REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal - Cumaná
Cumaná, 22 de Octubre de 2015
204º y 156º

ASUNTO: RP01-R-2015-000173

JUEZ PONENTE: Cecilia Yaselli Figueredo

Admitido como ha sido el Recurso de Apelación interpuesto por las abogadas MILZYS BEATRIZ ROMERO CORONA y MERY MARGARITA SILVA, Defensoras Privadas de la ciudadana MARÍA ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, contra decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 13 de Marzo de 2015, mediante la cual decretó PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de la ciudadana antes mencionada, por la presunta comisión del delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal; esta Corte de Apelaciones se impone del asunto de marras, y pasa a decidirlo de la manera siguiente:

ALEGATOS DE LA RECURRENTE

Las abogadas MILZYS BEATRIZ ROMERO CORONA y MERY MARGARITA SILVA, Defensoras Privadas de la ciudadana MARIA ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, en su escrito de fundamentación del presente recurso, exponen entre otras cosas lo siguiente:

“OMISSIS”:

(…) “Con fundamento en lo dispuesto en los numerales 4 y 5 del artículo 439 y 440 del Código Orgánico Procesal Penal, esta defensa interpone el presente recurso de apelación en el que denunciamos la flagrante vulneración al debido proceso y la tutela judicial efectiva por falta de fundamentación de la decisión judicial, por parte del tribunal ad quo, es decir por carencia de motivación, con base en lo establecido en los artículos 26 y 49.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 157 y 236 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que omitió el análisis de los requisitos de procedencia para el decreto de la medida de privación judicial preventiva de libertad, limitándose a señalar lo referente a la gravedad de los delitos imputados para justificar su decisión, obviando lo establecido en el artículo 157 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual hace referencia a la obligación que tienen los jueces de motivar las decisiones que tomen, sean autos o sentencias, exceptuando los autos de mera de sustanciación, originando como resultado de esta omisión que la decisión se encuentre afectada por la Inmotivación, debido a la ausencia de fundamentos que la conllevaron a decretarla.

La motivación de una sentencia deriva no solamente de lo establecido en el artículo 232 del Código Orgánico Procesal Penal, sino que requiere del cumplimiento de principios y derechos procesales fundamentales como lo es el de la defensa; toda vez que mediante la motivación se ejerce el control de una correcta aplicación del derecho; resultando en el presente caso, que lo procedente es la anulación de dicha decisión, en atención a lo dispuesto por los artículos 174 y 175 del mismo Código, pues la medida en cuestión, afecta derechos fundamentales de nuestra representada por no estar sujeta al cumplimiento de los presupuestos señalados en la Ley.

En este orden de ideas, la Sala Constitucional, en Sentencia 1768 de fecha 09 de noviembre de 2011, con ponencia de la Magistrada LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, respecto a la necesidad de la motivación de las sentencias como garantía judicial…

…si bien es cierto las decisiones judiciales deben basarse en una motivación expresamente determinada y en la clara explicación de la manera cómo el Juez llegó a tal decisión; la recurrida carece de tal motivación por cuanto no se conocen con claridad y exactitud ni tampoco de forma alguna la enunciación de los hechos, lo que vulnera la tutela judicial efectiva, a la cual tiene derecho nuestra representada; derecho que implica el conocer las razones de las decisiones judiciales fundadas para que de esta manera se encuentre garantizado su Derecho a la Defensa.

(…)

El Juez Ad quo, no indica los elementos de convicción que le permitieron apreciar la existencialdad (sic) del presunto evento ocurrido, no realizo ni explicó el enlace que debió llevara acabo de dichos elementos presentados por la Fiscalía del Ministerio Público…no existe una relación de casualidad entre la conducta desplegada por nuestra representada y el resultado típicamente antijurídico que se le quiere atribuir. Si bien es cierto existe un hecho punible no existe una acción configurativa del delito, por lo que es imposible poder fundar ningún juicio de probabilidad circunstancial en cuanto a que el hecho ilícito haya sido materializados por MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ.

…consideró el tribunal que se encontraba en presencia del Delito de Estafa Calificada Agravada Continuada, previsto y sancionado en el artículo 462, concatenado con el artículo 99 del Código Penal considerando que existían fundados elementos de convicción…lo que no es suficiente para saber qué consideró de cada uno e ellos para tomarlo como elemento que comprometiera la responsabilidad de nuestra representada y dejándola en consecuencia en un estado de indefensión…

Se apela por inmotivación del Auto de Mantenimiento de la Medida de Privación Judicial preventiva de libertad por cuando el Juez ad quo para decretarlo, se limitó a señalar lo referente a la gravedad del delito imputado, a los efectos de justificar su imposición, sin enterar a detallar y a determinar los extremos indicados en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, violando lo ordenado en el artículo 246 ejusdem, resultando tal decisión afectada por INMOTIVACIÓN…

…En el presente caso, prejuzgar sobre si los hechos constituyen o no el delito, se observa que la pena que pudiera llegar a imponérsele al (sic) ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ por tal hecho punible no es grave…; es decir la pena no es igual o mayor a diez años, ni la magnitud del daño causado ha sido determinado y probado; y no consta en el expediente que la señalada ciudadana tenga antecedentes.

Aunado a lo anterior MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ, cuenta con arraigo en el país, lo cual consta en el expediente al tener residencia fija, no cuenta con recursos económicos para abandonarlo lo cual se puede verificar de las comunicaciones que expidieron los diferentes Bancos…las cuales certifican que nuestra representada no mantiene relaciones bancarias con las mismas… Tampoco se explica para nada en la recurrida de manera fundamentada y motivada lo relativo al peligro de obstaculización contemplado en el artículo 238 del COPP…, no preciso con claridad el acto de investigación que a su criterio nuestra defendida pretende obstaculizar.

…el Juez…Debió considerar para su análisis que la referida ciudadana reside en otro estado y que la investigación ya se ha llevado varios años, y en todo este tiempo la Fiscalía nunca manifestó el temor de dicho peligro…

En cuanto a la Inmotivación la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, ha dejado sentado en relación a la Obligación de motivación de los fallos, lo siguiente:

Sentencia N° 72 de Sala de Casación Penal, Expediente N° C07-0031 de fecha 13/03/2007…

Sentencia N° 183 de sala de Casación Penal, Expediente N° C07-0575 de fecha 07/04/2008…

Ciudadanos Magistrados, se hace imprescindible que los Jueces Penales cumplan con su deber de garantizar los derechos que contemplan el Código Orgánico Procesal Penal..., lo cual no ha ocurrido en el presente caso, por lo que Solicitamos que se anule la Decisión que se recurre.

(…)

En este orden el artículo 236 de la norma adjetiva Penal…

…ha quedado sentado que es necesario que se satisfagan las exigencias contenidas en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal…Al respecto en sentencia Nro. 637 de fecha 22-4-08, Expediente Nro. 07-0345, de la Sala Constitucional del TSJ con ponencia del Magistrado Francisco Carrasqueño López…

En el presente caso es evidente que el Tribunal de Control N° 4, en la oportunidad de la audiencia de presentación de imputado ratifica la privación judicial preventiva de libertad…, sin que se cumplan de manera concurrente los requisitos del artículo 236 del COPP. (Negrillas de las recurrentes)

…consideramos que lo procedente y ajustado a Derecho es anular la decisión Apelada y en consecuencia decretar la Libertad de nuestra representada de manera plena o en el último de los casos bajo la Medida de presentación periódica contenida en el articulo (sic) 236 numeral 3ero del COPP.

…nuestra representada está siendo imputada por el delito de estafa Calificada Continuada, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, concatenado con el artículo 99 Eiusdem, es decir estaríamos hablando en el supuesto negado de una condena de una pena que oscila entre 1 a 5 años, más una sexta parte, por la continuidad es decir ubicándonos en el termino (sic) mínimo podríamos estar hablando de una pena de Un año y seis meses y en término medio se trataría de una pena de tres años y seis meses, por lo que quiere decir que nuestra representada en base al principio de proporcionalidad contenido en el artículo 230 del COPP, perfectamente puede ser Juzgado en libertad…(Negrillas de las recurrentes).

Solicitamos en el debido respeto de esa Honorable Corte de Apelaciones que el presente Recurso sea Admitido, Sustanciado conforme a Derecho Admitidas las pruebas y declarado con Lugar en la Definitiva, y en consecuencia sea REVOCADA LA DECISIÓN DE MANTENIMIENTO DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD contra nuestra representada: MARIA ALEJANDRA ORTIZ, por su manifiesta inmotivación y en su lugar sea acordada a favor de la misma su inmediata Libertad sin restricciones o en su Defecto una Medida menos Gravosa de Presentación Periódica por ante la Autoridad que a bien tenga Designar.” (Negrillas de las recurrentes).



DE LA CONTESTACIÓN FISCAL

Emplazado como fue el Fiscal Séptimo del Ministerio Público del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, este NO DIÓ CONTESTACIÓN al Recurso de Apelación ejercido.

DE LA DECISIÓN RECURRIDA

En fecha 13 de Marzo de 2015, el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, dicta decisión y entre otras cosas expone:

“OMISSIS”:

