REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control
Carúpano, 14 de Septiembre de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2011-001594.
ASUNTO: RP11-P-2011-001594


SOBRESEIMIENTO

Celebrada como ha sido la audiencia especial para verificar cumplimiento de las condiciones impuestas, en el presente asunto, seguido al imputado: JESUS LOPEZ, FRANKLIN BERMUDEZ, y YERIZON REYES LOPEZ, por encontrase incurso en la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 123, de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, Y audiencia preliminar en contra de los imputados LUIS GREGORIO SALAZAR, ZENAIDO RODRIGUEZ y VIANNEY LUGO, por encontrase presuntamente incurso en la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 123, de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.

Acto seguido el Tribunal cede el derecho de palabra a la Defensa Publica quien expone: Revisado como ha sido el sistema juris 2000, es por lo que solicito se decrete el sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el articulo 300 numeral 3 en relación con el 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se extinga la acción penal, para los ciudadanos JESUS LOPEZ, FRANKLIN BERMUDEZ, y YERIZON REYES LOPEZ, y en cuanto a los ciudadanos LUIS GREGORIO SALAZAR, ZENAIDO RODRIGUEZ y VIANNEY LUGO, solicito se fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, solicito copia simple, es todo.
Acto seguido el Tribunal cede el derecho de palabra a la Representante del Ministerio Público quien expone: Visto que esta representación fiscal, verifico que los imputados de autos JESUS LOPEZ, FRANKLIN BERMUDEZ, y YERIZON REYES LOPEZ cumplieron con las condiciones impuestas por este Tribunal, solicito se decrete el sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el articulo 300 numeral 3 en relación con el 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se extinga la acción penal, y en cuanto a los ciudadanos LUIS GREGORIO SALAZAR, ZENAIDO RODRIGUEZ y VIANNEY LUGO, solicito se fije nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, es todo.

