REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PENAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADALES Y MUNICIPALES
EN FUNCIONES DE CONTROL N º 03

Carúpano, 26 de Octubre de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2013-000538
ASUNTO: RP11-P-2013-000538


Visto el oficio de fecha 08 de octubre del año en curso, suscrito por el Fiscal Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita el cese de la Medida de Protección acordada a la ciudadana Francis Maria Eleitas Caraballo, (Se omite datos de identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley Sobre Protección a Victimas, Testigos y Demás sujetos procesales), solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, y acordada por este tribunal en fecha 22 de Febrero del 2013, consistente en Tres (03) Rondas Policiales Diarias, En Horas Diurnas Y Nocturnas, por el domicilio de la víctima, por el lapso de Seis (06) meses, a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo De La Policía Del Estado Sucre, Destacada en el Municipio Bermúdez, solicitud que hace de conformidad con lo establecido en articulo 42 primer aparte de la Ley Sobre Protección a Victimas, Testigos y Demás sujetos procesales, ello en virtud de que a la fecha del referido oficio no se le ha dado respuesta a tal requerimiento por parte del ministerio publico, en tal sentido este Tribunal pasa a proveer en los siguientes términos:

Alega el Representante del Ministerio Público, en su solicitud, que toda vez que el lapso por el cual fue acordada la referida solicitud de medida de protección a la victima y/o testigo se encuentra vencida, sin que la victima haya solicitado de a se despacho nueva prorroga y revisadas como han sido las actuaciones sistemáticas que conforman la presente causa se evidencia que por decisión de fecha 08 de mayo del año 2014 este tribunal acordó a favor de la ciudadana Francis Maria Eleitas Caraballo, (Se omite datos de identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley Sobre Protección a Victimas, Testigos y Demás sujetos procesales), Medida de Protección consistente en Recorridos Policiales Permanentes Por El Domicilio De La Victima, por el lapso de Seis (06) meses, a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo De La Policía Del Estado Sucre, Destacada en el Municipio Bermúdez, lapso que a la presente fecha se encuentra evidentemente vencido, vale decir, desde el día 22 de Agosto del año 2013, y visto lo alegado por el Ministerio Publico, indicando que la referida ciudadana no ha solicitado nueva prorroga, es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano, por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN a la ciudadana Francis Maria Eleitas Caraballo, (Se omite datos de identificación de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley Sobre Protección a Victimas, Testigos y Demás sujetos procesales), solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, la cual consistía en Recorridos Policiales Permanentes Por El Domicilio De La Victima, por el lapso de Seis (06) meses, a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo De La Policía Del Estado Sucre, Destacada en el Municipio Bermúdez, de conformidad con lo establecido en articulo 42 primer aparte de la Ley Sobre Protección a Victimas, Testigos y Demás sujetos procesales. Remítase las presentes actuaciones a la Fiscalia Superior del Ministerio Publico del Estado Sucre. Asimismo no existiendo más actuaciones que practicar por parte de este tribunal se ordena dar por terminada el presente asunto, toda vez que se libre el oficio correspondiente. Cúmplase.-
La Juez Tercero De Control,

Abg. Patricia Rasse Boada
La Secretaria,

Abg. Dorys Malave