(…) “En este estado toma la palabra el Juez y expone: “Concluido el desarrollo de la presente audiencia oral de presentación de imputados, oída la exposición realizada por la Fiscal Sexto Auxiliar a nivel nacional del Ministerio Público, quien solicita la Privación Judicial Preventiva de Libertad de la imputada MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-15.629.940; por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal y ASOCIACIÓN (sic) PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.; pedimento que formula de conformidad con lo establecido en el Artículo 236 Último Aparte del Código Orgánico Procesal Penal; así como analizados los argumentos de la defensa quien solicita la libertad sin restricciones de su representada o en su defecto la aplicación de una Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial de Libertad, éste Tribunal pasa decidir en los siguientes términos: El Ministerio Público ha imputado en este acto los delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 del Código Penal y ASOCIACION (sic) PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, sin embargo, este Tribunal considera en lo relativo al delito de ASOCIACIÓN (sic) PARA DELINQUIR, imputado por el Ministerio Público que el artículo 4 numeral 8 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, establece como delincuencia organizada: “La acción u omisión de tres o mas personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos establecidos en esta Ley y obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros. Igualmente, se considera delincuencia organizada la actividad realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, con la intención de cometer los delitos previstos en esta Ley”. Por otra el artículo 37 Eiusdem, tipifica el delito de ASOCIACION (sic) PARA DELINQUIR, y establece: “Quien forme parte de un grupo de delincuencia organizada para cometer uno o mas delitos graves, será castigado por el solo hecho de la asociación con pena de seis diez años de prisión”. En base a estas normas, observa este Tribunal que el delito de asociación para delinquir es un delito de delincuencia organizada y requiere necesariamente la participación de tres o mas personas asociadas en la comisión de un delito previsto en esta norma, y observa este Juzgador que el Ministerio Público no ha acreditado en modo alguno en ésta audiencia por no constar en actas que el hecho delictivo que atribuye a la imputada fue perpetrado con la participación de éste numero mínimo de sujetos activos que requiere la norma, verificado de igual manera que en el presente asunto solo consta orden de aprehensión en contra de la imputada de autos, no de alguna otra persona como autora o participe de este hecho, no obstante lo antes señalado, es de destacar que la parte infine del artículo 4 numeral 8 de la referida Ley, considera de igual manera como delincuencia organizada la actividad realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, con la intención de cometer los delitos previstos en esta Ley Orgánica, circunstancia ésta que no es la aplicable al caso de marras, pues el representante fiscal ha atribuido el hecho delictivo que arribó en el delito de estafa a la participación de la imputada sin la actuación de ella como órgano de persona jurídica o asociativa, por tales circunstancia se excluye el presente asunto del supuesto de ley que permite calificar este delito a una sola persona, por ello, a criterio de este Tribunal en el presente caso no existe el supuesto de ley o requisito legal señalado en el artículo 4 numeral 8 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, que determine la participación de tres o mas personas en el delito de estafa imputado por el Ministerio Público, motivo por el cual esta Tribunal observa que no considera acreditado el numeral 1 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, s decir, no acredita la existencia del delito de ASOCIACIÓN (sic) PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, motivo por el cual este Juzgador desestima dicho delito imputado por la representación fiscal. Así se decide. En relación al delito de estafa continuada imputado por el Ministerio Público; este Tribunal estima la existencia de delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal, el cual merece pena privativa de libertad, cuya acción penal no se encuentre evidentemente prescrita, por ser de reciente fecha, es decir, en fecha 21 de Agosto de 2013, cuando la ciudadana LAURA MARINA BARCENAS VALLEJO, en compañía de otros ciudadanos, denunciaron a la ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, ante la Sub-Delegación (sic) Cumaná del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistas (sic), por cuanto, la misma ofrecía en venta vehículos automotores importados, con la condición para su reserva que le depositaran en su cuenta bancaria del Banco Bicentenario, así como en otra cuenta del Banco Banesco, cierta cantidad de dinero según fuera el vehículo requerido por los interesados, que oscilaban entre Bs. 13,000,00; Bs. 22,000,00, y 34.000,00, situación por la cual los ciudadanos que presentan la mencionada denuncia, así como los que suscriben el listados de personas que participaron en las negociaciones para la adquisición de vehículos automotores, luego de esperar un largo tiempo, comenzaron a observar que dicha ciudadana no les cumplía con la entrega del vehículo, por lo que procedieron a exigir el cumplimiento de lo convenido, sin tener resultados positivos hasta la presente fecha, es decir, no recibieron sus vehículos ni mucho menos les ha sido reembolsados su dinero. En este orden es oportuno destacar que las demás personas que denunciaron los hechos quedaron identificadas como se mencionan a continuación: LAURA MARINA BARCENAS VALLEJO, ALEXIS JOSE (sic) MOTABAN OYOQUE, OLGA ELENA MOTABAN OYOQUE, ADGELMIR JOSE (sic) MARQUEZ ORTIZ, MARTHA ELIZABETH VARGAS PENZZ, ANTONIO PAREDES, REINA DELGADO, GHERMAN GAMBOA, JULIAN CAYAMO, EFRAIN CAYAMO, ALCIDES ZERPA, MERCEDES LOPEZ (sic), JOSE (sic) PARRA, ROSA MILANO, LUIS DANIEL MONTEFUSCO, DONY MONTEFUSCO, ANA CAMPOS, YONIS ARREDONDO GARCIA (sic), JOHANNA CASTRO, WILMER ARREDONDO, DOUGLAS GARCIA, SULMA DE ALMANDOZ, NORIS M. PEREZ (sic), YOICE JARAMILLO, HECTOR J. FLORES, DAYANA CABEZA, ABRAHAN CARDOZO, WENDY SILVA, ELIZABETH MAGO, JOHANNA PEREIRA SÁNCHEZ (sic), RODNEY GONZALEZ (sic), HAYARIT RODRÍGUEZ (sic), LORENA CORDOVA (sic), DANIEL ASTUDILLO, YOHIFER GONZALEZ (sic), FRANCISCO ACOSTA, DOUGLAS CEDEÑO (sic), GABRIEL CARRIZALES, MARIOSKY ORDAZ, VIANNELLY OYOQUE, ANA MUÑOZ, YORKY CASTAÑEDA, BELKYS TINEO, LUIS JOSE MAGO, DAMARYS FERNANDEZ (sic), JUAN MANUEL RODRÍGUEZ (sic), WILLIAN JOSE (sic) BOTTINI, ALBERTO DE OLIVEIRA, PEDRO PEREZ (sic) DAVILA (sic), JUANA PEREZ (sic) DE REYES, EDELWIS RAMÍREZ (sic), YASMIN GARCIA (sic), GUILLERMO REYES ALVAREZ (sic), PATRY PEREZ (sic) REYES, NELSON CORTEZ, PEDRO PEREZ (sic) REYES, GUILLERMO REYES DIAZ (sic), EDUARDO VILLALBA, MARJORIE REYES, MEDALDO VILLALBA, GABRIELA ZERPA LOPEZ (sic), LUISABEL ZERPA LOPEZ (sic), DANIEL LANZA, ALEXANDER VELASQUEZ (sic), JOSE ALEJANDRO RIVERO, JESUS (sic) DANIEL RONDON (sic) GARCIA (sic) Y JESUS (sic) DAVID RONDON (sic) GARCIA (sic). De igual manera, este Tribunal considera que existe fundados elementos de convicción para estimar que la imputada MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, sea autora o partícipe en la comisión de un hecho punible precalificado por la representación fiscal como el delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal, tal afirmación se desprende de los elementos de convicción que constan en actas los cuales son: 1.DENUNCIA, de fecha 21-08-2013, rendida por la ciudadana LAURA MARINA BARCENAS VALLEJO, ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas Penales y Criminalísticas, quien manifestó: “ En el mes de Noviembre, realizo diversos depósitos por un monto total de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES (sic) (Bs.33.000,00), por concepto de una inicial de un vehículo marca CHRRY (sic) TIGO, a la cuenta personal de la ciudadana a nombre MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, la misma manifestaba a todas las personas que realizan esta negociación que a través de la ciudadana ERIKA FARIAS, Gobernadora del Estado Cojedes, podía conseguir la asignación de los vehículos, al pasar aproximadamente ocho (8) meses esperando la respuesta de la ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, decido dirigirse junto a la ciudadana HAYARI RODRÍGUEZ (sic) Y ALEXIS MOTABAN, hasta la ciudad de Cojedes, específicamente a la Gobernación de ese Estado, una vez se entrevistaron con el ciudadano DR. NATERA, encargado de la parte Jurídica de la Secretaria General de Gobierno, no obstante una vez reunidos allí el le dijo que ya tenia conocimiento de lo que dicha ciudadana estaba haciendo en todo el país y que por orden de la Gobernadora estaba en la investigación de la ciudadana, asimismo le aporto que la ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, pertenecía y ejercía el cargo de Coordinadora del Movimiento Ecológico Venezolano, ubicado en el Pao, Zona de Barrancos, llevando a cabo un Plan Vacacional con un grupo de adolescentes, y que manejaba mucha información de la ciudadana, debido a la comunicación le aporto un número de teléfono 0424-400.20.22, para que lo llamara en cualquier momento en relación a lo que le había manifestado, de igual forma le manifestó que había conversado con el ciudadano Pablo Rodriguez (sic), Secretario General de Gobierno les declaro que la ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, no tenia ninguna relación con la Gobernadora del Estado, así mismo que tuvieran mucho cuidado con interponer la denuncia, ya que no sabían quienes estaban por encima de MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, que ella podría ser otra víctima y que no fueran a la parte legal a denunciarla, motivo por el cual se dispuso junto con las personas que fungen como víctima, cabe destacar que son cien (100) personas las afectadas aproximadamente. (folio 02 y vto.); 2.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26/08/2013, rendida por el ciudadano ALEXIS JOSE (sic) MOLTABAN OYOQUE, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “ A nosotros se nos ofrecieron unos vehículo cherry, donde la única condición era el deposito (sic), una cantidad de dinero dependiendo del modelo, estos depósitos se realizaron a nombre de la señora MARIA (sic) ORTIZ, titular de la cédula N° V-15.629.940, numero de teléfono 0426-2402877, esta señora se contacta por intermedio de la ciudadana WENDI SILVA, numero (sic) de celular es 0416-5830625, luego de hacer el deposito se fueron colocando fechas para la entrega de los vehículos y hasta la fecha actual, no se han hecho entrega de ningún, debido a este incumplimiento se nos ocurrió a mi persona junto con dos afectados mas trasladarnos hasta el estado Cojedes, hacia la ciudad de san carlós (sic) específicamente, por que teníamos entendidos que en esta localidad habita la señora MARIA (sic) ORTIZ, ya que siempre la vimos en fotografía con la ciudadana GOBERNADORA, de dicho estado, ella utilizo como bandera su relación con la gobernadora del estado Cojedes, una vez localizada en el estado Cojedes en una oficina de la gobernación, en lo que se pregunto por la señora, efectivamente nos atendió un ciudadano identificado como DR: NATERA, el mismo se presento como asesor jurídico de la gobernación, este ciudadano en cuestión afirmo que efectivamente esta ciudadana MARIA (sic) ORTIZ, ya estaba haciendo investigada por él, por que recibí denuncia de otras personas del estado guarico (sic) y constato que ella misma todavía trabajaba para la gobernación, y era dirigente regional de un llamado movimiento ecológico venezolano (MEVEN), y que se encontraba dirigiendo un plan vacacional en barraca en el Municipio el Pao, en ese momento el dijo que una vez que recibió la denuncia de la persona del estado guarico (sic), las cuales fueron netamente administrativas, le hizo una investigación completa y que a él no le cabía dudas de que era una estafa pero que esperaba lineamientos de parte de la gobernadora respecto a eso, cabe destacar que ante de hacer la denuncia en ptj, se realizo una llamada al DR. NATERA, al numero 0424-4003022, indicando el mismo que una vez formulada la denuncia que el estaba en completa disposición para colaborar en lo necesario, esta mucha WENDI SILVA, tengo entendido de que a ella la involucra una ciudadana de nombre MERCEDES, una vez verificado que estaban en medio de una estafa se le solicito a MARIA (sic) ORTIZ, la devolución del dinero y no lo ha hecho, se deja constancia en esta acta de haber recibido del entrevistado veintinueve (29) folios de depósitos realizado a la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ. (folios 04 al folio 05); 3.- BAUCHE N° 4057137209, de fecha 29-04-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, por la ciudadana DAMARIS DEL VALLE FERNANDEZ (sic) GARCES. (Folio-07); 4.- BAUCHE N° 039368462, de fecha 26-11-2012, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE MAGO DE SILVA. (Folio-08); 5.- BAUCHE N° 025828461, de fecha 23-07-2012, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs..), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana REINA JOSEFINA DELGADO DE GONZALEZ (sic). (Folio-09); 6.- BAUCHE N° 00002696, de fecha 29-12-04-2012, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano GHERMAN GAMBOA BARRETO. (Folio-10); 7.- BAUCHE N° 049859934, de fecha 25-02-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Veintidós Mil Bolívares (22.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana MARIOSKI ORDAZ MONTERO. (Folio-11); 8.-TRANSFERENCIA N° 24402639, de fecha 07-04-2013, del Numero de cuenta 01020653760000047306, perteneciente al ciudadano WILLIAN ALBERTO BASTARDO, al numero (sic) de cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs..) (Folio-12); 9.-BAUCHE N° 029098815, de fecha 23-11-2012, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano DANIEL ASTUDILLO. (Folio-13); 10.-BAUCHE N° 039901857, de fecha 21-05-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Veintidós Mil Bolívares (22.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana BELKYS DEL VALLE TINEO ARISMENDI. (Folio-14); 11.-TRANSFERENCIA N° 0052300741477, de fecha 28-02-2013, del Numero (sic) de cuenta 000136143377, perteneciente al ciudadano ANTONIO PAREDES, al numero de cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, del Banco Bicentenario, por un monto de trece mil bolívares (13.000Bs.) (Folio-15); 12.-BAUCHE N° 046315140, de fecha 25-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Treinta y Cuatro Mil Bolívares (34.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano LUIS JOSE (sic) MAGO. (Folio-16); 13.-BAUCHE N° 0356186566, de fecha 24-10-2012, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana MARTHA ELIZABETH VARGAS. (Folio-17); 14.-BAUCHE N° 046394890, de fecha 25-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana KEYSE JOSE (sic) PATIÑO (Folio-18); 15.-BAUCHE N° 0462595176, de fecha 18-12-2012, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana JOHANA JOSE (sic) PEREIRA (Folio-19); 16.-BAUCHE N° 0464026885, de fecha 25-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Treinta y Cuatro Mil Bolívares (34.000.Bs), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano ALEXIS MOTABAN OYOQUE. (Folio-21); 17.-BAUCHE N° 049858844 de fecha 25-02-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Treinta y Cuatro Mil Bolívares (34.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano GABRIEL CARRIZALES (Folio-23); 18.-BAUCHE N° 046402532, de fecha 25-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano LUIS JOSE (sic) MAGO. (Folio-24); 19.-Con BAUCHE N° 046402008, de fecha 26-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana HAYARI RODRÍGUEZ (sic). (Folio-26); 20.-BAUCHE N° 025828803, de fecha 23-07-2012, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, por la ciudadana RODNEY GONZALEZ (sic). (Folio-29); 21.-BAUCHE N° 043922994, de fecha 02-01-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Veintidós Mil Bolívares (22.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, por la ciudadana VEANNELYS OYOQUE. (Folio-31); 22.-DEPOSITO N° 36540644, de fecha 23-05-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Veintidós Mil Bolívares (22.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, por el ciudadano WILLIAN BOTTINI. (Folio-33); 23.-BAUCHE N° 059610012, de fecha 20-05-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano YORKY CASTAÑEDA. (Folio-34); 24.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26/08/2013, rendida por el ciudadano WILLIAN BOTTINI, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “A través del señor JUAN RODRÍGUEZ (sic), conocí a VIANNELYS, que es la persona que tenia contacto con MARIA (sic) ORTIZ, para la adquisición de una camioneta gran tigger, supuestamente esta camioneta seria entregada en un acto aquí en Cumaná, una semana después de que yo hiciera el deposito, ya han pasado tres mese y siempre la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ, dice que no me preocupe por la camioneta y que la misma sera entregada muy pronto, la ultima información que se nos dio fue que ella iba a entregar dichos vehículos en la ciudad de Cumaná en Maracay, el día 01-092013, como el grupo de aquí de Cumaná, que hizo la denuncia el día jueves pasado 22-08-2013, que son aproximadamente treinta personas, el día martes ante de la denuncia viajaron tres personas al estado Cojedes (sic) para corroborar toda la información respecto a la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ , allí fueron recibidos en la gobernación y hablaron con el señor Natera, quien es el asesor jurídico del secretario del gobierno de dicha gobernación y alejo conocer sobre esta persona MARIA (sic) ORTIZ, y sobre sus negocios oscuros por decirlo de laguna manera y por lo cual el tenia a esa persona investigada por unas denuncia que habían llegado allí por otros estados y simplemente hizo las investigaciones y logro hallar algo abierto a nivel administrativo sobre ella, esta persona en sus investigaciones pudo corroborar que había situaciones raras en cuanto a la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ, y el nos dio su teléfono y se puso a la orden de los cuerpos de investigación de acá de Cumaná, respecto a cualquier investigación sobre la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ, el día jueves nos reunimos en grupos en Cumaná, para entonces con la información que se trajo del estado Cojedes a proceder a denunciar. (folios 35 al folio 36); 25.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/08/2013, rendida por el ciudadano LINO MOTABAN, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “ Vine por el caso de la señora MARIA (sic) ORTIZ, quien solicito la cantidad de trece mil Bolívares, para la adquisición de un vehículo, la señora quedo de entregarla una fecha desde junio, pero yo ingrese en mayo, luego dijo que era para julio y después para agosto y no ha entregado nada hasta la fecha, inclusive a través de mensajes le hice peticiones de que me devolviera mi dinero para invertir en otro vehículo y quedo en regresarmelo (sic), le envié mi numero de cuenta por correo electrónico y todavía a un no lo ha realizado, esa fue una condición que ella puso de que quien no podía esperar se le devolvería el dinero el que no tuviera paciencia con todo gusto devolvería el dinero. (folio -39); 26.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/08/2013, rendida por la ciudadana VIANNELLY OYOQUE, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “Caí en esta situación, porque, por medio de una compañera que me dijo de esta señora estaba ofertando unos carros chinos que estaba dando el gobierno y yo le dije que si, que habla una oportunidad para meterme y ella llamo a la señora MARIA (sic) ORTIZ, y esta le dijo que si, que había una camioneta gran tigger, que depositara a su numero de cuenta veintidós mil bolívares (22.000bs.), yo fui y los deposite, medio su correo electrónico donde tenia que enviarle copia del bauche y de mi cédula a ella, tuve la oportunidad de conocerla por que después del deposito ella estuvo aquí en Cumaná en el hotel Cumanagoto y nos llamo, y un grupo hizo acto de presencia allá, como yo tenia conocidos que me dijeron que si yo tenia acceso de oportunidad de un carro en ese momento le pregunte a MARIA (sic) ORTIZ, que si había otras unidades disponibles, ella me digo que si, pero que tenia que depositar en el transcurso de esa semana de la visita que hizo, por que la entrega iba hacer en el mes de mayo, así junto conmigo cayeron once personas mas y hasta es momento ella no nos a dicho que nos hará la entrega en varias fechas y la última que dio fue para el domingo 01-09-2013, después del viaje a Cojedes de mis compañeros, no he recibido ningún otro mensaje de ella, la señora que en verdad nos dios la primera oportunidad de esto solo se que se llama MERCEDES, pero no tengo mayor información de ella . (folios 46 al folio -47); 27.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/08/2013, rendida por la ciudadana OLGA MOTABAN, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “Nosotros, tuvimos contactos con la señora WENDI, quien es prima de mi mamá, ella le participaba a mi mamá, que existe la posibilidad de adquirir unos vehículos de varios modelos de carros, por que ella sabia la necesidad de mi mamá de un carro por su trabajo, ella le explico a mi mamá las condiciones y le dijo que si tenía otros conocidos que tuvieran interesados les informaran y así fue que entramos varios al negocio, si es que se le puede llamar negocio, allí es donde entra ALEXIS, LINO, mi mamá, unos conocidos de mi mamá y yo, bueno hasta el sol de hoy se fueron poniendo fechas de reuniones con la señora MARIA (sic) ORTIZ, pero personalmente una sola vez la vi, vino al hotel Cumanagoto, no recuerdo la fecha, pero ella le aviso a mi mamá a través de mensaje de texto para que nos reuniéramos con ella y que le avisara a su grupo, cuando llegamos al hotel, llegamos alrededor de diez a once personas en esa oportunidad, fue una reunión totalmente informal, en el estacionamiento del hotel donde ella nos explico, como seria la fecha de la entrega, que aproximadamente faltaron 15 días para eso, hablo como seria el sistema de pago, que teníamos que abrir una cuenta para el pago de los giros mensuales y así hasta el sol de hoy no ha dado nada.......