REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
TRIBUNAL PENAL DE 1RA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES EN FUNCIONES DE CONTROL
Carúpano, 18 de Agosto de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2014-003041
ASUNTO: RP11-P-2014-003041


SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO

Se realizo audiencia y se constituyó en la Sala N° 04, de éste Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal Cuarto de Control presidido por el Juez, Abg. Ysmenia Fernández Hernández, el Secretario Judicial en funciones de sala Abg. Patricia Rasse Boada, a los fines de llevar a cabo la celebración de la Audiencia Especial de Verificación de Cumplimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en el presente asunto, seguido al imputado SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano WILLIAN JOSÉ GONZALEZ JIMENEZ, por estar incurso en la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la COLECTIVIDAD. A tales efectos, se verificó la presencia de las partes, encontrándose presentes: El Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público, Abg. Luís Orsetti y la defensa Publica Abg. Amagil Colon y el imputado SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano WILLIAN JOSÉ GONZALEZ JIMENEZ.
EXPOSICION DEL IMPUTADO
Seguidamente solicita la palabra el imputado, quien expone: yo cumplí con las condiciones impuestas por este tribunal, quiero que se me cierre la causa, es todo.


EXPOSICION DE LA DEFENSA PUBLICA
Seguidamente se le cede la palabra a la defensa publica Abg. Amagil Colon y expone: solicito se decrete la extinción de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia se decrete de conformidad con el articulo 300 numeral 3 Ejusdem El Sobreseimiento De La Causa, a mi defendido por cuanto el mismo cumplió con las condiciones impuestas por el tribunal, tal y como consta en la constancia de fecha 06/10/2015, suscrita por el Gerente de Abastecimiento y Consumo del Mercado Municipal de Carúpano, y en el sistema Juris 2000 donde se evidencia el cumplimiento de presentaciones periódicas. Solicito copias de la presente acta. Es todo.
EXPOSICION FISCAL
Seguidamente se le otorga el derecho de palabra a la representación Fiscal quien expone: Esta representación Fiscal no se opone a que se decrete el sobreseimiento de la causa, siempre y cuando se verifique el cumplimiento de las condiciones impuestas por el Tribunal, es todo.
PRONUNCIAMIENTO DEL TRIBUNAL
En este estado toma la palabra el Juez y expone: “Revisadas como han sido las actuaciones que conforman las actas procesales y donde cursa constancia de fecha 06/10/2015, suscrita por el Gerente de Abastecimiento y Consumo del Mercado Municipal de Carúpano, asi como de la revisión del sistema Juris 2000 donde se evidencia el cumplimiento de presentaciones periódicas, por parte del imputado, con lo cual queda establecido de manera fehaciente que el imputado WILLIAN JOSÉ GONZALEZ JIMENEZ, cumplió con las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 03/02/2015; es por lo que este Tribunal Penal Nº 04 De Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia DECRETA de conformidad con el articulo 300 numeral 3 ejusdem EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del imputado WILLIAN JOSÉ GONZALEZ JIMENEZ, por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, cesando así las condiciones bajo las cuales le otorgó la Suspensión Condicional del Proceso. Y así se decide.


DISPOSITIVA:
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, al Ciudadano imputado WILLIAN JOSÉ GONZALEZ JIMENEZ, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, 46 años edad, titular de la Cédula de Identidad Número V- 10.219.793, nacido en fecha 28/03/1969, soltero, Obrero, hijo de Maria de González y Aguiles González y residenciado en: Calle Perú, casa Nº 29, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, de conformidad con lo establecido en el articulo 300 numeral 3º en relación con el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerdan las copias solicitadas debiendo proveer para su reproducción. Remítase en su debida oportunidad al archivo judicial en su debida oportunidad procesal. Quedan las partes notificadas de la presente decisión en esta misma sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
JUEZ CUARTO DE CONTROL.

Abg. YSMENIA FERNANDEZ H
LA SECRETARIA JUDICIAL

ABG. CARMEN ESPINOZA