REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 1 de Octubre de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-003732
ASUNTO : RP01-P-2011-003732
ACTUALIZACION DE COMPUTO
PENADO : DAVID JOSE NUÑEZ
Visto escrito presentado por el Ciudadano ALEJANDRO SUCRE, Defensor Público Segundo, referida dicha comunicación a pedimento de cómputo actualizado, que corresponde al penado DAVID JOSE NUÑEZ, se acuerda con lugar el pedimento, en los siguientes términos:
Se evidencia de las actas procesales que conforman el presente asunto, que en fecha 28 de Junio del año 2012, según acta inserta a los folios Treinta y Ocho (38) al Cuarenta y Cuatro (44) del Expediente (Pieza III), el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, condenó al penado DAVID JOSÉ NÚÑEZ a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de ley, por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previstos y sancionados en el encabezamiento del Artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas y artículo 277 del Código Penal concatenado con el articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, y EL ESTADO VENEZOLANO, respectivamente, resultando ser la sustancia incautada según experticia química 9700-162-T-0927-11, NUEVE GRAMOS CON CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MILIGRAMOS (9g 435mg) de CLORHIDRATO DE COCAINA, siendo ejecutada dicha sentencia condenatoria, en fecha 01 de Octubre del año 2012
En atención al petitorio de actualización de cómputo se precisa lo siguiente:
Pena Total Impuesta DOCE (12) AÑOS.
Fecha de Detención: desde el día desde el día 13 de Agosto del año 2011, según acta policial, cursante al folio seis (6) de la primera pieza del expediente, situación que se mantuvo hasta el 31/03/2015, fecha en la cual se le OTORGA la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Trabajo Fuera del Establecimiento Penitenciario, actualmente en disfrute de dicha fórmula hasta el día de hoy 01 de Octubre de 2015, tiene una Pena Física Cumplida de: CUATRO AÑOS, DOS MESES Y DIECIOCHO DÍAS DE PRISIÓN, se ejecuta a su favor 1° Redención (24-10-2014), por un lapso de: CUATRO (4) MESES Y UN (1) DÍA, PENA CUMPLIDA CON REDENCION (Física+Redención+ formula al 01/10/2015): CUATRO AÑOS, SEIS MESES Y DIECINUEVE DIAS DE PRISIÓN, PENA POR CUMPLIR: SIETE AÑOS, CINCO MESES Y ONCE DÍAS DE PRISIÓN, FECHA EN QUE FINALIZARA LA PENA: 12 de ABRIL del año 2023.
DISPOSITIVA
En virtud de lo expuesto anteriormente, actuando de conformidad con lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal Vigente, este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actualiza computo de pena impuesta al penado DAVID JOSE NUÑEZ, al 01/10/2015: de CUATRO AÑOS, SEIS MESES Y DIECINUEVE DIAS DE PRISIÓN, PENA POR CUMPLIR: SIETE AÑOS, CINCO MESES Y ONCE DÍAS DE PRISIÓN, FECHA EN QUE FINALIZARA LA PENA: 12 de ABRIL del año 2023. Se ordena la expedición de la copia certificada de este auto al defensor solicitante. Notifíquese al Fiscal de Ejecución de Sentencia del Ministerio Público del Estado Sucre, a la Defensa y al penado remiatse boleta adjunta aoficio dirigido a la UTSO Barcelona CÚMPLASE.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN
ABG. DESIRÉE BARRETO SANTAELLA
LA SECRETARIA
ABG. PAOLA ACUÑA MUÑOZ
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