(folios 49 al folio 50); 28.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29/08/2013, rendida por el ciudadano JUAN RODRÍGUEZ, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “ El día martes de la semana pasada 20-08-2013, tres personas ALEXIS MOTABAN, HAYARIT RODRÍGUEZ (sic) Y LAURA BARCENAS, este grupo de Cumaná, viajaron hasta el estado Cojedes a buscar información sobre la funcionaria pública MARIA (sic) ORTIZ, y allí llegaron a una dependencia de la gobernación y lograron hablar con el asesor jurídico del secretario del gobierno, señor Natera, este señor a escuchar el nombre de MARIA (sic) ORTIZ, dijo que el ya tenia una investigación ya realizada a esa empleada pública, por que anteriormente ya había estado por allí otro grupo de personas con el mismo problema que nosotros teníamos, el señor NATERA, manifiesta que esto lo llevo a investigar la situación y pudo corroborar que esta señora MARIA (sic) ORTIZ, tenia en su contra una denuncia netamente administrativa, aunque si pudo darse cuenta que dicha funcionaria estaba en el negocio de la corrupción, el señor NATERA se puso a la orden para cualquiera información sobre la mencionada funcionaria, luego pudieron hablar con el secretario de gobierno del estado de Cojedes , sobre esta funcionaria pero el siempre el trataba de defenderla y no se pudo llegar a ningún acuerdo con el ya que su actitud se torno defensiva, luego de esta situación las tres personas de Cumaná, por resguardar su integridad física decidieron regresar de inmediato a Cumaná, luego de llegar a la ciudad el jueves en la mañana se reunieron con el grupo y nos manifestaron todo estos acontecimientos en el estado Cojedes, por lo que llegamos al acuerdo para introducir la denuncia formal, por ante el CICPC. (folio 53 al folio 54); 29.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/09/2013, rendida por la ciudadana DAMARIS FERNANDEZ (sic), ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “ Yo, por medio de una comadre que me consiguió el cupo para la cuestión de los carros, ella realizo mis deposito a la señora MARIA (sic) ORTIZ, a la cuenta de esta señora por la cantidad de trece mil bolívares (13.000bs.), donde yo nunca yo he tenido comunicación directa con la señora sino por medio de mensajes que me reenvían la comadre que le enviaban a ella, donde el ultimo mensaje recibido fue que la entrega del carro iba hacer el 01-098-2013 (sic), y hasta la fecha no he recibido mas nada, ni mensaje ni nada. (folios 59 al folio 60); 30.-OFICIO 3571, de fecha 16-10-2013, emanado de la oficia de personal de la gobernación del Estado Cojedes, donde informan que la Ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.629.940, no forma parte del personal que labora en la Gobernación del Estado Cojedes. (folio 121); 31.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 14/05/2014, rendida por la ciudadana MARTHA ELIZABETH VARGAS, ante la formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, quien manifestó: “ Comienzo del mes de Octubre del año 2012, me llamo una amiga y me dice que hay una oportunidad de conseguir carros con el gobierno, marca Cherry, y que para ellos hay una señora que nos va a meter en un grupo y que el presidente Chávez va a entregar esos carros a los que depositen cierta cantidad de dinero, en el caso mió deposite TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00), que incluía el seguro y primera cuota, en varias ocasiones nos reunimos con la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, en el Hotel Barceló, Cumanagoto y Parque Guaiqueri, y en diferentes oportunidades nos informo que en el Poliedro el Comandante nos iba a entregar los carros, después el presidente Maduro nos los iba a entregar aquí en Cumaná y así fue dándole larga a la entrega y a la espera. He incluso nos informo que trabaja en el Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y que llevaran el bouche del deposito al Hotel el ALBA CARACAS. (folio 129); 32.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 14/05/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana WENDY ELISA SILVA MAGO, quien manifestó: “ Bueno conocí a la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR por medio de la señora Mercedes López, quien es comadre de mi suegra Reina Delgado, donde mi suegra me hizo el comentario a mi y a mi esposo que por medio de su comadre Mercedes López, tenia un contacto para ayudarnos a obtener un carro del gobierno, converse con mi suegra por que la señora Mercedes le dijo que era algo confiable, que ella la conocía ya que era de Guarico, luego le deposite la cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.18.000,00), a la cuenta personal de la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, a pesar de la desconfianza por que el deposito era personal, pero a la vez tenia seguridad por la señora Mercedes por ser una persona intachable, luego del deposito (sic) conocí a la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, en el Hotel Barceló, ella siempre dio la cara, pero con una excusa por las cosas que estaban sucediendo en el País, primero cuando se desbordo el río en Cumanacoa iba hacer una entrega no se dio por lo ocurrido, nuevamente dio fecha que todo estaba listo pero fue cuando murió el Presidente, tampoco se dio, había que esperar que nombraran al nuevo presidente, y así sucesivamente siempre venia con una excusa, todos los que estamos involucrados en este caso ha sido por recomendación de terceros, lamentablemente por confiada metí a familiares y amigos en este problema, pero cada uno estaba consciente de lo que estaban haciendo, ya que la cuenta de la persona era personal (folio 132 al folio 133); 33.-ACTA DE ENTREVISTA de fecha 15/05/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana ANA JOSEFINA MUÑOZ, quien manifestó: “ Yo caigo en esta situación a finales del mes de Mayo de 2012, había una ponencia en la UNEFA, yo me encontraba allí y me conseguí con una amiga que se llama ANA CAMPOS profesora en ese momento de la Misión Sucre y trabaja con el frente FRANCISCO DE MIRANDA, al salir del evento ella hace el comentario a varios amigos que nos encontrábamos allí, yo le pregunte que si eso era confiable, seguro ella me respondió que si por que la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, trabajaba con la señora ERIKA FARIAS actual gobernadora del Estado Cojedes, en las Comunas, la señora Ana Campos me dijo que si yo quería obtener un carro había que depositarle a la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, ese mismo dìa o más tardar el otro dìa, ella me pasa el número de cuenta de la señora Maria (sic) Alejandra Ortiz Tovar, cuando voy al banco Bicentenario no hay línea, llame a la señora Maria (sic) e inmediatamente me respondió, e dije la situación que se había caído el sistema, que el deposito (sic) era para ese dìa, entonces ella contesta “Ella me dijo que depositara a nombre de una sobrina de Erika Farias, bueno primero deposite DOCE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.12.000,00), después de una semana me llama Maria (sic) Alejandra y me dice que si quiero una camioneta que va hacer mas productivo para mi y que le deposite TRES MIL BOLIVARES (sic) (Bs.3.000,00), para un total de QUINCE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.15.000,00) DEPOSITADO EN TOTAL, nunca le había visto la cara a esa señora, me llama la amiga Ana Campos y me dice que Maria (sic) Alejandra viene a Cumana (sic) y se va a hospedar en el Hotel VENETUR, cuando yo llego casi a la una de la tarde, hay un grupo de personas reunidas con ellas, personas que también le habían depositado el dinero para la adquisición de vehículos, en esa reunión ella manifestó que estaba preparando la documentación de todos y todas para la entrega que seria un acto publico en Caracas, que ya Erika estaba montada sobre eso, que estaba esperando el lugar y fecha donde iba hacer la entrega, luego de esa venida ella vino como diez veces más y se hospedaba en diferentes hoteles Venetur, Bordones, Nueva Toledo, en una de esa venida, muchas personas estaban molesta por su actitud de que todo el tiempo era el mismo engaño, ese dìa ella llego brava muy prepotente por que le habían enviado unos twiter (sic) a Erika Farias y ella estaba muy molesta y que el negocio se podía caer, ya que Erika era una mujer de carácter muy fuerte, le hacia pasar malos ratos por su carácter, ella era la que pagaba todo, luego unos quince días después reunión con todos y todas las personas que hicieron la solicitud de carros y nos manifestó que la entrega se haría una semana después, íbamos a salir un sábado en la noche en un autobús de la casa militar que ella nos mandaría, y se aceptaba un acompañante solamente, como iba hacer un acto publico (sic) se iba a escoger a tres personas para decir unas palabras que seria mi hermano Marcos seria la primera persona que hablaría, luego otro muchacho que pertenece al frente Francisco de Miranda, así como mi hermano y yo tan bien tenia un derecho de palabra en ese momento, eso iba hacer algo rápido, llego el jueves antes del sábado para irnos hacia Caracas, llamo por teléfono diciendo que se cayo la entrega y así como esta mil mentiras más, cuando fallece el presidente comandante Hugo Chávez ella dice que ya entrega salía por Cumaná, los carros se habían traído a Cumaná y la entrega la haría el Gobernador Luís Acuña Cedeño, que ella había hablado con el y que todo estaba cuadrado, después dijo que el gobernador no se quería meter en problema por que los que trabajaban con el le estaban pidiendo carros e iba a crear un conflicto, que le dijera a Erika que no quería problemas, de tantas mentiras yo cansada le solicite mi dinero y le dije estas palabras “MARIA (sic) tu sabes por que la ha visto tengo una hija especial y necesito el dinero, por favor devuélvemelo todavía lo estoy esperando.”, el ultimo dìa que se reunión con nosotros en el Parque Guaiqueri, nos manifestó que Erika Farias había pedido un crédito adicional para pagarle a todos a partir del dìa miércoles de la próxima semana, (exactamente no recuerdo la fecha) si no lo hacia que fuéramos a Cojedes, desde allí más nunca tuvimos comunicación con ella, los números telefónicos no contesta (folios 134 al folio 135); 34.-ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23/05/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana ADGELMIR JOSE (sic) MARQUEZ (sic) ORTIZ, quien manifestó: “ Hace dos años en el año 2012, uno de mis familiares, me contó sobre la camioneta y yo le dije que quería entrar y saber como era, ella me contó que me pedían un dinero para la inicial de la camioneta y que la camionetas las iban a entregar en un acto político que se iba a realizar aquí en Cumaná, y al final se suspendió el acto político, después de eso siempre se colocaba una fecha y se terminaba suspendiendo las entregas de la camioneta, hasta que a mediados del años pasado las personas se cansaron por que habían algunas que estaba ante que yo, y entonces llamaron a la señora MARIA (sic) ORTIZ, y que si no iban a entregar las camionetas que entregara el dinero, en eso ella vino en una ocasión en octubre del 2013 y dijo que si iban a entregar el dinero que tuviéramos paciencia que ella estaba procesando un préstamo para pagarlo, pero que no iba a pagar en orden desde el primero que le hizo el deposito hasta el ultimo depositante, también nos dijo que nos iba a pagar una extra de intereses por el tiempo que estuvo con ese dinero, ella empezó a pagarle a muy pocas personas en diciembre fue la ultima vez que pago, después de allí no supe mas de ella, supe por medios de compañeros que le habían congelados las cuentas que tenían problemas legales por este asunto(folio 137); 35.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26/05/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana ROSA MILANO LORUSSO, quien manifestó: “ Bueno eso fue por medio de una vecina que me entero de la venta de estos autos, hace mas de dos años solicite un crédito para un carro y no me lo dieron por que no tenia ingreso, debido a eso me interese por esta oportunidad de obtener un carro con facilidades de crédito y baja inicial. Eso fue el mes de junio del año 2012, y así como yo lo hice también existen varias personas que cayeron en este delito(folio 139); 36.-OFICIO NRO. SIB-DSB-UNIF. 15984, de fecha 14-05-2014, emanado de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, constante de dos (2) folios donde se evidencia los Estados por donde se realizaron las transacciones mayores 4,5 MIL, por parte de la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V. 15.629.940. (folios 156-159); ESTADO MONTO CUENTA ANZOÁTEGUI (sic) MONTO. 10.000,00; COJEDES MONTO. 800.732,06; DISTRITO FEDERAL........ MONTO............27.000,00 … etc… PARA UN MONTO TOTAL DE 990.732,06 Bs; 37.-OFICIO N° 0-05-14-504, de fecha 27-05-2014, emanado del Banco Caroní, donde se evidencia que la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V. 15.629.940, posee la cuenta numero (sic) 0128-0097-53-9702606303 y estados demostrativos desde el 31 Enero de 2012 hasta el 30 de Diciembre de 2013. (Folios 184 al folio 211).; 38.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 10-06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano JULIAN (sic) ENRIQUE CAYAMO CASTAÑEDA, quien manifestó: “ El dìa 05-08-2012, mi hermano Efraín Cayamo, también es afectado a el lo llama una amiga, referente a los vehículos, el acude a mi por que no tenia la plata, yo le presto el dinero y nos vamos el dìa. 07.08.12. y ambos efectuamos los depósitos el de él y el mió, los cuales fueron depositado a la Cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz Tovar, deposito realizado en el Banco Bicentenario ubicado en Cumana-Plaza, a la cuenta Nro 0226380071424450, por un monto total entre los dos de VEINTISÉIS (sic) MIL BOLIVARES (sic), es decir TRECE MIL BOLIVARES (sic) cada uno, de allí quedamos en contacto con ella dìa a dìa, ella estuvo de tres a cuatro meses en contacto con nosotros, luego de allí perdimos contacto con ella, hasta la fecha que no nos hemos vuelto comunicar, eso tiene aproximadamente dos años (folio-219); 39.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 10/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano ALCIDES JOSE (sic) ZERPA BERMÚDEZ (sic), quien manifestó: “ bueno me entere por unos vecinos que la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, se encontraba en hotel los bordones y se encontraba en campaña electoral, la cual se presentaba como funcionario del Ministerio de las COMUNAS, que la dirigía Erika Farias actual gobernadora del Estado Cojedes, allí converse con ella, me dio su teléfono para que la contactara que nos iba a conseguir esos vehículos, al grupo que era de cantarrana, luego hable con ella por teléfono y me escribió mediante mensaje el monto que tenia que depositarle para una camioneta NISSAN, me mando el numero de cuenta, el nombre del banco donde debía depositar, el nombre completo de ella y su número de cédula, el dìa 22 -05-2012, le deposite VEINTIDÓS (sic) MIL BOLIVARES (sic) (Bs. 22.000,00) y NUEVE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (sic) (9.200,00Bs.), como pago de inicial del seguro, durante este tiempo me estuvo engañando diciéndonos que la entrega se iba a realizar, primero en Cumaná, luego en Puerto la Cruz, Caracas y Maracay, dejándonos los bolsos preparados para viajar a los diferentes sitios para la entrega, que nos iba a mandar autobuses para trasladarnos desde Cumaná hasta la ciudad donde se iba a realizar la entrega, a pesar del engaño siempre venia a Cumana (sic), nos reuníamos en el Parque Guaiqueri, y siempre con las mismas mentiras, que se le entrega todavía por la enfermedad del Presidente, luego la muerte, después las campañas electorales, después las elecciones, en la ultima reunión que sostuvimos con ella en el Parque Guaiqueri, nos dijo que el dinero se lo dio a Erika Farias, que ella estaba esperando un crédito adicional para entregarnos el dinero a nosotros (folio 222); 40.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 10/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana LORENA GABRIELA CORDOVA (sic) GUILLEN, quien manifestó: “Bueno a mi me hablo WENDY SILVA; de la posibilidad de tener un vehiculo (sic) a través de una señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ, que hablaba en nombre de ERIKA FARIAS; fuimos un dìa al hotel Barceló Nueva Toledo, hablo con nosotros y nos dijo que había posibilidad de los vehículos, inclusive me dijo que por mi discapacidad el monto a cancelar por mi persona era menor a los de las demás personas, de ello me dijo que los carros estaban listos para la entrega y si hubiera mas tiempo lo habrían adaptado para ser manejado para una persona con discapacidad como yo, acordamos que máximo en dos semanas se iba a realizar la entrega del vehiculo (sic), luego así nos estuvo mintiendo, nos daba fecha, lugares, siempre excusándose por cualquier cosa, me hablo incluso de que preparara un sobre con copias de mis documentos (cedula de identidad, carnet de discapacidad, informe medico (sic) y copia del bouche de deposito.), me indico que el deposito que iba hacer era de DIEZ MIL BOLIVARES (sic) (Bs.10.000,00) por un carro Chery Orinoco, al principio desconfié un poco de que fuera a la cuenta personal de MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, pero confié en su buena fè y creí que era una buena persona que de verdad quería ayudarnos, además se presentaba como funcionaria publica (sic), muy allegada a Erika Farias, actual gobernadora del Estado Cojedes(folio 226); 41.OFICIO N° GGN° 255-14, de fecha 10-06-2014, emanado del Hotel VENETUR -Cumaná, donde se evidencia los registros de hospedaje de la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V. 15.629.940. (folios 229 al folio 237); 42.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano YORKIS JOSE (sic) CASTAÑEDA PRADA, quien manifestó: “ Bueno yo me entere por medio de la Señora Viannellys Oyoque, ella también es victima (sic), donde me informo sobre la propuesta de los vehículos que estaba otorgando el gobierno, me intereso la oferta y ella me dio el numero de cuenta de la señora Maria (sic) Ortiz, su numero (sic) de teléfono personal, su correo electrónico, a los fines de estar en contacto con la señora Maria (sic) Ortiz, en varias oportunidades estuvimos conversaciones a través de los mensajes de textos, además realice un deposito a la cuenta de la señora Maria (sic) Ortiz Nº 0175-0226-3800-7142-4450, por un monto de Bolívares TRECE MIL (Bs.13.000,00), en el Banco Bicentenario el dìa 20.05.2013, sucursal Cumaná Plaza- Cumana (sic)- Estado Sucre, luego de un tiempo, viendo tantas mentiras, yo le escribí mediante mensajes de textos y correo electrónico que me devolviera mi dinero, ella me contesto que le mandara mis datos de la cuenta de ahorro a su correo, yo se lo envié, luego me responde. Yo recibí su correo, en fecha 23.10.2013, esa fue la ultima comunicación que estuve yo con la señora Maria (sic) Ortiz, luego quede en contacto con la señora Viannelly López, para estar al tanto de las reuniones que se realizaban en el Parque Guaiqueri, desde allí fue que me dijo que viniera a la fiscalia (sic) a colocar la denuncia por se había enterado que la señora Maria (sic) tenia otras denuncias más y estaba presa”. (folio 239); 43.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana JOHANNA DEL JESUS (sic) CASTRO DE ARREDONDO, quien manifestó: “ Bueno yo contacto a la ciudadana Maria (sic) Ortiz, el dìa 06-05-2012, a través de un primo quien también es victima (sic) de esta estafa, el es quien me hace referencia de adquirir un carro a través de esa señora, me entusiasme le pedí el numero (sic) telefónico de ella, la llame ella me informo que era indispensable ser funcionario del gobierno, yo le informe que trabaja en la Alcaldía del Municipio Sucre, inmediatamente me dice como era el tramite (sic) para adquirir el vehiculo (sic), me dio su correo para que le enviara mi cedula de identidad y RIF., aparte me dio su numero (sic) de cuenta personal para que le depositara la cantidad de VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic), el cual lo deposite en el Banco Bicentenario sucursal Avda. Santa Rosa, Nro. De Cuenta 01750226380071424450, a su nombre Ortiz Tovar Maria (sic), para optar por una camioneta Marca CHERY-TIGO, cumpliendo con lo solicitado por ella, ofreciendo el vehiculo en una fecha tentativa de quince días, puesto que esa entrega ya estaba programada, esos quince días se transformaron en dos años y un mes esperándola que nos entregara el vehiculo (sic), yo siempre sentía dudas pero viendo la insistencia en venir y dar la cara hizo que confiara más en ella, nos reunimos en varias oportunidades en los hoteles VENETUR, BARCELO (sic) NUEVA TOLEDO, EN LOS BORDONES Y EN EL PARQUE GUAIQUERI, en todas las ocasiones nos informaba que en los próximas días nos llamarían para la entrega de los vehículos, primero en Caracas, luego en Valencia, después en Anzoátegui, y lo ultimo que nos dijo que estaba buscando un sitio grande para guardar los carros por que el gobernador haría la entrega, así fueron todas las visitas de ella, pero en la ultima celebrada en el parque Guaiqueri nos dijo “que ella no dormía, que ella estaba cansada de todo esto por que la llamaban a cada rato, que formáramos una comisión para ir a Cojedes y hablar directamente con Erika Farias quien ya era gobernadora de ese Estado para que ella nos respondiera por los vehículos, por que me dieron la espalda, la política es muy cochina, no hay problema yo los acompaño hasta donde Erika esté.”, lamentablemente esa comisión no se dio, ya que más nunca nos respondió las llamadas, ni mensajes, motivo por el cual una de las victimas (sic) se decidió a investigar y es cuando nos decidimos a denunciarla”. (folios 241-242); 44.