REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 25 de Septiembre de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2014-003989
ASUNTO : RP01-P-2014-003989

Visto el escrito que antecede suscrito por el Defensor Público Segundo Abg. Alejandro Sucre, del imputado ORANGEL JOSÉ SUAREZ PATIÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 8.640.347, de 52 años de edad, nacido en fecha 20/04/1963, de oficio Carretero, natural de Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre, de estado civil Soltero, hijo de Concepción Suárez e Isabel Patiño; quien fuera detenido por su presunta participación en el delito POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; y a quien este Tribunal en fecha 04-09-2014 en audiencia oral de presentación de imputados, le impuso Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en presentaciones periódicas cada Ocho (08) días ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, este Tribunal, resuelve: de la revisión que se hiciere a las presentes actuaciones se observa que por decisión dictada en fecha 04-09-2014 en audiencia oral de presentación de imputados, le impuso Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en presentaciones periódicas cada Ocho (08) días ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, así mismo consta de revisión efectuada al Sistema Juris 2000, los regímenes de presentación que ha venido cumpliendo cabalmente el imputado de autos, desde Séptiembre del 2014 hasta el mes de Septiembre del 2015; considera este Tribunal tiempo suficiente para el cumplimiento del régimen de presentación, aunado que como acto conclusivo por parte del Ministerio Público fue acusado el imputado por un delito menos grave, por lo que este Tribunal Primero de Control, Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, impuesta al ciudadano ORANGEL JOSÉ SUAREZ PATIÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 8.640.347, de 52 años de edad, nacido en fecha 20/04/1963, de oficio Carretero, natural de Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta, Estado Sucre, de estado civil Soltero, hijo de Concepción Suárez e Isabel Patiño; quien fuera detenido por su presunta participación en el delito POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Líbrese el correspondiente oficio al Coordinador de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, informándole sobre el Cese de la Medida Cautelar del imputado ORANGEL JOSÉ SUAREZ PATIÑO. Notifíquese a las partes y al imputado supra señalado. Líbrese lo ordenado. Cúmplase.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL,

ABG. ELIZABETH SUÁREZ LÓPEZ
LA SECRETARIA

ABG. MARIA VÍCTORIA AGUILAR