEROA, a quien se le sigue asunto por la presunta comisión delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En atención a todo lo antes expuesto considera quien aquí decide que la detención del referido ciudadano es una clara privación ilegitima de libertad por cuanto este tribunal, en su debida oportunidad procesal, dejó sin efecto la orden de captura que pesaba sobre el imputado de autos y ordeno su desincorporacion del sistema SIIPOL, hechas estas consideraciones, es por lo que este Tribunal Cuarto De 1ra Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control-Carúpano, Administrando Justicia En Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, Ordena la Inmediata Libertad del ciudadano ENRIQUE RAFAEL FIGUEROA Venezolano, natural de Rió Caribe, Municipio Arismendi, 55 años de edad, titular de la cédula de identidad Número V.- 6.953.507, casado, nacido en fecha 15-07-61, de ocupación Cocinero, hijo de Carmen Figueroa e Hilarion Figueroa y residenciado en: Rió Nivaldo, casa N° 20, cerca del Colegio Nicolás Flores, Municipio Arismendi, Estado Sucre; a quien se le sigue asunto por la presunta comisión delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecida en el articulo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Líbrese boleta de libertad junto con oficio al Comandante de la Guardia nacional de Rio Caribe y ratifíquese el oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegación Caracas a los fines de que de cumplimiento a lo ordenado por este despacho, según oficio de fecha 31 de mayo del 2016, signado con el Nº: RJ11OFO2016005261. Cúmplase.
La Juez Cuarto de Control,

Abg. Patricia Rasse Boada
La Secretaria,

Abg. Carmen Espinoza