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano WILMER RAFAEL ARREDONDO GARCIA (sic), quien manifestó: “ Bueno eso fue una amiga de la esposa de mi primo Jesús Rondòn, quien también es victima (sic) de la estafa, ella le comento que tenia una amiga en el gobierno y había la posibilidad de adquirir esos carros, yo me entusiasme, busque el dinero y lo deposite a la cuenta personal de la ciudadana Maria (sic) Ortiz, el dìa 30.05.2012, en el Banco Bicentenario sucursal Cumaná Plaza, bueno luego de hacerle el deposito siempre nos reuníamos con ella en los hoteles. VENETUR, BARCELO Y LOS BORDONES, EN EL PARQUE GUAIQUERI, y en todas las reuniones nos daba fecha tentativa de la entrega de los carros, en una oportunidad para que nos quedáramos tranquilo nos iba a enviar las carpetas con los documentos de los carros, en dos o tres oportunidades hable por teléfono con ella y me dijo que me quedara tranquilo que los carros si se iban a entregar y que Erika Farias estaba moviendo todo eso referente a la entrega de los carros, era Erika en ese momento Ministro del Poder Popular para las Comunas., en el transcurrir del tiempo y viendo que nos se entregaban los carros la llamamos a una reunión, esa fue la reunían del parque Guaiqueri, en esa reunían nos dijo que movilizáramos a las personas que querían el dinero que Erika estaba solicitando un crédito adicional para pagarle a las personas el deposito realizados para la inicial de los vehículos, de allá no supimos más nada de ella hasta que nos enteramos que supuestamente estaba presa, en todas las reuniones siempre nombra a la ciudadana Erika Farias, en la ultima reunión nos dijo que el dinero fue disponible para la campaña del presidente Chávez(folios 245-246); 45.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano FRANCISCO JOSE (sic) ACOSTA GARCIA (sic), quien manifestó: “ Conocí de ofertas de vehiculo por un sobrino llamado Douglas Cedeño Acosta, quien también es victima (sic) de esta estafa, me dijo tío esta interesado en un carro chino, le dije que si, por que una amiga de él, habían sacado a una persona y quedaba un cupo disponible, el cual ese cupo me lo iban a dar a mi, una vez que me dieron el cupo tuvo que depositar TRECE MIL BOLIVARES (sic), en el Banco Bicentenario en la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, Nro. 0175.0226.3800.7142.4450, de fecha 30-04-2013, luego asistí a varias reuniones con la señora Maria (sic) Ortiz, nos citaba en el Parque Guaiqueri y todo lo que nos decía que tuviéramos paciencia que eso se iba a dar, que ella daba la cara, que eso iba, yo la llamaba, le enviaba mensajes a través de los teléfonos 0426.2402877-0416.5725929, hasta que llego un momento que esos teléfonos no respondieron más, después la señora Wendy quien también es victima (sic), realizo una reunión con todas las personas afectadas informándole que teníamos que venir a fiscalia (sic) a denunciarla e ir a caracas un grupo de personas para plantear la problemática. (folio249); 46- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana JOHANNA JOSE (sic) PEREIRA SÁNCHEZ (sic), quien manifestó: “ Bueno yo contacto a la ciudadana Maria (sic) Ortiz, el dìa 06-05-2012, a través de un primo quien también es victima (sic) de esta estafa, el es quien me hace referencia de adquirir un carro a través de esa señora, me entusiasme le pedí el numero (sic) telefónico de ella, la llame ella me informo que era indispensable ser funcionario del gobierno, yo le informe que trabaja en la Alcaldía del Municipio Sucre, inmediatamente me dice como era el tramite para adquirir el vehiculo (sic), me dio su correo para que le enviara mi cedula de identidad y RIF., aparte me dio su numero (sic) de cuenta personal para que le depositara la cantidad de VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic), el cual lo deposite en el Banco Bicentenario sucursal Avda. Santa Rosa, Nro. De Cuenta 01750226380071424450, a su nombre Ortiz Tovar Maria (sic), para optar por una camioneta Marca CHERY-TIGO, cumpliendo con lo solicitado por ella, ofreciendo el vehiculo (sic) en una fecha tentativa de quince días, puesto que esa entrega ya estaba programada, esos quince días se transformaron en dos años y un mes esperándola que nos entregara el vehiculo (sic), yo siempre sentía dudas pero viendo la insistencia en venir y dar la cara hizo que confiara más en ella, nos reunimos en varias oportunidades en los hoteles VENETUR, BARCELO (sic) NUEVA TOLEDO, EN LOS BORDONES Y EN EL PARQUE GUAIQUERI, en todas las ocasiones nos informaba que en los próximas días nos llamarían para la entrega de los vehículos, primero en Caracas, luego en Valencia, después en Anzoátegui, y lo ultimo que nos dijo que estaba buscando un sitio grande para guardar los carros por que el gobernador haría la entrega, así fueron todas las visitas de ella, pero en la ultima celebrada en el parque Guaiqueri nos dijo “que ella no dormía, que ella estaba cansada de todo esto por que la llamaban a cada rato, que formáramos una comisión para ir a Cojedes y hablar directamente con Erika Farias quien ya era gobernadora de ese Estado para que ella nos respondiera por los vehículos, por que me dieron la espalda, la política es muy cochina, no hay problema yo los acompaño hasta donde Erika esté.”, lamentablemente esa comisión no se dio, ya que más nunca nos respondió las llamadas, ni mensajes, motivo por el cual una de las victimas (sic) se decidió a investigar y es cuando nos decidimos a denunciarla (folio- 251); 47.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE MAGO DE SILVA, quien manifestó: “ Bueno yo opte por un vehiculo (sic), por intermedio de mi hija quien también es victima (sic), ofreciéndonos vehículos a precios económicos y en forma de pago bastante accesible los cuales eran ofertados por el gobierno a través de la señora MARIA (sic) ORTIZ, quien nos dijo que era por medio de los Consejos Comunales, a pesar de mi desconfianza, ya que el dinero que había que depositar era en su cuenta personal, eso me extrañaba bastante, viendo así que las personas que venían en la cadena era de mucha confianza accedí a realizar el deposito por TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00), el 26-11-2012, Banco Bicentenario de Cumana (sic), comencé a dudar de la señora, para la entrega de los carros que tenían que ser en un acto político con el Presidente Hugo Chávez, después de su fallecimiento empezaron miles de excusas, como por ejemplo las mas fuertes, que se tardaría un poco más por que los iba a entregar el gobernador Luís Acuña, luego como eran tantos los pretextos una más fue que en vista de los problemas, iban a esperar que a la Gobernadora de Cojedes Erika Farias le aprobaran un crédito adicional, en ese momento ella quiso lavarse las manos y nos dijo que fuéramos a Cojedes, para entonces, un grupo fue y fueron mal atendidos por el secretario de Gobierno, una sola vez pude tener contacto con ella en una reunión que realizo en el Parque Guaiqueri, en esa reunión uno de los afectados la ofendió llamándola ladrona, estafadora y a esa persona ella le devolvió el dinero, igual a una hermana que también había optado por un carro ella le devolvió el dinero, a raíz de puro mensajes e insultos, yo le enviaba mensajes y nunca me contesto. (folio 253); 48.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana REINA JOSEFINA DELGADO DE GONZALEZ (sic), quien manifestó: “ Bueno fue a través de la señora Mercedes López, quien es mi comadre y también es victima (sic) de la estafa, ella me hablo de la oportunidad de adquirir un vehiculo (sic) a través de gobierno y de Erika Farias que era Ministra del Poder Popular para las Comunas, el dìa 23-06-2012- realice el deposito (sic) a nombre de Maria (sic) Ortiz en su cuenta personal del Banco Bicentenario sucursal Santa Rosa- Cumaná, viendo la premura de hacer el deposito (sic) ya que la semana siguiente se iba a realizar la entrega de los vehículos con el presidente Chávez, de allí en adelante se posponían las fechas de entregas, en una oportunidad dijo que los vehículos iban hacer entregado en un acto político para darle apoyo a la campaña del actual gobernador Luís Acuña, en vista de toda esta situación decido retirarme, ya que veía que no había esperanza de entregar los carros, me dijo que le enviara mi correo electrónico y el numero de cuenta para depositarme mi dinero que nunca lo reintegro, ya después perdimos contacto y nos agrupamos para realizar reuniones y denunciarla por el delito que estaba cometiendo la señora Maria (sic) Ortiz (folio 255); 49.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano ABRAHAM JOSE (sic) JULIO CARDOZO, quien manifestó: “ Bueno yo ingrese por medio de la señora Mercedes quien también es victima (sic) de la estafa y vecina de mi tía Auristela Cardozo, mi tía me informo sobre la adquisición de los vehículos y yo le manifesté mi entusiasmo en adquirir uno, luego le pedí los datos y ella por medio de la señora Mercedes me facilito el numero de cuenta y el banco a donde debía depositar a la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, deposite el dinero el dìa 07-11-12, bueno hasta el momento sigo esperando y que fuimos victima (sic) de una gran estafa(folio 257); 50.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana MARIOSKY JHEMNELIX ORDAZ MONTERO, quien manifestó: “ Bueno estábamos reunidos mi esposo y yo con unos primos y empezamos hablar de carros, salio la conversación, mi primo Yoifer González, quien es victima (sic) en esta estafa, nos comunico que el había dado una inicial o apartado un cupo para un vehiculo (sic) de Venezuela Productiva, la amiga que ayudo a mi amigo para el cupo es Wendy Silva que a su vez también es victima (sic), nos vimos interesado en esa oportunidad y le pedimos a mi primo que llamara a la señora Wendy para que le preguntara a su contacto si todavía había oportunidad para nosotros, Wendy le hizo una llamada a la señora Maria (sic) Ortiz, ella le informo que si había oportunidad, de igual manera nos informo a través de Wendy que debíamos depositar dependiendo del modelo del vehiculo (sic), en mi caso hice un deposito por VEINTIDÓS (sic) MIL BOLIVARES (sic) (22.000,00 Bs.) para optar por una camioneta Chery Tiggo, el deposito (sic) lo realice a nombre de la ciudadana Maria (sic) Ortiz en su cuenta personal del Banco Bicentenario, Wendy nos dio el numero (sic) de teléfono de la señora Maria (sic) Ortiz, y mi esposo se comunica con ella y ella le informaba que próximamente nos entregaría los vehículos, que había que organizarnos, que nos nos (sic) preocupáramos, que ella trabajaba con la Gobernadora Erika Farias, que ella era funcionario publico (sic), desde ese fecha nos estuvo engañando, posponiendo fecha de entrega de los vehículos, que nos fuéramos a Caracas en varias oportunidades dejándonos con las maletas en el Terminal, por que luego desconectaba el teléfono, ella vino a una reunión donde asistió mi esposo en el Parque Guaiqueri, ella vino acompañada de otra persona identificándose como funcionario publico (sic), llegando un momento que perdimos contacto con ella, ni mensajes, ni llamadas, yo le envié el deposito (sic) que le hice a través de su correo electrónico mariale.socialista@hotmail.com, en varias oportunidades nos reunimos con el grupo de Cumana (sic), y coincidíamos en lo mismo, que nos estaba estafando, ya eran muchas mentiras, la postergación de fechas y llego el momento en que nos dimos cuenta que era una estafa, decidimos poner la denuncia en su contra(folio 259); 51.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano GABRIEL CARRIZALES MARQUEZ (sic) , quien manifestó: “ Estaba en mi casa compartiendo con un primo de nombre Joifer Gonzalez (sic), me hizo el comentario que había dado el dinero a una amiga para el cupo de un vehiculo (sic) de gobierno, yo le pregunte que si había una oportunidad, el llamo a su amiga, al que el había contado para obtener el cupo del vehiculo (sic), esa amiga llamo a la señora MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, y le pregunto si había oportunidad para otro cupo que yo estaba interesado, la ciudadana Maria (sic) Ortiz, le responde que si, que tenia que hacer el deposito (sic) lo más antes posible ya que los vehículos, se iban entregar la semana siguiente, el deposito (sic) lo realice el 25.02.13., en el Banco Bicentenario en la agencia que se encuentra en Centro Comercial Cumana Plaza. Cumaná., por la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.34.000,00), viendo que pasaban las semanas, pasaba el tiempo, conversaba con ella a través de su teléfono en varias oportunidades, ella me respondía que ella si los iba a entregar, en varias oportunidades varias personas victimas (sic) del caso, ella los llamaba diciéndoles que en dos días estuvieran en caracas a los fines de entregarle los vehículos y en hora siguientes llamaba diciendo que el acto era suspendido, ella una vez vino a Cumana (sic), nos reunimos en el Parque Guaiqueri, todo fue un cuento, váyanse el dìa siguiente al Estado Cojedes para reunirnos con la Gobernadora Erika Farias que ella era la encargada de conseguirnos los vehículos, hasta la fecha seguimos en esperaEstaba (sic) en mi casa compartiendo con un primo de nombre Joifer Gonzalez(sic), me hizo el comentario que había dado el dinero a una amiga para el cupo de un vehiculo (sic) de gobierno, yo le pregunte que si había una oportunidad, el llamo a su amiga, al que el había contado para obtener el cupo del vehiculo (sic), esa amiga llamo a la señora MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, y le pregunto si había oportunidad para otro cupo que yo estaba interesado, la ciudadana Maria (sic) Ortiz, le responde que si, que tenia que hacer el deposito (sic) lo más antes posible ya que los vehículos, se iban entregar la semana siguiente, el deposito lo realice el 25.02.13., en el Banco Bicentenario en la agencia que se encuentra en Centro Comercial Cumana Plaza. Cumaná., por la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.34.000,00), viendo que pasaban las semanas, pasaba el tiempo, conversaba con ella a través de su teléfono en varias oportunidades, ella me respondía que ella si los iba a entregar, en varias oportunidades varias personas victimas (sic) del caso, ella los llamaba diciéndoles que en dos días estuvieran en caracas a los fines de entregarle los vehículos y en hora siguientes llamaba diciendo que el acto era suspendido, ella una vez vino a Cumana (sic), nos reunimos en el Parque Guaiqueri, todo fue un cuento, váyanse el dìa siguiente al Estado Cojedes para reunirnos con la Gobernadora Erika Farias que ella era la encargada de conseguirnos los vehículos, hasta la fecha seguimos en espera(folio 261); 52.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano DOUGLAS ROSENDO CEDEÑO ACOSTA, quien manifestó: “ Bueno por medio de un compañero, me entere de la información de los carros, cuanto era la inicial la inicial variaba de acuerdo al modelo del vehiculo (sic), mi inicial fue de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00) por un vehiculo (sic) modelo Orinoco, el cual este dinero fue depositado a la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, en el Banco Bicentenario, oficina Cumana Plaza, Cumaná, en enero del 2013, después de realizar el deposito le envié un correo confirmándole que ya le había hecho el deposito (sic), con copia de la cedula en digital para agilizar los tramites, nosotros nos reunimos con ella en dos ocasiones una donde nunca llego, que fue cuando se decidió a hacer la denuncia como tal y la otra que fue en el Parque Guaiqueri, que si vino por que se había enterado de la denuncia, nos informo que la señora Erika Farias iba a solicitar un crédito especial para la cancelación de las personas que iban a salir de la lista, los demás tenían que esperar el tiempo que fuera necesario para adquirir el vehiculo (sic), después de allí ella nos estuvo manguariando, dándonos falsas fechas para viajar, siendo yo uno de los organizadores de la logísticas, en uno de los mensajes que ella envió, “dice se planifico la entrega de los vehículos en Maracay para el dìa 01-09-2013”, hasta el sol de hoy tengo conocimiento que esta privada de libertad, de igual manera tengo conocimiento que ella quiere llegar a un acuerdo con las victimas (sic) para la cancelación del dinero(folio 263); 53.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano YONIS RAFAEL ARREDONDO GARCIA (sic), quien manifestó: “ Bueno por medio de mi esposa NORELYS GARCIA (sic) DE ARREDONDO, me dijo para adquirir un vehiculo (sic) del gobierno, del cual me gusto lo propuesta y le dije que si, ella me manifiesta que tengo que darle la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (sic) (12.000,00 Bs.), el cual ella deposito (sic) en el Banco Bicentenario oficina Cumana (sic) –Plaza. Cumana (sic), en fecha 31-07-2012, en la cuenta personal de la señora Maria (sic) Alejandra Ortiz Tovar, en vista de que yo trabajo en la población del Municipio Ribero. Cariaco, le dije a mi esposa que asistiera a todas las reuniones y diligencias que tuviera que ver con la adquisición de este vehiculo (sic). Ella era la que asistía a todas las reuniones realizadas por la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, e incluso viajo hacia la ciudad de Caracas y estuvo en la Fiscalia (sic) General, Asamblea Nacional y Vicepresidencia de la Republica (sic), en diligencias relacionada con este caso (folio 265); 54.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana NORELYS MARIA (sic) GARCIA (sic) DE ARREDONDO, quien manifestó: “ En fecha 25-07-2012, me entere de que había la posibilidad de adquirir un vehiculo (sic) del gobierno, por medio de los vecinos, le dije a mi esposo de nombre Yonis Arredondo, a el le gusto la idea de tener un vehiculo (sic), también le dije que el deposito (sic) para obtener el cupo era de DOCE MIL BOLIVARES (Bs.12.000,00), el me dijo que no había problema, yo asistí a la reunión y allí me dieron el numero (sic) de cuenta de la señora Maria (sic) Ortiz y el nombre del Banco donde debería depositar, luego mi esposo me dio el dinero y lo deposite en fecha 31.07.2012, en el Banco Bicentenario oficina Cumaná Plaza, Cumaná, a nombre de la señora Maria (sic) Ortiz, luego de eso ella vino en varias reuniones en el parque guaiqueri, viendo que transcurría el tiempo y no daba respuesta del dinero ni de carro, en la ultima reunión ella manifestó que el dinero depositado por las personas que optaron para adquirir el vehiculo fue destinado para la campaña electoral y que la señora Erika Farias iba a pedir un crédito adicional para la entrega de los carros, luego de tanto engancho (sic) y mentiras por parte de la señora Maria (sic) Ortiz, decidimos poner la denuncia, hasta la fecha no nos hemos comunicado con ella y fuimos a Caracas hasta Fiscalia (sic) General, Asamblea Nacional y Vicepresidencia de la Republica (sic) para que conocieran del caso en vista de que estaba implicada una funcionaria del gobierno y por la cantidad de personas estafadas por ella(folio 268); 55.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana SARAY CECILIA JIMÉNEZ (sic) GARCIA (sic), quien manifestó: “ Que a principio del año 2012, no recuerdo exactamente la fecha mi prima de nombre LISBETH GARCIA (sic), quien es victima (sic) también en esta causa, me informo que por medio de la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR Y ERIKA FARIAS, se iban a contactar unos vehículos a precios solidarios por el gobierno, el cual me interese por la propuesta y depositar la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (sic) (sic) (Bs.12.000,00), en el Banco Bicentenario- Cumaná, en el 2012, no recuerdo la fecha exacta, una vez que deposite, nunca fui a las reuniones ya que me informaba mi prima de todo que se hacia en las reuniones, solo una vez en diciembre del año 2012, que fui a Caracas en compañía de otras personas que iban a la entrega de los carros, allá en caracas mi prima Lisbeth hablo por teléfono con MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR , y ella le informo que la entrega la había suspendido, de allí yo tuve información por que mi prima me la bajaba, que si había reuniones en el Parque Guaiqueri y así, decirte que nunca fui a una reunión, ni la vi ni la conocí. (folio 270); 56.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano LISBETH MARIA (sic) GARCIA, quien manifestó: “ Bueno yo me entere de esa promoción de vehículos por medio de mi hermana Norelys García y mis vecinas, eso fue aproximadamente hace como dos años, luego la señora Maria (sic) Alejandra Ortiz Tovar vino a Cumaná, y me fui con mi hermana para esa reunión que ella tenia (sic) y hable directamente con Maria (sic) Ortiz, ella me dio su numero (sic) de teléfono que la llamara posteriormente para ver que me podía ofrecer, yo hable con ella me dijo que había la posibilidad de una camioneta Chery Tigo, de color rojo, yo le dije que si, me dio su número de cuenta personal el cual deposite en el Banco Bicentenario- oficina Cumaná Plaza- Cumaná, la cantidad de VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic) (Bs.21.000,00), no recuerdo exactamente la fecha del deposito (sic), pero fue año 2012, luego que le informe la señora Maria (sic) Ortiz, que había realizado el deposito (sic) me dijo que esperara que ella llamaba para asistir a una reunión a los fines de finiquitar la entrega, había que esperar un poquito por esos papeles habían que enviarlos al CETRA, posteriormente elaborar las carpetas con sus respectivos documentos ya que estas iban a ser entregadas a los personas que solicitaron dichos vehículos, en vista de transcurrir el tiempo, ella dio muchas fechas de entregas, que si en Valencia, Caracas, Maracay, en Anzoátegui a través del Gobernador Tarek Williams Saab y aquí en Cumana (sic) el Gobernador Enrique Maestre, yo asistí a varias reuniones en los Hoteles Venetur, Barcelo, Bordones y las ultimas se realizaron en el Parque Guaiqueri, allí dijo la señora Maria (sic) Ortiz, que ese dinero se había utilizado para la ultima campaña del Presidente Chávez y Erika Farias estaba pidiendo un crédito adicional para devolver a cada quien su dinero, hubo personas que le dijeron que en vista del tiempo, iban a elaborar un documento donde un grupo de personas afectadas se trasladarían a Cojedes a conversar con Erika Farias, la señora Maria (sic) Ortiz dijo que no había problema y ella los acompañaba, asimismo, ella siempre venia a Cumaná, con una chemise identificada como Licenciada Maria (sic) Ortiz, de hecho una vez que el presidente vino a Cumaná en una Campaña Electoral por la Avda. Panamericana, ella iba montada en un camión con Erika Farias, yo las veces que la llame me atendía y las veces que programábamos las reuniones ella venia siempre daba la cara, la ultima vez que vino, yo le pregunte que había pasado, ella me respondió que le habían dado la espalda y que la política era lo peor que puede existir e incluso iba a devolverle el dinero y con un poquito más por el tiempo, que eso era una indemnización igual que ella nos había ofrecido nos iban exonerar dos meses de seguro por el tiempo que tuvimos esperando, de hecho devolvió dinero algunas personas afectadas, de allí lo que supimos fue que estaba detenida, de allí empezamos a reunirnos en grupos para así realizar todos estos tramites que estamos haciendo (folios 272-273); 57.