REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 21 de Septiembre del 2.015.
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-004138
ASUNTO : RP01-P-2011-004138

CÓMPUTO ACTUALIZADO DE PENA.
PENADO: SANCHEZ ROSAL MIGUEL ANGEL.

Vista la solicitud planteada por el Abogado. CARLOS LARA en su carácter de Director del C.R.S “ MIGUEL ANTONIO BLANCO GUERRA “ Maturín, Estado Monagas, en donde le solicita a este Tribunal Computo Actualizado de Pena del residente: SANCHEZ ROSAL MIGUEL ANGEL. Este Tribunal para decidir observa:
Se evidencia de los autos, que el Tribunal Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, condenó al penado: MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ ROSAL venezolano, Titular de la Cédula de identidad Nº V-12.290.460, de 40 años de edad, nacido en fecha: 13/02/1974, de estado civil soltero, de profesión u oficio Conductor de protección civil, hijo de Francisco José Sánchez Osuna y Teholinda Josefina de Sánchez González, residenciado en la Calle Principal del Sector Guarapiche, Casa S/Nº (a tres casas del stadium de guarapiche), Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 149 concatenado con el Primer Aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la colectividad, a cumplir la pena de: OCHO (8) AÑOS DE PRISION más las penas accesorias de Ley, es por lo que este Tribunal Segundo de Ejecución de conformidad con el contenido del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTO dicha sentencia.
Por efecto de lo solicitado, es pertinente hacer a la fecha Nuevo Cómputo de pena al condenado de autos, con inclusión de la redención a su favor acordada y al efecto se precisa:

COMPUTO:

Pena Total Impuesta: OCHO (8) AÑOS DE PRISION. PENADO: MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ ROSAL. Fecha de Detención: Siendo que dicho condenado, según acta de investigación penal cursante a los folios 02 y 03 pieza 1 del Expediente, está detenido desde el día: 30/09/2011, hasta el día: 30/01/14 cuando este Juzgado le otorgó la Formula Alternativa de Régimen Abierto, es por lo que tiene cumplida una pena física de: DOS (2) AÑOS y CUATRO (04) MESES. Y desde el día: 30-01-14 hasta el día de hoy (21-09-15) tiene una pena física cumplida de: UN (1) AÑO, SIETE (7) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS. Total pena física cumplida: TRES (3) AÑOS, ONCE (11) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS faltándole por cumplir de la pena impuesta: CUATRO (04) AÑOS y OCHO (08) DIAS, pena que finalizará el 29/09/19.-Y así se Decide.


DISPOSITIVA.
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: COMPUTO ACTUALIZADO DE PENA al día de hoy (21-09-15) al penado residente: MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ ROSAL venezolano, Titular de la Cédula de identidad Nº V-12.290.460, de 40 años de edad, nacido en fecha: 13/02/1974, de estado civil soltero, de profesión u oficio Conductor de protección civil, hijo de Francisco José Sánchez Osuna y Teholinda Josefina de Sánchez González, residenciado en la Calle Principal del Sector Guarapiche, Casa S/Nº (a tres casas del stadium de guarapiche), Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre.- Pena Total Impuesta: OCHO (8) AÑOS DE PRISION. Fecha de Detención: Siendo que dicho condenado, según acta de investigación penal cursante a los folios 02 y 03 pieza 1 del Expediente, está detenido desde el día: 30/09/2011, hasta el día: 30/01/14 cuando este Juzgado le otorgó la Formula Alternativa de Régimen Abierto, es por lo que tiene cumplida una pena física de: DOS (2) AÑOS y CUATRO (04) MESES. Y desde el día: 30-01-14 hasta el día de hoy (21-09-15) tiene una pena física cumplida de: UN (1) AÑO, SIETE (7) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS. Total pena física cumplida: TRES (3) AÑOS, ONCE (11) MESES y VEINTIDOS (22) DIAS faltándole por cumplir de la pena impuesta: CUATRO (04) AÑOS y OCHO (08) DIAS, pena que finalizará el 29/09/19.-Y así se Decide. Líbrese oficio remitiendo Copia Certificada del presente Auto de Cómputo Actualizado de Pena al Abogado. CARLOS LARA en su carácter de Director del C.R.S “ MIGUEL ANTONIO BLANCO GUERRA “ Maturín, Estado Monagas. Líbrese Boleta de Notificación a la Defensa Pública. Líbrese Boleta Informativa al residente de autos, para su inmediata entrega. Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Líbrese las Boletas de notificaciones e Informativa así como el oficio respectivo. CÚMPLASE.-
El Juez Segundo de Ejecución.
Abg. José Gregorio Morey Arcas.

El Secretario.
Abg. Beltrán Romero Marcano.