LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 23 de Septiembre del 2.015.-
205° y 156°
Exp. N° 17.203.

DEMANDANTE: MARIO BLANCO, titular de la Cédula de la
Identidad N° 3.485.097.

APODERADO: MERBYS RODRÍGUEZ SUBERO, inscrito en el
Inpreabogado bajo el N° 165.949

DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ

DEMANDADO: LOURDES VICTORIA AGUEY, titular de la
Cédula de Identidad N° 4.043.318.

APODERADO: NO OTORGÓ.

DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYÓ

MOTIVO: DIVORCIO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE
DEFINITIVA.

Siendo la oportunidad legal para que tenga lugar el Acto de Contestación a la Demanda, se abrió el acto y habiendo transcurrido las horas de Despacho correspondientes, sin que la parte demandante, ciudadano: MARIO BLANCO, compareciera al acto en forma legal alguna, es por lo que éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara extinguido el proceso, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del presente expediente. Así se decide.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de Malavé.
Abg. Francis Vargas Campos.
SGDM/Fvc/dr.
Exp. N° 17.203.