-OFICIO N° 01342/14, de fecha 04-06-2014, emanado de la oficina de talento humano de la Gobernación del Estado Cojedes, donde manifiesta que la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V. 15.629.940, no pertenece a ningún ente centralizado o descentralizado de la Gobernación del Estado Cojedes. (275); 58.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano RODNEY JOSE (sic) GONZALEZ(sic) DELGADO, quien manifestó: “ Yo conocí a señora Maria (sic) Ortiz Tovar por medio de la señora Mercedes Zerpa quien es victima (sic) en esta causa, ella era la que tenia contacto directo con la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ, ella nos ofreció a nosotros, digo nosotros por que para ese dìa fuimos varias personas a conversar con la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, en el Hotel VENETUR, nos dio unas informaciones con respecto a los vehículos del gobierno, donde había que dar una inicial y por la rapidez que era el proceso había que depositarle en su cuenta personal a mi me toco depositar la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00), y que le pasara un correo con el bouche del deposito a su correo electrónico mariale.socialista@hotmail.com, nos dio sus números de teléfonos para contactos directos con ella 0426.2402877-0412-4748848-0416-5725929, el contacto, lo perdimos con ella hace cuatro meses, yo le escribía mensajes y no me respondía, asistí aproximadamente como a seis o siete reuniones con ella en diferentes sitios entre ellos Hotel Nueva Toledo, Parque Guaiqueri allí fueron dos veces, en una reunión que estuve en el Parque Guaiqueri nos menciono que teníamos que ir a la ciudad de Cojedes para resolver lo de los vehículos y entregando la evidencia de lo que habíamos gastados en los vehículos, a la gobernación del Estado Cojedes, directamente con la Gobernadora Erika Farias, ella nos decía que era educadora, que trabajaba en el Ministerio del Poder Popular para las Comunas.(folio 276); 59.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano YOHIFER EMILIO GONZALEZ (sic) SOTO, quien manifestó: “ Bueno por medio de mis compadres quienes también son victimas (sic) en esta causa, los señores Wendy Silva y el Rodney González, ellos me dijeron sobre la oferta de unos carros del gobierno, que esta ofreciendo la señora Maria (sic) Ortiz, a mi me gusto la oferta, aunque estoy claro que el deposito (sic) se estaba haciendo a nombre de una persona natural y no de una Institución del Gobierno o del Estado que era de donde provenían los vehículos (carros chinos financiados por el Estado), yo deposite el dìa 25.02.2013, la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00), en el Banco Bicentenario sucursal Avda. Santa Rosa Cumaná, yo hasta ese momento no la conocía, ni personalmente, ni telefónicamente había hablado con ella, hasta un dìa que se convoco una reunión en el Parque Guaiqueri en la cual ella expreso que las personas que estaban interesadas en devolverle el dinero, le podían enviar sus datos a un correo que ella dio, pero yo no lo tengo, y que las personas que querían esperar por la entrega de los vehículos tuvieran un poquito de paciencia, que ella había conversado con la señora Erika Farias Gobernadora del Estado Cojedes, que ella estaba haciendo las gestiones para entregar los vehículos y esperando un crédito adicional para entregarle el dinero a las personas que estaban pidiendo el reintegro de su dinero; varias personas le preguntaron si de verdad eso se iba dar, si valía la pena esperar, ella dijo que si, que estuvieran paciencia que ella dentro de poco iba a llamar para decir donde se iba a realizar la entrega de los correos, en que ciudad por supuestamente habían varios puestos de entregas entre ellos Puerto Cabello, Fuerte Tiuna, en Sucre en un acto político con el gobierno de calle (folio 278 al folio 279); 60.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano DOUGLAS RAMON (sic) GARCIA (sic), quien manifestó: “Tuve contacto con la señora Maria (sic) Ortiz a través de un sobrino JESUS (sic) DAVID RONDON (sic), quien es victima (sic) también en la causa, me hablo de la oferta de unos vehículos del gobierno, me gusto la oferta, ya que vi a la señora con guardaespaldas, supuestamente tenían bastante vinculo (sic) por ese tiempo con la Ministro de las Comunas que para ese entonces ERIKA FARIAS, actualmente Gobernadora del Estado Cojedes, viendo que tenia bastante conexión con funcionarios del gobierno decidí depositar la cantidad de VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic) (21.000,00Bs), en su cuenta personal del Banco Bicentenario oficina de la Avda. Santa Rosa, en el año 2012, no recuerdo exactamente la fecha del deposito, asistí a varias reuniones donde ella se hospedaba en los Hoteles Los Bordones, Venetur y en el parque Guaiqueri, lo ultimo (sic) que nos dijo fue que no había hecho la entrega de los vehículos, por que la candidata para ese momento a la Gobernación del Estado Cojedes Erika Farias tomo los recursos para la campaña.(folio 280 al folio 281); 61.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 20/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana JOIRIS JAQUELINE JARAMILLO PEREZ (sic), quien manifestó:“ Bueno a través de una amiga la señora ANA CAMPOS, también es victima (sic) en la causa, ella me comento que había la posibilidad de adquirir unos carros del gobierno a bajo costo y que la persona tenia que estar inscrita en el PSUV y ser Chavista, es decir estar con el proceso, ella me dio el número telefónico de la señora Maria (sic) Ortiz y yo me comunique con ella, luego hable con MARIA (sic) ORTIZ, me dijo que era un proceso político, que tenia que tener un poquito de paciencia que eso era netamente político, que había oportunidad de adquirir los carros y me dio su numero (sic) de cuenta personal para que le depositara, para ese entonces el deposito (sic) era de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00) la inicial , más OCHO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.8.000,00), para un total de VEINTIUN MIL BOLIVARES (sic) (21.000,00), que fue el deposite que realice a nombre de mi mamá NORIS MARGARITA PEREZ (sic) , titular de la cédula de identidad Nº V. 4.514.329, a la cuenta de la señora Maria (sic) Ortiz, asimismo le hice un deposito a mi hermana YOICE JARAMILLO, por la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES (sic) para completar el monto de una camioneta marca Chery Tigo, ya que mi hermana había depositado la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (BS.13.000,00), también le hice el deposito a mi hermano HECTOR FLORES, titular de la cedula de identidad Nº 13.057.840, por la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.12.000,00), luego la señora Maria (sic) Ortiz, convoco a una reunión y esa reunión se hizo en mi casa, allí ella nos explico los tramites para la entrega de los carros y entrega de los documentos del seguro, también nos dio fecha para el primero de mayo de 2012 y luego fue posponiendo las fechas que hasta el mismo presidente Chávez iba hacer la entrega de los carros, cuando la tragedia de Cumanacoa, ella dijo que la entrega se había suspendido par la tragedia, luego así sucesivamente, yo la llamaba para preguntarle que pasaba con la entrega de los vehículos, e incluso me llego a decir que los carros los habían traído a Puerto La Cruz, y así prácticamente me estaba engañando, ella quedo en entregar el dinero por que la plata que supuestamente recogió era para la campaña del presidente, ella también andaba mucho con la Gobernadora Erika Farias, la mencionaba mucho, e incluso yo la vi con ella en una camioneta y andaban con el presidente. (folio 282 al folio 283); 62.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano JESUS (sic) DAVID RONDON (sic) GARCIA (sic), quien manifestó: “Me entere de la adquisición de los vehículos por medio de la señora Ana Campos, el cual me interese en la oferta y le pedí el numero de teléfono de la señora Maria (sic) Ortiz, yo la llame le pregunte que carro había disponible, ella me dijo que había disponibilidad de distintos vehículos chinos y Toyota FORTUNER, yo le dije que me anotara en una Toyota FORTUNER, que la inicial eran CUARENTA MIL BOLIVARES (sic) (40.000,00) Y EL COSTO TOTAL ERAN DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (sic), (Bs.200.000,00), también hice el deposito (sic) de TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.34.000,00) el cual era para la inicial para un vehiculo (sic) NISSAN FRONTIER, el costo total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000,00), además le di TREINTA MIL BOLIVARES (sic) (BS. 30.000,00), en efectivo, para que una persona amiga de la señora Maria (sic) Ortiz, encargada de la parte de los créditos me realizara un proyecto sobre telecomunicaciones, pero para la adquisición de los vehículos deposite la cantidad de CIENTO VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic) (121.000,00), los cuales deposite en fecha 31-05-12-, 17-07-2012, 28-08-2012, 29-08-2012, en el Banco Bicentenario – sucursal Cumanagoto y Cumana (sic) Plaza- Cumana (sic), los CUARENTA MIL BOLIVARES (sic), (40.000,00), fueron hechos a través de transferencia de Banesco- online, en año 2012, todo eso lo hice a la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, ella, venia mucho a Cumaná, por lo menos daba la cara, respondía los mensajes, llamaba a las personas, e incluso a todas las personas que le pidieron la devolución del dinero ella se los devolvió, en la ultima reunión que ella vino e hizo, dijo que el dinero que habíamos dado, fue dispuesto para la campaña electoral por orden de la Gobernadora Erika Farias. (folio 288 al folio 291); 63.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano JUAN MANUEL RODRÍGUEZ (sic) DIAZ (sic), quien manifestó: “Me entere de la adquisición de los vehículos por medio de la señora Ana Campos, el cual me interese en la oferta y le pedí el numero de teléfono de la señora Maria (sic) Ortiz, yo la llame le pregunte que carro había disponible, ella me dijo que había disponibilidad de distintos vehículos chinos y Toyota FORTUNER, yo le dije que me anotara en una Toyota FORTUNER, que la inicial eran CUARENTA MIL BOLIVARES (sic) (40.000,00) Y EL COSTO TOTAL ERAN DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (sic), (Bs.200.000,00), también hice el deposito (sic) de TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.34.000,00) el cual era para la inicial para un vehiculo NISSAN FRONTIER, el costo total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (sic) (Bs.180.000,00), además le di TREINTA MIL BOLIVARES (sic) (BS. 30.000,00), en efectivo, para que una persona amiga de la señora Maria (sic) Ortiz, encargada de la parte de los créditos me realizara un proyecto sobre telecomunicaciones, pero para la adquisición de los vehículos deposite la cantidad de CIENTO VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic) (121.000,00), los cuales deposite en fecha 31-05-12-, 17-07-2012, 28-08-2012, 29-08-2012, en el Banco Bicentenario – sucursal Cumanagoto y Cumana (sic) Plaza- Cumana (sic), los CUARENTA MIL BOLIVARES (sic), (40.000,00), fueron hechos a través de transferencia de Banesco- online, en año 2012, todo eso lo hice a la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, ella, venia mucho a Cumaná, por lo menos daba la cara, respondía los mensajes, llamaba a las personas, e incluso a todas las personas que le pidieron la devolución del dinero ella se los devolvió, en la ultima reunión que ella vino e hizo, dijo que el dinero que habíamos dado, fue dispuesto para la campaña electoral por orden de la Gobernadora Erika Farias. ( folio 292 al 293 ); 64.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano DANIEL JOSE (sic) ASTUDILLO GUILIANI, quien manifestó:“ Me entere por medio de mi colega Wendy Silva, quien es victima (sic) también en este caso, ella cuando me informa sobre la adquisición de carros del gobierno, nos reunimos con la señora MARIA (sic) ORTIZ, en el Hotel Nueva Toledo, la señor Maria (sic) Ortiz, me dice que si había oportunidad para la entrega de los vehículos, ya que la entrega estaba pauta para un lapso de dos semanas, me solicito que depositara en el Banco Bicentenario a una cuenta a su nombre la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (sic), el cual los deposite a finales del mes de Noviembre del 2012, en el Banco Bicentenario y luego que le enviara copia del deposito (sic) por correo electrónico, en varias ocasiones nos reunimos con ella, por que la entrega de los vehículos no se había realizados, notificándonos ella que la gobernadora del Estado Cojedes iba a solicitar un crédito adicional a los fines de cancelar a las personas que habían depositados para la adquisición de los vehículos, yo en varias oportunidades le envié mensajes a los fines de preguntarle el por que de la demora de la entrega de los vehículos, en unos de los mensajes enviados, de fecha 13-08-2013, ella me responde el 15-08-13, “Hola buen dìa se esta cuadrando para un domingo posiblemente el 1 de Septiembre de 2013 ” , de allí no tuve más contacto con ella. (Folio 294 al folio 295); 65.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana SULMA ANGELICA (sic) GALANTON DE ALMANDOZ, quien manifestó: “Por medio de la señora MARIA (sic) GARCIA, me informo que su hijo JESUS (sic) DAVID RONDON (sic), quien es victima (sic) en la causa, tenia la facilidad de que yo adquiriera un vehículo a través de la señora Maria (sic) Ortiz, el me dijo que la primera parte eran CINCO MIL BOLIVARES (sic) (5.000,00) y la otra parte eran SIETE MIL BOLÍVARES (Bs.7.000,00), el cual el me hizo el primer deposito (sic) de cinco mil bolívares (5.000,00) y cuando yo regrese de Colombia deposite los otros Siete Mil Bolívares ((Bs.7.000,00), para un total de doce mil Bolívares (Bs.12.000,00), que deposite en el Banco Bicentenario sucursal Avda. Santa Rosa. Cumana (sic), en la Cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, en fecha 07-09.-2012, yo estuve en varias reuniones con ella el cual nos ofrecía varias cosas, que eso era para el seguro, que iba a realizar las carpetas, que la entrega nos la iba hacer el gobernador de Sucre, luego nos dijo que no iba hacer aquí que iba hacer la entrega por el Estado Anzoátegui, una vez nos informo que teníamos que ir al despacho de la Gobernadora Erika Farias, para corroborar que ella no estaba mintiendo, que habían solicitado un crédito adicional para la cancelación del dinero a las personas que habíamos depositados. (folio 296 al 297); 66.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano JOSE (sic) GREGORIO PARRA MARCANO, quien manifestó: “ Bueno en año 2012, a mediados del mes de Abril, me entere por medio de mi amiga Mercedes López, que ella estaba en un plan de créditos de vehículos otorgados por el gobierno nacional, entonces me dijo que había la oportunidad de adquirir un vehiculo (sic) y habían dos cupos unos de Trece mil Bolívares (Bs.13.000,00) para un vehículo Chery Orinoco, y el de Veinticuatro Mil Bolívares (Bs.24.000,00), para una camioneta Chery Tigo, esa información se la hizo llegar Maria (sic) Ortiz a la señora Mercedes López, luego ella me la trasmitió a mi, yo viendo la posibilidad y facilidad le hice un deposito (sic) por la cantidad de Trece Mil Trescientos Bolívares (Bs. 13.300,00), a la señora Maria (sic) Ortiz, en su cuenta personal en el Banco Bicentenario, a mediados de Abril 2012, luego de haber realizado el deposito (sic) llame a la señora Maria (sic) Ortiz, informándole que había depositado la cantidad de Trece Mil Trescientos Bolívares (Bs. 13.300,00), en ese mismo mes, la señora Maria (sic) Ortiz, nos informo de una reunión a varios de los depositantes en el Hotel VENETUR- Cumana (sic), para informar sobre la entrega de los carros, luego fui a una reunión el Hotel Los Bordones y a otra en el Hotel Nueva Toledo, en todas las reuniones siempre ella sacaba una excusa, de el por que no se habían entregados los vehículos, siempre decía que era por la enfermedad del Presidente Chávez. (folio 298 al 299); 67.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 01/07/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano ALBERTO JOSE (sic) DE OLIVEIRA SÁNCHEZ, quien manifestó: “ Bueno, me entere por medio de una compañera de trabajo señora Maria (sic) Ramos Oyoque, ella me comenta que la a mamá VIANNELLYS OYOQUE quien es victima (sic) en la causa, la cual le estaban ofreciendo adquirir unos vehículos financiados por el gobiernos, pero de igual había que dar una inicial, en mi caso deposite la cantidad de VEINTIDÓS MIL BOLIVARES (sic) (Bs. 22.000,00), en el Banco Bicentenario sucursal Cumanagoto, Cumaná, el dìa 28-01-2013, a la cuenta personal de la señora MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, una vez realizado el deposito la entrega de los vehículos se realizaría en un mes aproximadamente, pero entre excusas y excusas nunca se dio la entrega de los vehículos, ella siempre postergaba la entrega, vía telefónica, en una ocasión si vino personalmente nos reunimos en el hotel Venetur, y nuevamente postergo la entrega de los vehículos, eso fue aproximadamente entre los meses de julio y agosto de 2013, luego de eso al mes siguiente como no vi nada de la entrega de los vehículos ni esperanza tampoco, empecé a escribirle para que me devolviera mi dinero, ella me respondió una sola vez el día 11.12.2013, me dijo “ buenas tardes, si ya tengo sus datos y espero efectivo para depositarles”, luego de allí no he tenido más comunicación con ella, sin embargo, el grupo de víctimas siempre nos reunimos y planteamos como vamos hacer con la finalidad de recuperar el dinero. (folio 300 al folio 301). Ahora bien, el Tribunal considera que con los hechos antes descritos, así como con los elementos que conforman el presente asunto se ponen de manifiesto los numerales 1 y 2 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, la existencia de un hecho punible que merezca pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentre evidentemente prescrita; así como se ha verificado que en actas surgen fundados elementos de convicción para estimar o presumir que la imputada MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR (antes identificada), haya sido autora o partícipe en la comisión del delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal, de igual manera el Ministerio Público ha solicitado como medida cautelar, la privación judicial preventiva de libertad en contra de la referida imputada, circunstancia ésta que conllevan a este Tribunal al análisis del numeral 3 del artículo 236 citado, el cual requiere para la procedencia de la medida de coerción solicitada la existencia de la presunción razonable, por la apreciación de las circunstancias del caso particular, de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto de un acto concreto de investigación lo cual se determina con el análisis de los artículos 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en el entendido que en el presente caso, sí existe el peligro de fuga de la imputada de autos, por la posible pena que podría llegarse a imponer en el caso, así como por la magnitud del daño causado por tratarse de un hecho que ha causado un perjuicio en detrimento económico de un numero elevado de víctimas, para obtener por parte de la imputada presuntamente, un beneficio económico, lo cual evidencia que existió un animus o dolo evidente por tratarse de un delito continuado, lo cual implico no solo en engaño, sino la reiteración de tales actos ejecutivos desarrollados en distintos momentos, distintos lugares, y con distintas personas, esta circunstancia, denota en la resolución criminal el dolo evidente en el actuar de quien ha ejecutado tal acción criminal, lo cual es valorado por este Tribunal como un hecho que reviste gran magnitud del daño causado, de igual manera, se estima en el presente asunto el peligro de obstaculización de la investigación, puesto que a criterio de este Juzgador existe la grave sospecha de que la imputada pueda influir para que testigos, expertos o expertas, informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente, o inducirán a otros u otras a realizar esos comportamientos, poniendo en peligro la investigación, la verdad de los hechos y la realización de la justicia; estando de este modo acreditado los requisitos de ley para estimar loa existencia del peligro de fuga y de obstaculización de la investigación conforme lo establecen los numerales 2 y 3 del artículo 237 y numeral 2 del artículo 238 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los numerales 1, 2 y 3 del artículo 236 Eiusdem, circunstancias éstas que hacen imposible sustituir la medida de Privación Judicial de libertad solicitada por el Ministerio Público, por una medida menos gravosa que garantice que los coimputados se mantengan apegados y presentes en el proceso, circunstancias éstas que pondrían en riesgo la finalidad del proceso, por ende, este Tribunal declara Sin Lugar la solicitud de la defensa privada en el sentido de acordar libertad Plena o la aplicación de una medida menos gravosa a su defendida y por el contrario acoge la solicitud fiscal y en consecuencia decreta la privación judicial preventiva de libertad en contra de la imputada MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR. Así se decide. Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica (sic) Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud fiscal y DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad de la imputada MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-15.629.940; fecha de nacimiento 24-10-1982, profesión u oficio Docente, nombres de sus padres María Tovar y Crisanto Ortiz, residenciada el la Avenida Constitución, casa N° 02-64, Estado Cojedes, por la presunta comisión del delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3; artículo 237, numerales 2 y 3, y artículo 238 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Se califica la flagrancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena que el presente proceso se ventile conforme a los trámites del procedimiento ordinario, en atención a la previsión contenida en el artículo 373 ejusdem. …”



CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Leído y analizado el contenido del escrito contentivo del recurso de apelación interpuesto, las actas procesales, con ellas el contenido de la decisión recurrida, esta Alzada para decidir, hace previamente las consideraciones siguientes:

Para iniciar el pronunciamiento de esta Alzada al recurso interpuesto mediante el cual se arropan criterios a través de los cuales se pretende obtener el pronunciamiento de derechos procesales y de la imputada de autos conculcados, consideramos quienes aquí decidimos que resulta oportuno y de importancia realizar un breve recorrido por las fases de nuestro proceso penal actual, y sobre todo centrarnos en esta primera fase en la cual se encuentra la presente causa, tomando para ello lo alegado por la recurrente de autos en su escrito recursivo.

Como es del conocimiento de quienes ejercen esta rama del Derecho, como lo es el Proceso Penal, sabemos que bajo el amparo del Sistema Acusatorio que rige actualmente nuestro proceso penal, éste se divide o se encuentra conformado muy bien delimitado, en tres fases o etapas, las cuales son: la primera o etapa preparatoria, o mejor identificada como la fase de investigación, la segunda como la fase intermedia, y la tercera del Juicio Oral propiamente tal.

De manera que ampliando el abanico de su contenido, diremos que la fase de Investigación o denominada por otros autores como preparatoria, tiene como finalidad la comprobación de la existencia misma del delito, la finalidad de recabar evidencias que permitan determinar quiénes son los autores y demás partícipes, a los efectos de poder ser acusados y llevarlos a la confrontación de un juicio oral. Será mayormente una etapa de recabar evidencias, la determinación de la relación jurídico - penal que trasciende al proceso, la fijación de indicios; tanto para la fijación del delito como de los participantes en ese delito. Esta fase de investigación o preparatoria finaliza, cuando se hayan realizado todas las diligencias encaminadas a determinar lo antes señalado, y se considere la procedencia de presentar formal acusación fiscal; o cuando por el contrario, de la investigación haya resultado que el hecho enunciado, o no puede ser probado, o sea el hecho no constitutivo de delito, o que el inculpado resulte manifiestamente inocente, o no pueda ser procesado por razón de causa de justificación o causal de inculpabilidad, o que simplemente no pueda ser demostrada su participación.

La segunda fase o intermedia, tiene como finalidad comprobar si la acusación, una vez presentada, tiene o no sustento en la investigación practicada durante la fase inicial, lo cual justificará la apertura del proceso a juicio oral, o en su caso, que el imputado sea sentenciado por haber admitido voluntariamente los hechos, o si por el contrario el resultado de la fase de investigación amerita el sobreseimiento de la causa y la libertad del imputado.

La tercera etapa o fase lo constituye el juicio oral, que solo tendrá lugar si la acusación es admitida en la fase intermedia, y el mismo no es otra cosa que el desarrollo del propio contradictorio, a través de un debate o discusión verbal acerca de la responsabilidad o no de quien ha resultado acusado, con la relevancia de ser público, y en el cual las partes someterán a consideración del tribunal las pruebas que utilizarán para demostrar los alegatos que cada uno de ellos esgrima en función de la finalidad a alcanzar.

Establecidas y deslindadas estas etapas procesales, el legislador consideró subsumir bajo los requisitos establecidos en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal para la procedencia de una medida de privación judicial preventiva de libertad, las circunstancias de “ estimar”, de “presunción”, las cuales conjuntamente con la sospecha, los indicios y la convicción, que no son más que grados del convencimiento a los que puede llegar o arribar el juez durante el proceso, para establecer así la probabilidad positiva de la responsabilidad de la imputada, la cual se exige para él dictar dicha medida extrema de privación de libertad, considerando de esa manera, la no exigibilidad de la certeza de la responsabilidad de quien es presentada como imputada, tan solo se hace necesaria la existencia de probabilidades, las cuales existen cuando los elementos afirmativos sobre la comisión del hecho delictivo por parte del imputado son superiores a los negativos, y ese grado de probabilidad de la culpabilidad se refiere en esta primera fase con relación a la comisión del hecho, no está relacionado con problemas de carácter jurídico en cuanto a la interpretación de la ley.

Más aún, esa sospecha o probabilidad de culpabilidad en esta primera fase del proceso, como es en la que se encuentra la presente causa y ha sido interpuesto el presente recurso de apelación, tiene un carácter dinámico, nunca será estático, ello por cuanto de acuerdo a los resultados que sean obtenidos como consecuencia de las diligencias de investigación que se lleven a cabo, puede resultar que esa probabilidad o sospecha establecida en esta etapa inicial, no pueda luego continuar afirmándose. De allí el por qué bastará para el examen de los elementos de convicción simplemente la presencia de los elementos logrados antes señalados inherentes a las actuaciones que se contengan en las actas o elementos que hasta ese momento se hayan obtenidos.

De manera que concatenando estas circunstancias que ha de tener en cuenta y consideración el juez de Control en las primeras diligencias de investigación, es como arriba al decreto de una medida de privación de libertad conforme a la ley, y para ello tal como se desprende y lee del contenido de la decisión recurrida, la cual es tildada por la recurrente de inaceptable y desprovista de todo asidero legal y violatoria al debido proceso, consideró en primer lugar, un hecho punible cuya acción no se encuentra evidentemente prescrita, y el mismo no es atacado o refutado por la recurrente de autos, como lo ha sido precalificado como Delito de Estafa Continuada.

En segundo lugar podemos leer, en cuanto al ordinal 2 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a los elementos de convicción, denominados por el legislador suficientes para estimar, en este caso la participación de quien es presentada como imputada, y así podemos leerlo del contenido de la decisión recurrida misma cuando expresa entre otras cosas lo siguiente:

