TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 15 de Octubre de 2015.-
205° y 156°
SENTENCIA DEFINITIVA
EXP. Nº 5.984-15.-
Visto el anterior escrito de solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, presentado por el ciudadano: SALVADOR EDUARDO GALLONI BERTONCINI, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.035, actuando en su propio nombre y representación, mediante la cual solicita de este Tribunal, ordene la Rectificación de su partida de Nacimiento que corre inserta en los libros de Registro Civil de Nacimientos, llevados por la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, anotada bajo el Nº 351, correspondiente al año Mil Novecientos Sesenta y Nueve (1969), la cual acompaña en este acto en Copia Certificada, marcada con la letra “A”.-
Los errores denunciados consiste en que el funcionario respectivo, asentó de forma errónea primero, el apellido de su padre, como GALONI, siendo lo correcto “GALLONI”, y segundo, el apellido de casada de su madre como SILENA BERTONCINI DE GALONI, siendo lo correcto SILENIA BERTONCINI DE GALLONI.-
Para los efectos probatorios, el solicitante consignó, copia certificada de su partida de nacimiento, marcada con la letra “A”, copia simple de su pasaporte, copia simple del Registro Único de Información Fiscal, planilla de datos filiatorios de su padre, copia de su cédula de identidad y las de sus padres, a los cuales el Tribunal les otorga pleno valor probatorio.-
En fecha 29 de Junio de 2015, el Tribunal dicta auto mediante el cual admite la presente solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, ordena librar Edicto y Boleta de Notificación al Fiscal Cuarto del Ministerio Público en materia de Familia.- F- 11, 12 y 13.-
En fecha 31 de Julio de 2015, el Alguacil del Tribunal deja constancia de haber notificado a la ciudadana CARMEN MORENO MUÑOZ, Fiscal Cuarto de Familia del Ministerio Público en materia de Familia y consignó la boleta debidamente firmada. F- 14 y 15.-
Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado, que no ameritan la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, actuando de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA en forma sumaria a la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, al Registro Civil del Municipio Bermúdez del Estado Sucre y al Registro Principal del Estado Sucre, hacer la debida nota marginal en el Libro Civil de Nacimientos, a los fines de que se corrija en la referida Partida de Nacimiento, primero, el apellido de su padre, siendo lo correcto “GALLONI”, y segundo, el apellido de casada de su madre, siendo lo correcto SILENIA BERTONCINI DE GALLONI.-
Expídanse las copias de esta Sentencia que fueren menester a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades civiles competentes, a los fines legales consiguientes. Líbrense oficios.-
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia certificada. Publíquese en la página Web de este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez,
Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre.- En la ciudad de Carúpano, a los Quince (15) días del mes de Octubre del año Dos Mil Quince (2015).- Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
EL JUEZ,
Dr. SERGIO SÁNCHEZ DUQUE.-
EL SECRETARIO,
Abg. ODILIO GONZÁLEZ.-
NOTA: En esta misma fecha 15-10-2015, previo los requisitos de ley, siendo las Dos y Media (2:30 pm) de la tarde, se publicó la anterior Sentencia. Conste.-
EL SECRETARIO,
Abg. ODILIO GONZÁLEZ.-
EXP. Nº 5.984-15.-
SSD/OG/av.-
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