REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio del Trabajo del Estado Sucre extensión Carúpano
Carúpano, dos de octubre de dos mil quince
205º y 156º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ASUNTO : RP21-R-2015-000030
PARTES ACTORAS: MIGUELINA DEL CARMEN ZABALA Y PETRA BERENICE ESPINOZA, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V- 4.295.030 y 5.273.531 respectivamente.
APODERADOS DE LAS PARTES ACTORAS: BERNARDO RAMIREZ Y REYNA PATIÑO, abogados inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 227.905 y 47.237 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES EL SALMON C.A. (ISALCA). Sociedad Mercantil, inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, bajo el Nro. 29, Tomo 45-A, de fecha 12/06/1995.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ORIANA BRITO, VICTOR DIAZ Y GUILLERMO TINEO, abogados inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 145.850, 23.150 y 30.733 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Visto el escrito de apelación de fecha 01/10/2015 suscrito por los abogados: BERNARDO RAMIREZ y REYNA PATIÑO, abogados inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 227.905 y 47.237 respectivamente, en contra de la decisión dictada por este tribunal en fecha 18 de septiembre de 2015; Este Jugado visto que ha transcurrido los lapsos procesales establecidos en la ley para intentar recurso de apelación, en consecuencia, se NIEGA OIR LA APELACIÓN por extemporánea. CUMPLASE.-
LA JUEZA
ABG. SARA GARCIA FERNANDEZ
ABG. SECRETARIA,
ABOG. MARLENIS RAMIREZ MONTES
En la presente fecha se publica el texto íntegro de la sentencia.
LA SECRETARIA
ABOG. MARLENIS RAMIREZ MONTES
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