OMISSIS:”… En relación al delito de estafa continuada imputado por el Ministerio Público; este Tribunal estima la existencia de delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal, el cual merece pena privativa de libertad, cuya acción penal no se encuentre evidentemente prescrita, por ser de reciente fecha, es decir, en fecha 21 de Agosto de 2013, cuando la ciudadana LAURA MARINA BARCENAS VALLEJO, en compañía de otros ciudadanos, denunciaron a la ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, ante la Sub-Delegación (sic) Cumaná del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistas (sic), por cuanto, la misma ofrecía en venta vehículos automotores importados, con la condición para su reserva que le depositaran en su cuenta bancaria del Banco Bicentenario, así como en otra cuenta del Banco Banesco, cierta cantidad de dinero según fuera el vehículo requerido por los interesados, que oscilaban entre Bs. 13,000,00; Bs. 22,000,00, y 34.000,00, situación por la cual los ciudadanos que presentan la mencionada denuncia, así como los que suscriben el listados de personas que participaron en las negociaciones para la adquisición de vehículos automotores, luego de esperar un largo tiempo, comenzaron a observar que dicha ciudadana no les cumplía con la entrega del vehículo, por lo que procedieron a exigir el cumplimiento de lo convenido, sin tener resultados positivos hasta la presente fecha, es decir, no recibieron sus vehículos ni mucho menos les ha sido reembolsados su dinero. En este orden es oportuno destacar que las demás personas que denunciaron los hechos quedaron identificadas como se mencionan a continuación: LAURA MARINA BARCENAS VALLEJO, ALEXIS JOSE (sic) MOTABAN OYOQUE, OLGA ELENA MOTABAN OYOQUE, ADGELMIR JOSE (sic) MARQUEZ ORTIZ, MARTHA ELIZABETH VARGAS PENZZ, ANTONIO PAREDES, REINA DELGADO, GHERMAN GAMBOA, JULIAN CAYAMO, EFRAIN CAYAMO, ALCIDES ZERPA, MERCEDES LOPEZ (sic), JOSE (sic) PARRA, ROSA MILANO, LUIS DANIEL MONTEFUSCO, DONY MONTEFUSCO, ANA CAMPOS, YONIS ARREDONDO GARCIA (sic), JOHANNA CASTRO, WILMER ARREDONDO, DOUGLAS GARCIA, SULMA DE ALMANDOZ, NORIS M. PEREZ (sic), YOICE JARAMILLO, HECTOR J. FLORES, DAYANA CABEZA, ABRAHAN CARDOZO, WENDY SILVA, ELIZABETH MAGO, JOHANNA PEREIRA SÁNCHEZ (sic), RODNEY GONZALEZ (sic), HAYARIT RODRÍGUEZ (sic), LORENA CORDOVA (sic), DANIEL ASTUDILLO, YOHIFER GONZALEZ (sic), FRANCISCO ACOSTA, DOUGLAS CEDEÑO (sic), GABRIEL CARRIZALES, MARIOSKY ORDAZ, VIANNELLY OYOQUE, ANA MUÑOZ, YORKY CASTAÑEDA, BELKYS TINEO, LUIS JOSE MAGO, DAMARYS FERNANDEZ (sic), JUAN MANUEL RODRÍGUEZ (sic), WILLIAN JOSE (sic) BOTTINI, ALBERTO DE OLIVEIRA, PEDRO PEREZ (sic) DAVILA (sic), JUANA PEREZ (sic) DE REYES, EDELWIS RAMÍREZ (sic), YASMIN GARCIA (sic), GUILLERMO REYES ALVAREZ (sic), PATRY PEREZ (sic) REYES, NELSON CORTEZ, PEDRO PEREZ (sic) REYES, GUILLERMO REYES DIAZ (sic), EDUARDO VILLALBA, MARJORIE REYES, MEDALDO VILLALBA, GABRIELA ZERPA LOPEZ (sic), LUISABEL ZERPA LOPEZ (sic), DANIEL LANZA, ALEXANDER VELASQUEZ (sic), JOSE ALEJANDRO RIVERO, JESUS (sic) DANIEL RONDON (sic) GARCIA (sic) Y JESUS (sic) DAVID RONDON (sic) GARCIA (sic). De igual manera, este Tribunal considera que existe fundados elementos de convicción para estimar que la imputada MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, sea autora o partícipe en la comisión de un hecho punible precalificado por la representación fiscal como el delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal, tal afirmación se desprende de los elementos de convicción que constan en actas los cuales son: 1.DENUNCIA, de fecha 21-08-2013, rendida por la ciudadana LAURA MARINA BARCENAS VALLEJO, ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas Penales y Criminalísticas, quien manifestó: “ En el mes de Noviembre, realizo diversos depósitos por un monto total de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES (sic) (Bs.33.000,00), por concepto de una inicial de un vehículo marca CHRRY (sic) TIGO, a la cuenta personal de la ciudadana a nombre MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, la misma manifestaba a todas las personas que realizan esta negociación que a través de la ciudadana ERIKA FARIAS, Gobernadora del Estado Cojedes, podía conseguir la asignación de los vehículos, al pasar aproximadamente ocho (8) meses esperando la respuesta de la ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, decido dirigirse junto a la ciudadana HAYARI RODRÍGUEZ (sic) Y ALEXIS MOTABAN, hasta la ciudad de Cojedes, específicamente a la Gobernación de ese Estado, una vez se entrevistaron con el ciudadano DR. NATERA, encargado de la parte Jurídica de la Secretaria General de Gobierno, no obstante una vez reunidos allí el le dijo que ya tenia conocimiento de lo que dicha ciudadana estaba haciendo en todo el país y que por orden de la Gobernadora estaba en la investigación de la ciudadana, asimismo le aporto que la ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, pertenecía y ejercía el cargo de Coordinadora del Movimiento Ecológico Venezolano, ubicado en el Pao, Zona de Barrancos, llevando a cabo un Plan Vacacional con un grupo de adolescentes, y que manejaba mucha información de la ciudadana, debido a la comunicación le aporto un número de teléfono 0424-400.20.22, para que lo llamara en cualquier momento en relación a lo que le había manifestado, de igual forma le manifestó que había conversado con el ciudadano Pablo Rodriguez (sic), Secretario General de Gobierno les declaro que la ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, no tenia ninguna relación con la Gobernadora del Estado, así mismo que tuvieran mucho cuidado con interponer la denuncia, ya que no sabían quienes estaban por encima de MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, que ella podría ser otra víctima y que no fueran a la parte legal a denunciarla, motivo por el cual se dispuso junto con las personas que fungen como víctima, cabe destacar que son cien (100) personas las afectadas aproximadamente. (folio 02 y vto.); 2.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26/08/2013, rendida por el ciudadano ALEXIS JOSE (sic) MOLTABAN OYOQUE, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “ A nosotros se nos ofrecieron unos vehículo cherry, donde la única condición era el deposito (sic), una cantidad de dinero dependiendo del modelo, estos depósitos se realizaron a nombre de la señora MARIA (sic) ORTIZ, titular de la cédula N° V-15.629.940, numero de teléfono 0426-2402877, esta señora se contacta por intermedio de la ciudadana WENDI SILVA, numero (sic) de celular es 0416-5830625, luego de hacer el deposito se fueron colocando fechas para la entrega de los vehículos y hasta la fecha actual, no se han hecho entrega de ningún, debido a este incumplimiento se nos ocurrió a mi persona junto con dos afectados mas trasladarnos hasta el estado Cojedes, hacia la ciudad de san carlós (sic) específicamente, por que teníamos entendidos que en esta localidad habita la señora MARIA (sic) ORTIZ, ya que siempre la vimos en fotografía con la ciudadana GOBERNADORA, de dicho estado, ella utilizo como bandera su relación con la gobernadora del estado Cojedes, una vez localizada en el estado Cojedes en una oficina de la gobernación, en lo que se pregunto por la señora, efectivamente nos atendió un ciudadano identificado como DR: NATERA, el mismo se presento como asesor jurídico de la gobernación, este ciudadano en cuestión afirmo que efectivamente esta ciudadana MARIA (sic) ORTIZ, ya estaba haciendo investigada por él, por que recibí denuncia de otras personas del estado guarico (sic) y constato que ella misma todavía trabajaba para la gobernación, y era dirigente regional de un llamado movimiento ecológico venezolano (MEVEN), y que se encontraba dirigiendo un plan vacacional en barraca en el Municipio el Pao, en ese momento el dijo que una vez que recibió la denuncia de la persona del estado guarico (sic), las cuales fueron netamente administrativas, le hizo una investigación completa y que a él no le cabía dudas de que era una estafa pero que esperaba lineamientos de parte de la gobernadora respecto a eso, cabe destacar que ante de hacer la denuncia en ptj, se realizo una llamada al DR. NATERA, al numero 0424-4003022, indicando el mismo que una vez formulada la denuncia que el estaba en completa disposición para colaborar en lo necesario, esta mucha WENDI SILVA, tengo entendido de que a ella la involucra una ciudadana de nombre MERCEDES, una vez verificado que estaban en medio de una estafa se le solicito a MARIA (sic) ORTIZ, la devolución del dinero y no lo ha hecho, se deja constancia en esta acta de haber recibido del entrevistado veintinueve (29) folios de depósitos realizado a la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ. (folios 04 al folio 05); 3.- BAUCHE N° 4057137209, de fecha 29-04-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, por la ciudadana DAMARIS DEL VALLE FERNANDEZ (sic) GARCES. (Folio-07); 4.- BAUCHE N° 039368462, de fecha 26-11-2012, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE MAGO DE SILVA. (Folio-08); 5.- BAUCHE N° 025828461, de fecha 23-07-2012, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs..), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana REINA JOSEFINA DELGADO DE GONZALEZ (sic). (Folio-09); 6.- BAUCHE N° 00002696, de fecha 29-12-04-2012, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano GHERMAN GAMBOA BARRETO. (Folio-10); 7.- BAUCHE N° 049859934, de fecha 25-02-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Veintidós Mil Bolívares (22.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana MARIOSKI ORDAZ MONTERO. (Folio-11); 8.-TRANSFERENCIA N° 24402639, de fecha 07-04-2013, del Numero de cuenta 01020653760000047306, perteneciente al ciudadano WILLIAN ALBERTO BASTARDO, al numero (sic) de cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs..) (Folio-12); 9.-BAUCHE N° 029098815, de fecha 23-11-2012, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano DANIEL ASTUDILLO. (Folio-13); 10.-BAUCHE N° 039901857, de fecha 21-05-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Veintidós Mil Bolívares (22.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana BELKYS DEL VALLE TINEO ARISMENDI. (Folio-14); 11.-TRANSFERENCIA N° 0052300741477, de fecha 28-02-2013, del Numero (sic) de cuenta 000136143377, perteneciente al ciudadano ANTONIO PAREDES, al numero de cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, del Banco Bicentenario, por un monto de trece mil bolívares (13.000Bs.) (Folio-15); 12.-BAUCHE N° 046315140, de fecha 25-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Treinta y Cuatro Mil Bolívares (34.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano LUIS JOSE (sic) MAGO. (Folio-16); 13.-BAUCHE N° 0356186566, de fecha 24-10-2012, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana MARTHA ELIZABETH VARGAS. (Folio-17); 14.-BAUCHE N° 046394890, de fecha 25-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana KEYSE JOSE (sic) PATIÑO (Folio-18); 15.-BAUCHE N° 0462595176, de fecha 18-12-2012, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana JOHANA JOSE (sic) PEREIRA (Folio-19); 16.-BAUCHE N° 0464026885, de fecha 25-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Treinta y Cuatro Mil Bolívares (34.000.Bs), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano ALEXIS MOTABAN OYOQUE. (Folio-21); 17.-BAUCHE N° 049858844 de fecha 25-02-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Treinta y Cuatro Mil Bolívares (34.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano GABRIEL CARRIZALES (Folio-23); 18.-BAUCHE N° 046402532, de fecha 25-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano LUIS JOSE (sic) MAGO. (Folio-24); 19.-Con BAUCHE N° 046402008, de fecha 26-01-2013, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por la ciudadana HAYARI RODRÍGUEZ (sic). (Folio-26); 20.-BAUCHE N° 025828803, de fecha 23-07-2012, del banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, por la ciudadana RODNEY GONZALEZ (sic). (Folio-29); 21.-BAUCHE N° 043922994, de fecha 02-01-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Veintidós Mil Bolívares (22.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, por la ciudadana VEANNELYS OYOQUE. (Folio-31); 22.-DEPOSITO N° 36540644, de fecha 23-05-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Veintidós Mil Bolívares (22.000Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA ORTIZ TOVAR, por el ciudadano WILLIAN BOTTINI. (Folio-33); 23.-BAUCHE N° 059610012, de fecha 20-05-2013, del Banco Bicentenario, por un monto de Trece Mil Bolívares (13.000.Bs.), depositado a la cuenta 01750226380071424450, perteneciente a MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, por el ciudadano YORKY CASTAÑEDA. (Folio-34); 24.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26/08/2013, rendida por el ciudadano WILLIAN BOTTINI, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “A través del señor JUAN RODRÍGUEZ (sic), conocí a VIANNELYS, que es la persona que tenia contacto con MARIA (sic) ORTIZ, para la adquisición de una camioneta gran tigger, supuestamente esta camioneta seria entregada en un acto aquí en Cumaná, una semana después de que yo hiciera el deposito, ya han pasado tres mese y siempre la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ, dice que no me preocupe por la camioneta y que la misma sera entregada muy pronto, la ultima información que se nos dio fue que ella iba a entregar dichos vehículos en la ciudad de Cumaná en Maracay, el día 01-092013, como el grupo de aquí de Cumaná, que hizo la denuncia el día jueves pasado 22-08-2013, que son aproximadamente treinta personas, el día martes ante de la denuncia viajaron tres personas al estado Cojedes (sic) para corroborar toda la información respecto a la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ , allí fueron recibidos en la gobernación y hablaron con el señor Natera, quien es el asesor jurídico del secretario del gobierno de dicha gobernación y alejo conocer sobre esta persona MARIA (sic) ORTIZ, y sobre sus negocios oscuros por decirlo de laguna manera y por lo cual el tenia a esa persona investigada por unas denuncia que habían llegado allí por otros estados y simplemente hizo las investigaciones y logro hallar algo abierto a nivel administrativo sobre ella, esta persona en sus investigaciones pudo corroborar que había situaciones raras en cuanto a la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ, y el nos dio su teléfono y se puso a la orden de los cuerpos de investigación de acá de Cumaná, respecto a cualquier investigación sobre la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ, el día jueves nos reunimos en grupos en Cumaná, para entonces con la información que se trajo del estado Cojedes a proceder a denunciar. (folios 35 al folio 36); 25.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/08/2013, rendida por el ciudadano LINO MOTABAN, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “ Vine por el caso de la señora MARIA (sic) ORTIZ, quien solicito la cantidad de trece mil Bolívares, para la adquisición de un vehículo, la señora quedo de entregarla una fecha desde junio, pero yo ingrese en mayo, luego dijo que era para julio y después para agosto y no ha entregado nada hasta la fecha, inclusive a través de mensajes le hice peticiones de que me devolviera mi dinero para invertir en otro vehículo y quedo en regresarmelo (sic), le envié mi numero de cuenta por correo electrónico y todavía a un no lo ha realizado, esa fue una condición que ella puso de que quien no podía esperar se le devolvería el dinero el que no tuviera paciencia con todo gusto devolvería el dinero. (folio -39); 26.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/08/2013, rendida por la ciudadana VIANNELLY OYOQUE, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “Caí en esta situación, porque, por medio de una compañera que me dijo de esta señora estaba ofertando unos carros chinos que estaba dando el gobierno y yo le dije que si, que habla una oportunidad para meterme y ella llamo a la señora MARIA (sic) ORTIZ, y esta le dijo que si, que había una camioneta gran tigger, que depositara a su numero de cuenta veintidós mil bolívares (22.000bs.), yo fui y los deposite, medio su correo electrónico donde tenia que enviarle copia del bauche y de mi cédula a ella, tuve la oportunidad de conocerla por que después del deposito ella estuvo aquí en Cumaná en el hotel Cumanagoto y nos llamo, y un grupo hizo acto de presencia allá, como yo tenia conocidos que me dijeron que si yo tenia acceso de oportunidad de un carro en ese momento le pregunte a MARIA (sic) ORTIZ, que si había otras unidades disponibles, ella me digo que si, pero que tenia que depositar en el transcurso de esa semana de la visita que hizo, por que la entrega iba hacer en el mes de mayo, así junto conmigo cayeron once personas mas y hasta es momento ella no nos a dicho que nos hará la entrega en varias fechas y la última que dio fue para el domingo 01-09-2013, después del viaje a Cojedes de mis compañeros, no he recibido ningún otro mensaje de ella, la señora que en verdad nos dios la primera oportunidad de esto solo se que se llama MERCEDES, pero no tengo mayor información de ella . (folios 46 al folio -47); 27.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/08/2013, rendida por la ciudadana OLGA MOTABAN, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “Nosotros, tuvimos contactos con la señora WENDI, quien es prima de mi mamá, ella le participaba a mi mamá, que existe la posibilidad de adquirir unos vehículos de varios modelos de carros, por que ella sabia la necesidad de mi mamá de un carro por su trabajo, ella le explico a mi mamá las condiciones y le dijo que si tenía otros conocidos que tuvieran interesados les informaran y así fue que entramos varios al negocio, si es que se le puede llamar negocio, allí es donde entra ALEXIS, LINO, mi mamá, unos conocidos de mi mamá y yo, bueno hasta el sol de hoy se fueron poniendo fechas de reuniones con la señora MARIA (sic) ORTIZ, pero personalmente una sola vez la vi, vino al hotel Cumanagoto, no recuerdo la fecha, pero ella le aviso a mi mamá a través de mensaje de texto para que nos reuniéramos con ella y que le avisara a su grupo, cuando llegamos al hotel, llegamos alrededor de diez a once personas en esa oportunidad, fue una reunión totalmente informal, en el estacionamiento del hotel donde ella nos explico, como seria la fecha de la entrega, que aproximadamente faltaron 15 días para eso, hablo como seria el sistema de pago, que teníamos que abrir una cuenta para el pago de los giros mensuales y así hasta el sol de hoy no ha dado nada.......(folios 49 al folio 50); 28.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 29/08/2013, rendida por el ciudadano JUAN RODRÍGUEZ, ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “ El día martes de la semana pasada 20-08-2013, tres personas ALEXIS MOTABAN, HAYARIT RODRÍGUEZ (sic) Y LAURA BARCENAS, este grupo de Cumaná, viajaron hasta el estado Cojedes a buscar información sobre la funcionaria pública MARIA (sic) ORTIZ, y allí llegaron a una dependencia de la gobernación y lograron hablar con el asesor jurídico del secretario del gobierno, señor Natera, este señor a escuchar el nombre de MARIA (sic) ORTIZ, dijo que el ya tenia una investigación ya realizada a esa empleada pública, por que anteriormente ya había estado por allí otro grupo de personas con el mismo problema que nosotros teníamos, el señor NATERA, manifiesta que esto lo llevo a investigar la situación y pudo corroborar que esta señora MARIA (sic) ORTIZ, tenia en su contra una denuncia netamente administrativa, aunque si pudo darse cuenta que dicha funcionaria estaba en el negocio de la corrupción, el señor NATERA se puso a la orden para cualquiera información sobre la mencionada funcionaria, luego pudieron hablar con el secretario de gobierno del estado de Cojedes , sobre esta funcionaria pero el siempre el trataba de defenderla y no se pudo llegar a ningún acuerdo con el ya que su actitud se torno defensiva, luego de esta situación las tres personas de Cumaná, por resguardar su integridad física decidieron regresar de inmediato a Cumaná, luego de llegar a la ciudad el jueves en la mañana se reunieron con el grupo y nos manifestaron todo estos acontecimientos en el estado Cojedes, por lo que llegamos al acuerdo para introducir la denuncia formal, por ante el CICPC. (folio 53 al folio 54); 29.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/09/2013, rendida por la ciudadana DAMARIS FERNANDEZ (sic), ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico (sic) de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, con competencia en materia de Corrupción, quien manifestó: “ Yo, por medio de una comadre que me consiguió el cupo para la cuestión de los carros, ella realizo mis deposito a la señora MARIA (sic) ORTIZ, a la cuenta de esta señora por la cantidad de trece mil bolívares (13.000bs.), donde yo nunca yo he tenido comunicación directa con la señora sino por medio de mensajes que me reenvían la comadre que le enviaban a ella, donde el ultimo mensaje recibido fue que la entrega del carro iba hacer el 01-098-2013 (sic), y hasta la fecha no he recibido mas nada, ni mensaje ni nada. (folios 59 al folio 60); 30.-OFICIO 3571, de fecha 16-10-2013, emanado de la oficia de personal de la gobernación del Estado Cojedes, donde informan que la Ciudadana MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.629.940, no forma parte del personal que labora en la Gobernación del Estado Cojedes. (folio 121); 31.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 14/05/2014, rendida por la ciudadana MARTHA ELIZABETH VARGAS, ante la formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, quien manifestó: “ Comienzo del mes de Octubre del año 2012, me llamo una amiga y me dice que hay una oportunidad de conseguir carros con el gobierno, marca Cherry, y que para ellos hay una señora que nos va a meter en un grupo y que el presidente Chávez va a entregar esos carros a los que depositen cierta cantidad de dinero, en el caso mió deposite TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00), que incluía el seguro y primera cuota, en varias ocasiones nos reunimos con la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, en el Hotel Barceló, Cumanagoto y Parque Guaiqueri, y en diferentes oportunidades nos informo que en el Poliedro el Comandante nos iba a entregar los carros, después el presidente Maduro nos los iba a entregar aquí en Cumaná y así fue dándole larga a la entrega y a la espera. He incluso nos informo que trabaja en el Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y que llevaran el bouche del deposito al Hotel el ALBA CARACAS. (folio 129); 32.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 14/05/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana WENDY ELISA SILVA MAGO, quien manifestó: “ Bueno conocí a la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR por medio de la señora Mercedes López, quien es comadre de mi suegra Reina Delgado, donde mi suegra me hizo el comentario a mi y a mi esposo que por medio de su comadre Mercedes López, tenia un contacto para ayudarnos a obtener un carro del gobierno, converse con mi suegra por que la señora Mercedes le dijo que era algo confiable, que ella la conocía ya que era de Guarico, luego le deposite la cantidad de DIECIOCHO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.18.000,00), a la cuenta personal de la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, a pesar de la desconfianza por que el deposito era personal, pero a la vez tenia seguridad por la señora Mercedes por ser una persona intachable, luego del deposito (sic) conocí a la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, en el Hotel Barceló, ella siempre dio la cara, pero con una excusa por las cosas que estaban sucediendo en el País, primero cuando se desbordo el río en Cumanacoa iba hacer una entrega no se dio por lo ocurrido, nuevamente dio fecha que todo estaba listo pero fue cuando murió el Presidente, tampoco se dio, había que esperar que nombraran al nuevo presidente, y así sucesivamente siempre venia con una excusa, todos los que estamos involucrados en este caso ha sido por recomendación de terceros, lamentablemente por confiada metí a familiares y amigos en este problema, pero cada uno estaba consciente de lo que estaban haciendo, ya que la cuenta de la persona era personal (folio 132 al folio 133); 33.