RESOLUCION DEL TRIBUNAL

Celebrada en el día de hoy, Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones impuestas con ocasión a la Suspensión Condicional del Proceso, decretada en fecha 10-10-2013 en la causa seguida a los Imputados: JESUS MANUEL LOPEZ CEDEÑO, venezolano, natural de Irapa, de 43 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad No. 12.556.107, de oficio pescador, nacido 14/08/1970, hijo de Juana cedeño y Manuel López, Domiciliado en calle pichincha casa No. 37 a siete casas del PDVAL, población de Irapa, municipio Mariño del Estado Sucre, FRANKLIN DEL VALLE BERMUDEZ LUNA, venezolano, natural de Guiria, de 33 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad no. 16.893.599., de oficio pescador, nacido 03/01/1980, hijo de Paula luna y Lázaro Bermúdez, Domiciliado en barrio Colombia, calle Carabobo, casa S/N, sector brisas del coromoto de la población de Irapa, municipio Mariño del Estado Sucre. y YERIZON REYES LOPEZ, venezolano, natural de Irapa, de 24 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad No. 23.701.369, de oficio estudiante, nacido 07/08/1989, hijo de santa López y Jesús reyes, Domiciliado en barrio Colombia, calle Carabobo, casa S/N, sector brisas del coromoto de la población de Irapa, municipio Mariño del Estado Sucre, este Tribunal pasa a decidir las peticiones de las partes de la siguiente manera: este Tribunal observa que en fecha 10-10-2013, se celebró audiencia preliminar donde le fue concedido a los imputados JESUS MANUEL LOPEZ CEDEÑO, FRANKLIN DEL VALLE BERMUDEZ LUNA, y YERIZON REYES LOPEZ, quienes cumplieron con las condiciones a cumplir durante el plazo de OCHO (08) MESES, contados a partir de la presente fecha, durante el cuales cumplió con las siguientes condiciones PRIMERO: presentaciones periódicas cada sesenta (60) días, durante ocho (08) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal; y SEGUNDO: Prohibición de ingerir bebidas alcohólicas o ingerir sustancias estupefacientes y psicotrópicas; es por lo que este Juzgador EXTINGUE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 7º del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia DECRETA de conformidad con el articulo 300, ordinal 3° ejusdem a favor de los imputados JESUS MANUEL LOPEZ CEDEÑO, venezolano, natural de Irapa, de 43 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad No. 12.556.107, de oficio pescador, nacido 14/08/1970, hijo de Juana cedeño y Manuel López, Domiciliado en calle pichincha casa No. 37 a siete casas del PDVAL, población de Irapa, municipio Mariño del Estado Sucre, FRANKLIN DEL VALLE BERMUDEZ LUNA, venezolano, natural de Guiria, de 33 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad no. 16.893.599., de oficio pescador, nacido 03/01/1980, hijo de Paula luna y Lázaro Bermúdez, Domiciliado en barrio Colombia, calle Carabobo, casa S/N, sector brisas del coromoto de la población de Irapa, municipio Mariño del Estado Sucre. y YERIZON REYES LOPEZ, venezolano, natural de Irapa, de 24 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad No. 23.701.369, de oficio estudiante, nacido 07/08/1989, hijo de santa López y Jesús reyes, Domiciliado en barrio Colombia, calle Carabobo, casa S/N, sector brisas del coromoto de la población de Irapa, municipio Mariño del Estado Sucre, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificados en el artículo 153 de la Ley de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, por cuanto los mismos cumplieron con las condiciones impuestas por el Tribunal. Cesando así las condiciones bajo las cuales le otorgaron la Suspensión Condicional del Proceso. Asimismo en cuanto a los ciudadanos LUIS GREGORIO SALAZAR, ZENAIDO RODRIGUEZ y VIANNEY LUGO se fija audiencia preliminar para el día 27-01-2016 a las 10:30 a.m., en esta sede judicial, en consecuencia se acuerda librar mandado de conducción a través de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, Y así se decide.-
DISPOSITIVA
por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal QUINTO de primera instancia en Funciones De Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a los imputados JESUS MANUEL LOPEZ CEDEÑO, venezolano, natural de Irapa, de 43 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad No. 12.556.107, de oficio pescador, nacido 14/08/1970, hijo de Juana cedeño y Manuel López, Domiciliado en calle pichincha casa No. 37 a siete casas del PDVAL, población de Irapa, municipio Mariño del Estado Sucre, FRANKLIN DEL VALLE BERMUDEZ LUNA, venezolano, natural de Guiria, de 33 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad no. 16.893.599., de oficio pescador, nacido 03/01/1980, hijo de Paula luna y Lázaro Bermúdez, Domiciliado en barrio Colombia, calle Carabobo, casa S/N, sector brisas del coromoto de la población de Irapa, municipio Mariño del Estado Sucre. y YERIZON REYES LOPEZ, venezolano, natural de Irapa, de 24 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad No. 23.701.369, de oficio estudiante, nacido 07/08/1989, hijo de santa López y Jesús reyes, Domiciliado en barrio Colombia, calle Carabobo, casa S/N, sector brisas del coromoto de la población de Irapa, municipio Mariño del Estado Sucre, por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificados en el artículo 153 de la Ley de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, por cuanto los mismos cumplieron con las condiciones impuestas por este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 3 en relación con el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo en cuanto a los ciudadanos LUIS GREGORIO SALAZAR, ZENAIDO RODRIGUEZ y VIANNEY LUGO se fija audiencia preliminar para el día 27-01-2016 a las 10:30 a.m., en esta sede judicial, en consecuencia se acuerda librar mandado de conducción a través de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela. Se acuerdan las copias solicitadas debiendo proveer para su reproducción. Quedan las partes notificadas de la presente decisión en esta misma sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal.
EL JUEZ QUINTO DE CONTROL,

ABG. GILBERTO CARLOS FIGUERA

LA SECRETARIA JUDICIAL
ABG. LUISANA MATA