REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 3 de Agosto de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-005830
ASUNTO : RP01-P-2014-005830
AUTO QUE ORDENA LIBERTAD INMEDIATA
Vista la recepción de oficio procedente del Director General del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Sucre del Estado Sucre, quien remite actuaciones relacionadas con la Captura del ciudadano SAULO JOSÉ RODRÍGUEZ MARCANO, titular de la cédula de identidad No. 25.414.200, a quien se le seguía la presente causa penal por la presunta comisión del delito de el delito POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas del Código Penal, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. El cual refieren requerido por este Tribunal según oficio No. RJ01OFO2015019141 de fecha 04/11/2015, en la presente causa penal. Este Tribunal en virtud de la información aportada hace una revisión del respectivo expediente y constata, que en fecha 11/01/2016, fue realizada audiencia de imposición de orden de captura en la cual el Tribunal acordó la libertad del referido imputado, previo sobreseimiento de la causa por el indicado delito y la imposición de medidas de seguridad para ser sometido a tratamiento de desintoxicación y rehabilitación. Observa asimismo este Tribunal que a pesar de haberse oficiado al CICPC, solicitando desincorporar al referido ciudadano del Sistema SIIPOl, al acordarse la libertad, no se ha dado cumplimiento a dicha solicitud. Ahora bien, en virtud de que actualmente no pesa sobre el referido ciudadano orden de aprehensión o captura en su contra, es por lo que este Tribunal acuerda otorgar la libertad del mismo, desde esta sede judicial y ordena excluirle del Sistema SIIPOL. En virtud de lo antes expuesto, es por lo que este TRIBUNAL QUINTO EN FUNCIONES DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA INMEDIATA LIBERTAD DEL CIUDADANO SAULO JOSÉ RODRÍGUEZ MARCANO, titular de la cédula de identidad No. 25.414.200, la cual se ordena materializar desde esta sede judicial donde ha sido conducido. Líbrese boleta de libertad adjunta a oficio dirigido al Director General del Instituto Autónomo de Policía del Municipio Sucre del Estado Sucre. Líbrese oficio al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Cumaná, solicitándole excluir con carácter inmediato como persona solicitada en el sistema SIIPOL al ciudadano SAULO JOSÉ RODRÍGUEZ MARCANO, titular de la cédula de identidad No. 25.414.200, en virtud de haberse decretado a su favor el sobreseimiento de la causa. Cúmplase.
Jueza Quinta de Control,
Abg. Karelina Arenas Rivero
Secretaria
Abg. Mayra Córdova
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