REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 8 de Octubre de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2013-003020
ASUNTO : RP01-P-2013-003020

Visto el oficio que antecede suscrito por el Prefecto del Municipio Andrés Eloy Blanco, LCDO. EDGAR CORREA, en el cual remite a este Tribunal control del régimen de presentación cumplidos por la ciudadana YOSELIN DEL VALLE JIMENEZ HERNANDEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.873.032, Soltera, nacido en Fecha de nacimiento 19-08-93, de profesión u oficio estudiante, hija de los ciudadanos José Vicente Jiménez y Yaquelín Hernández, Residenciada en Brasil, Sector Tres, vereda I, casa N° 22, cerca de la planta de DACAFE, y/o Sector Las Baras, calle principal casa s/n, cerca de la escuela Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 deL Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Annelis Velásquez; y a quien este Tribunal en fecha 01-06-2013 en audiencia oral de presentación de imputados, le impuso Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente Presentaciones cada QUINCE (15) DÍAS POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, ante la Prefectura de Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, y no ACERCARSE A LA VÍCTIMA, de conformidad con lo establecido en el articulo 242 numerales 3° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal, resuelve: de la revisión que se hiciere a las presentes actuaciones se observa que por decisión dictada en fecha 01-06-2013 en audiencia oral de presentación de imputados, le impuso Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente Presentaciones cada QUINCE (15) DÍAS POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES, ante la Prefectura de Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, y no ACERCARSE A LA VÍCTIMA, así mismo consta de las actuaciones emitidas de la Prefectura de Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, los regímenes de presentación que cumplió la imputada de autos, desde Agosto del 2013 hasta el mes de Diciembre del 2013, no cumpliendo a cabalidad los Seis Meses de Presentación impuesto; por lo que este Tribunal lejos de acordar y decretar el cese de las presentaciones impuestas, insta a la imputada de autos, a culminar el régimen de presentación que le fuere impuesto en los términos que dictaminara el Tribunal.- En virtud de lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, NIEGA EL CESE DE LA MEDIDA DE COERCION PERSONAL impuesta, y se insta a la ciudadana YOSELIN DEL VALLE JIMENEZ HERNANDEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.873.032, Soltera, nacido en Fecha de nacimiento 19-08-93, de profesión u oficio estudiante, hija de los ciudadanos José Vicente Jiménez y Yaquelín Hernández, Residenciada en Brasil, Sector Tres, vereda I, casa N° 22, cerca de la planta de DACAFE, y/o Sector Las Baras, calle principal casa s/n, cerca de la escuela Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 deL Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Annelis Velásquez a dar total cumplimiento al régimen de presentación impuesto en los términos que dictaminara el Tribunal.- Así se decide.- Notifíquese a las partes.
LA JUEZ PRIMERA DE CONTROL
LA SECRETARIA
ABG. ELIZABETH SUÁREZ LÓPEZ
ABG. MARIA VICTORIA AGUILAR GARCÍA