-ACTA DE ENTREVISTA de fecha 15/05/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana ANA JOSEFINA MUÑOZ, quien manifestó: “ Yo caigo en esta situación a finales del mes de Mayo de 2012, había una ponencia en la UNEFA, yo me encontraba allí y me conseguí con una amiga que se llama ANA CAMPOS profesora en ese momento de la Misión Sucre y trabaja con el frente FRANCISCO DE MIRANDA, al salir del evento ella hace el comentario a varios amigos que nos encontrábamos allí, yo le pregunte que si eso era confiable, seguro ella me respondió que si por que la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, trabajaba con la señora ERIKA FARIAS actual gobernadora del Estado Cojedes, en las Comunas, la señora Ana Campos me dijo que si yo quería obtener un carro había que depositarle a la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, ese mismo dìa o más tardar el otro dìa, ella me pasa el número de cuenta de la señora Maria (sic) Alejandra Ortiz Tovar, cuando voy al banco Bicentenario no hay línea, llame a la señora Maria (sic) e inmediatamente me respondió, e dije la situación que se había caído el sistema, que el deposito (sic) era para ese dìa, entonces ella contesta “Ella me dijo que depositara a nombre de una sobrina de Erika Farias, bueno primero deposite DOCE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.12.000,00), después de una semana me llama Maria (sic) Alejandra y me dice que si quiero una camioneta que va hacer mas productivo para mi y que le deposite TRES MIL BOLIVARES (sic) (Bs.3.000,00), para un total de QUINCE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.15.000,00) DEPOSITADO EN TOTAL, nunca le había visto la cara a esa señora, me llama la amiga Ana Campos y me dice que Maria (sic) Alejandra viene a Cumana (sic) y se va a hospedar en el Hotel VENETUR, cuando yo llego casi a la una de la tarde, hay un grupo de personas reunidas con ellas, personas que también le habían depositado el dinero para la adquisición de vehículos, en esa reunión ella manifestó que estaba preparando la documentación de todos y todas para la entrega que seria un acto publico en Caracas, que ya Erika estaba montada sobre eso, que estaba esperando el lugar y fecha donde iba hacer la entrega, luego de esa venida ella vino como diez veces más y se hospedaba en diferentes hoteles Venetur, Bordones, Nueva Toledo, en una de esa venida, muchas personas estaban molesta por su actitud de que todo el tiempo era el mismo engaño, ese dìa ella llego brava muy prepotente por que le habían enviado unos twiter (sic) a Erika Farias y ella estaba muy molesta y que el negocio se podía caer, ya que Erika era una mujer de carácter muy fuerte, le hacia pasar malos ratos por su carácter, ella era la que pagaba todo, luego unos quince días después reunión con todos y todas las personas que hicieron la solicitud de carros y nos manifestó que la entrega se haría una semana después, íbamos a salir un sábado en la noche en un autobús de la casa militar que ella nos mandaría, y se aceptaba un acompañante solamente, como iba hacer un acto publico (sic) se iba a escoger a tres personas para decir unas palabras que seria mi hermano Marcos seria la primera persona que hablaría, luego otro muchacho que pertenece al frente Francisco de Miranda, así como mi hermano y yo tan bien tenia un derecho de palabra en ese momento, eso iba hacer algo rápido, llego el jueves antes del sábado para irnos hacia Caracas, llamo por teléfono diciendo que se cayo la entrega y así como esta mil mentiras más, cuando fallece el presidente comandante Hugo Chávez ella dice que ya entrega salía por Cumaná, los carros se habían traído a Cumaná y la entrega la haría el Gobernador Luís Acuña Cedeño, que ella había hablado con el y que todo estaba cuadrado, después dijo que el gobernador no se quería meter en problema por que los que trabajaban con el le estaban pidiendo carros e iba a crear un conflicto, que le dijera a Erika que no quería problemas, de tantas mentiras yo cansada le solicite mi dinero y le dije estas palabras “MARIA (sic) tu sabes por que la ha visto tengo una hija especial y necesito el dinero, por favor devuélvemelo todavía lo estoy esperando.”, el ultimo dìa que se reunión con nosotros en el Parque Guaiqueri, nos manifestó que Erika Farias había pedido un crédito adicional para pagarle a todos a partir del dìa miércoles de la próxima semana, (exactamente no recuerdo la fecha) si no lo hacia que fuéramos a Cojedes, desde allí más nunca tuvimos comunicación con ella, los números telefónicos no contesta (folios 134 al folio 135); 34.-ACTA DE ENTREVISTA de fecha 23/05/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana ADGELMIR JOSE (sic) MARQUEZ (sic) ORTIZ, quien manifestó: “ Hace dos años en el año 2012, uno de mis familiares, me contó sobre la camioneta y yo le dije que quería entrar y saber como era, ella me contó que me pedían un dinero para la inicial de la camioneta y que la camionetas las iban a entregar en un acto político que se iba a realizar aquí en Cumaná, y al final se suspendió el acto político, después de eso siempre se colocaba una fecha y se terminaba suspendiendo las entregas de la camioneta, hasta que a mediados del años pasado las personas se cansaron por que habían algunas que estaba ante que yo, y entonces llamaron a la señora MARIA (sic) ORTIZ, y que si no iban a entregar las camionetas que entregara el dinero, en eso ella vino en una ocasión en octubre del 2013 y dijo que si iban a entregar el dinero que tuviéramos paciencia que ella estaba procesando un préstamo para pagarlo, pero que no iba a pagar en orden desde el primero que le hizo el deposito hasta el ultimo depositante, también nos dijo que nos iba a pagar una extra de intereses por el tiempo que estuvo con ese dinero, ella empezó a pagarle a muy pocas personas en diciembre fue la ultima vez que pago, después de allí no supe mas de ella, supe por medios de compañeros que le habían congelados las cuentas que tenían problemas legales por este asunto(folio 137); 35.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 26/05/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana ROSA MILANO LORUSSO, quien manifestó: “ Bueno eso fue por medio de una vecina que me entero de la venta de estos autos, hace mas de dos años solicite un crédito para un carro y no me lo dieron por que no tenia ingreso, debido a eso me interese por esta oportunidad de obtener un carro con facilidades de crédito y baja inicial. Eso fue el mes de junio del año 2012, y así como yo lo hice también existen varias personas que cayeron en este delito(folio 139); 36.-OFICIO NRO. SIB-DSB-UNIF. 15984, de fecha 14-05-2014, emanado de la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, constante de dos (2) folios donde se evidencia los Estados por donde se realizaron las transacciones mayores 4,5 MIL, por parte de la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V. 15.629.940. (folios 156-159); ESTADO MONTO CUENTA ANZOÁTEGUI (sic) MONTO. 10.000,00; COJEDES MONTO. 800.732,06; DISTRITO FEDERAL........ MONTO............27.000,00 … etc… PARA UN MONTO TOTAL DE 990.732,06 Bs; 37.-OFICIO N° 0-05-14-504, de fecha 27-05-2014, emanado del Banco Caroní, donde se evidencia que la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V. 15.629.940, posee la cuenta numero (sic) 0128-0097-53-9702606303 y estados demostrativos desde el 31 Enero de 2012 hasta el 30 de Diciembre de 2013. (Folios 184 al folio 211).; 38.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 10-06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano JULIAN (sic) ENRIQUE CAYAMO CASTAÑEDA, quien manifestó: “ El dìa 05-08-2012, mi hermano Efraín Cayamo, también es afectado a el lo llama una amiga, referente a los vehículos, el acude a mi por que no tenia la plata, yo le presto el dinero y nos vamos el dìa. 07.08.12. y ambos efectuamos los depósitos el de él y el mió, los cuales fueron depositado a la Cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz Tovar, deposito realizado en el Banco Bicentenario ubicado en Cumana-Plaza, a la cuenta Nro 0226380071424450, por un monto total entre los dos de VEINTISÉIS (sic) MIL BOLIVARES (sic), es decir TRECE MIL BOLIVARES (sic) cada uno, de allí quedamos en contacto con ella dìa a dìa, ella estuvo de tres a cuatro meses en contacto con nosotros, luego de allí perdimos contacto con ella, hasta la fecha que no nos hemos vuelto comunicar, eso tiene aproximadamente dos años (folio-219); 39.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 10/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano ALCIDES JOSE (sic) ZERPA BERMÚDEZ (sic), quien manifestó: “ bueno me entere por unos vecinos que la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, se encontraba en hotel los bordones y se encontraba en campaña electoral, la cual se presentaba como funcionario del Ministerio de las COMUNAS, que la dirigía Erika Farias actual gobernadora del Estado Cojedes, allí converse con ella, me dio su teléfono para que la contactara que nos iba a conseguir esos vehículos, al grupo que era de cantarrana, luego hable con ella por teléfono y me escribió mediante mensaje el monto que tenia que depositarle para una camioneta NISSAN, me mando el numero de cuenta, el nombre del banco donde debía depositar, el nombre completo de ella y su número de cédula, el dìa 22 -05-2012, le deposite VEINTIDÓS (sic) MIL BOLIVARES (sic) (Bs. 22.000,00) y NUEVE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (sic) (9.200,00Bs.), como pago de inicial del seguro, durante este tiempo me estuvo engañando diciéndonos que la entrega se iba a realizar, primero en Cumaná, luego en Puerto la Cruz, Caracas y Maracay, dejándonos los bolsos preparados para viajar a los diferentes sitios para la entrega, que nos iba a mandar autobuses para trasladarnos desde Cumaná hasta la ciudad donde se iba a realizar la entrega, a pesar del engaño siempre venia a Cumana (sic), nos reuníamos en el Parque Guaiqueri, y siempre con las mismas mentiras, que se le entrega todavía por la enfermedad del Presidente, luego la muerte, después las campañas electorales, después las elecciones, en la ultima reunión que sostuvimos con ella en el Parque Guaiqueri, nos dijo que el dinero se lo dio a Erika Farias, que ella estaba esperando un crédito adicional para entregarnos el dinero a nosotros (folio 222); 40.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 10/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana LORENA GABRIELA CORDOVA (sic) GUILLEN, quien manifestó: “Bueno a mi me hablo WENDY SILVA; de la posibilidad de tener un vehiculo (sic) a través de una señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ, que hablaba en nombre de ERIKA FARIAS; fuimos un dìa al hotel Barceló Nueva Toledo, hablo con nosotros y nos dijo que había posibilidad de los vehículos, inclusive me dijo que por mi discapacidad el monto a cancelar por mi persona era menor a los de las demás personas, de ello me dijo que los carros estaban listos para la entrega y si hubiera mas tiempo lo habrían adaptado para ser manejado para una persona con discapacidad como yo, acordamos que máximo en dos semanas se iba a realizar la entrega del vehiculo (sic), luego así nos estuvo mintiendo, nos daba fecha, lugares, siempre excusándose por cualquier cosa, me hablo incluso de que preparara un sobre con copias de mis documentos (cedula de identidad, carnet de discapacidad, informe medico (sic) y copia del bouche de deposito.), me indico que el deposito que iba hacer era de DIEZ MIL BOLIVARES (sic) (Bs.10.000,00) por un carro Chery Orinoco, al principio desconfié un poco de que fuera a la cuenta personal de MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, pero confié en su buena fè y creí que era una buena persona que de verdad quería ayudarnos, además se presentaba como funcionaria publica (sic), muy allegada a Erika Farias, actual gobernadora del Estado Cojedes(folio 226); 41.OFICIO N° GGN° 255-14, de fecha 10-06-2014, emanado del Hotel VENETUR -Cumaná, donde se evidencia los registros de hospedaje de la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V. 15.629.940. (folios 229 al folio 237); 42.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 12/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano YORKIS JOSE (sic) CASTAÑEDA PRADA, quien manifestó: “ Bueno yo me entere por medio de la Señora Viannellys Oyoque, ella también es victima (sic), donde me informo sobre la propuesta de los vehículos que estaba otorgando el gobierno, me intereso la oferta y ella me dio el numero de cuenta de la señora Maria (sic) Ortiz, su numero (sic) de teléfono personal, su correo electrónico, a los fines de estar en contacto con la señora Maria (sic) Ortiz, en varias oportunidades estuvimos conversaciones a través de los mensajes de textos, además realice un deposito a la cuenta de la señora Maria (sic) Ortiz Nº 0175-0226-3800-7142-4450, por un monto de Bolívares TRECE MIL (Bs.13.000,00), en el Banco Bicentenario el dìa 20.05.2013, sucursal Cumaná Plaza- Cumana (sic)- Estado Sucre, luego de un tiempo, viendo tantas mentiras, yo le escribí mediante mensajes de textos y correo electrónico que me devolviera mi dinero, ella me contesto que le mandara mis datos de la cuenta de ahorro a su correo, yo se lo envié, luego me responde. Yo recibí su correo, en fecha 23.10.2013, esa fue la ultima comunicación que estuve yo con la señora Maria (sic) Ortiz, luego quede en contacto con la señora Viannelly López, para estar al tanto de las reuniones que se realizaban en el Parque Guaiqueri, desde allí fue que me dijo que viniera a la fiscalia (sic) a colocar la denuncia por se había enterado que la señora Maria (sic) tenia otras denuncias más y estaba presa”. (folio 239); 43.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana JOHANNA DEL JESUS (sic) CASTRO DE ARREDONDO, quien manifestó: “ Bueno yo contacto a la ciudadana Maria (sic) Ortiz, el dìa 06-05-2012, a través de un primo quien también es victima (sic) de esta estafa, el es quien me hace referencia de adquirir un carro a través de esa señora, me entusiasme le pedí el numero (sic) telefónico de ella, la llame ella me informo que era indispensable ser funcionario del gobierno, yo le informe que trabaja en la Alcaldía del Municipio Sucre, inmediatamente me dice como era el tramite (sic) para adquirir el vehiculo (sic), me dio su correo para que le enviara mi cedula de identidad y RIF., aparte me dio su numero (sic) de cuenta personal para que le depositara la cantidad de VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic), el cual lo deposite en el Banco Bicentenario sucursal Avda. Santa Rosa, Nro. De Cuenta 01750226380071424450, a su nombre Ortiz Tovar Maria (sic), para optar por una camioneta Marca CHERY-TIGO, cumpliendo con lo solicitado por ella, ofreciendo el vehiculo en una fecha tentativa de quince días, puesto que esa entrega ya estaba programada, esos quince días se transformaron en dos años y un mes esperándola que nos entregara el vehiculo (sic), yo siempre sentía dudas pero viendo la insistencia en venir y dar la cara hizo que confiara más en ella, nos reunimos en varias oportunidades en los hoteles VENETUR, BARCELO (sic) NUEVA TOLEDO, EN LOS BORDONES Y EN EL PARQUE GUAIQUERI, en todas las ocasiones nos informaba que en los próximas días nos llamarían para la entrega de los vehículos, primero en Caracas, luego en Valencia, después en Anzoátegui, y lo ultimo que nos dijo que estaba buscando un sitio grande para guardar los carros por que el gobernador haría la entrega, así fueron todas las visitas de ella, pero en la ultima celebrada en el parque Guaiqueri nos dijo “que ella no dormía, que ella estaba cansada de todo esto por que la llamaban a cada rato, que formáramos una comisión para ir a Cojedes y hablar directamente con Erika Farias quien ya era gobernadora de ese Estado para que ella nos respondiera por los vehículos, por que me dieron la espalda, la política es muy cochina, no hay problema yo los acompaño hasta donde Erika esté.”, lamentablemente esa comisión no se dio, ya que más nunca nos respondió las llamadas, ni mensajes, motivo por el cual una de las victimas (sic) se decidió a investigar y es cuando nos decidimos a denunciarla”. (folios 241-242); 44.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano WILMER RAFAEL ARREDONDO GARCIA (sic), quien manifestó: “ Bueno eso fue una amiga de la esposa de mi primo Jesús Rondòn, quien también es victima (sic) de la estafa, ella le comento que tenia una amiga en el gobierno y había la posibilidad de adquirir esos carros, yo me entusiasme, busque el dinero y lo deposite a la cuenta personal de la ciudadana Maria (sic) Ortiz, el dìa 30.05.2012, en el Banco Bicentenario sucursal Cumaná Plaza, bueno luego de hacerle el deposito siempre nos reuníamos con ella en los hoteles. VENETUR, BARCELO Y LOS BORDONES, EN EL PARQUE GUAIQUERI, y en todas las reuniones nos daba fecha tentativa de la entrega de los carros, en una oportunidad para que nos quedáramos tranquilo nos iba a enviar las carpetas con los documentos de los carros, en dos o tres oportunidades hable por teléfono con ella y me dijo que me quedara tranquilo que los carros si se iban a entregar y que Erika Farias estaba moviendo todo eso referente a la entrega de los carros, era Erika en ese momento Ministro del Poder Popular para las Comunas., en el transcurrir del tiempo y viendo que nos se entregaban los carros la llamamos a una reunión, esa fue la reunían del parque Guaiqueri, en esa reunían nos dijo que movilizáramos a las personas que querían el dinero que Erika estaba solicitando un crédito adicional para pagarle a las personas el deposito realizados para la inicial de los vehículos, de allá no supimos más nada de ella hasta que nos enteramos que supuestamente estaba presa, en todas las reuniones siempre nombra a la ciudadana Erika Farias, en la ultima reunión nos dijo que el dinero fue disponible para la campaña del presidente Chávez(folios 245-246); 45.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 16/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano FRANCISCO JOSE (sic) ACOSTA GARCIA (sic), quien manifestó: “ Conocí de ofertas de vehiculo por un sobrino llamado Douglas Cedeño Acosta, quien también es victima (sic) de esta estafa, me dijo tío esta interesado en un carro chino, le dije que si, por que una amiga de él, habían sacado a una persona y quedaba un cupo disponible, el cual ese cupo me lo iban a dar a mi, una vez que me dieron el cupo tuvo que depositar TRECE MIL BOLIVARES (sic), en el Banco Bicentenario en la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, Nro. 0175.0226.3800.7142.4450, de fecha 30-04-2013, luego asistí a varias reuniones con la señora Maria (sic) Ortiz, nos citaba en el Parque Guaiqueri y todo lo que nos decía que tuviéramos paciencia que eso se iba a dar, que ella daba la cara, que eso iba, yo la llamaba, le enviaba mensajes a través de los teléfonos 0426.2402877-0416.5725929, hasta que llego un momento que esos teléfonos no respondieron más, después la señora Wendy quien también es victima (sic), realizo una reunión con todas las personas afectadas informándole que teníamos que venir a fiscalia (sic) a denunciarla e ir a caracas un grupo de personas para plantear la problemática. (folio249); 46- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana JOHANNA JOSE (sic) PEREIRA SÁNCHEZ (sic), quien manifestó: “ Bueno yo contacto a la ciudadana Maria (sic) Ortiz, el dìa 06-05-2012, a través de un primo quien también es victima (sic) de esta estafa, el es quien me hace referencia de adquirir un carro a través de esa señora, me entusiasme le pedí el numero (sic) telefónico de ella, la llame ella me informo que era indispensable ser funcionario del gobierno, yo le informe que trabaja en la Alcaldía del Municipio Sucre, inmediatamente me dice como era el tramite para adquirir el vehiculo (sic), me dio su correo para que le enviara mi cedula de identidad y RIF., aparte me dio su numero (sic) de cuenta personal para que le depositara la cantidad de VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic), el cual lo deposite en el Banco Bicentenario sucursal Avda. Santa Rosa, Nro. De Cuenta 01750226380071424450, a su nombre Ortiz Tovar Maria (sic), para optar por una camioneta Marca CHERY-TIGO, cumpliendo con lo solicitado por ella, ofreciendo el vehiculo (sic) en una fecha tentativa de quince días, puesto que esa entrega ya estaba programada, esos quince días se transformaron en dos años y un mes esperándola que nos entregara el vehiculo (sic), yo siempre sentía dudas pero viendo la insistencia en venir y dar la cara hizo que confiara más en ella, nos reunimos en varias oportunidades en los hoteles VENETUR, BARCELO (sic) NUEVA TOLEDO, EN LOS BORDONES Y EN EL PARQUE GUAIQUERI, en todas las ocasiones nos informaba que en los próximas días nos llamarían para la entrega de los vehículos, primero en Caracas, luego en Valencia, después en Anzoátegui, y lo ultimo que nos dijo que estaba buscando un sitio grande para guardar los carros por que el gobernador haría la entrega, así fueron todas las visitas de ella, pero en la ultima celebrada en el parque Guaiqueri nos dijo “que ella no dormía, que ella estaba cansada de todo esto por que la llamaban a cada rato, que formáramos una comisión para ir a Cojedes y hablar directamente con Erika Farias quien ya era gobernadora de ese Estado para que ella nos respondiera por los vehículos, por que me dieron la espalda, la política es muy cochina, no hay problema yo los acompaño hasta donde Erika esté.”, lamentablemente esa comisión no se dio, ya que más nunca nos respondió las llamadas, ni mensajes, motivo por el cual una de las victimas (sic) se decidió a investigar y es cuando nos decidimos a denunciarla (folio- 251); 47.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE MAGO DE SILVA, quien manifestó: “ Bueno yo opte por un vehiculo (sic), por intermedio de mi hija quien también es victima (sic), ofreciéndonos vehículos a precios económicos y en forma de pago bastante accesible los cuales eran ofertados por el gobierno a través de la señora MARIA (sic) ORTIZ, quien nos dijo que era por medio de los Consejos Comunales, a pesar de mi desconfianza, ya que el dinero que había que depositar era en su cuenta personal, eso me extrañaba bastante, viendo así que las personas que venían en la cadena era de mucha confianza accedí a realizar el deposito por TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00), el 26-11-2012, Banco Bicentenario de Cumana (sic), comencé a dudar de la señora, para la entrega de los carros que tenían que ser en un acto político con el Presidente Hugo Chávez, después de su fallecimiento empezaron miles de excusas, como por ejemplo las mas fuertes, que se tardaría un poco más por que los iba a entregar el gobernador Luís Acuña, luego como eran tantos los pretextos una más fue que en vista de los problemas, iban a esperar que a la Gobernadora de Cojedes Erika Farias le aprobaran un crédito adicional, en ese momento ella quiso lavarse las manos y nos dijo que fuéramos a Cojedes, para entonces, un grupo fue y fueron mal atendidos por el secretario de Gobierno, una sola vez pude tener contacto con ella en una reunión que realizo en el Parque Guaiqueri, en esa reunión uno de los afectados la ofendió llamándola ladrona, estafadora y a esa persona ella le devolvió el dinero, igual a una hermana que también había optado por un carro ella le devolvió el dinero, a raíz de puro mensajes e insultos, yo le enviaba mensajes y nunca me contesto. (folio 253); 48.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana REINA JOSEFINA DELGADO DE GONZALEZ (sic), quien manifestó: “ Bueno fue a través de la señora Mercedes López, quien es mi comadre y también es victima (sic) de la estafa, ella me hablo de la oportunidad de adquirir un vehiculo (sic) a través de gobierno y de Erika Farias que era Ministra del Poder Popular para las Comunas, el dìa 23-06-2012- realice el deposito (sic) a nombre de Maria (sic) Ortiz en su cuenta personal del Banco Bicentenario sucursal Santa Rosa- Cumaná, viendo la premura de hacer el deposito (sic) ya que la semana siguiente se iba a realizar la entrega de los vehículos con el presidente Chávez, de allí en adelante se posponían las fechas de entregas, en una oportunidad dijo que los vehículos iban hacer entregado en un acto político para darle apoyo a la campaña del actual gobernador Luís Acuña, en vista de toda esta situación decido retirarme, ya que veía que no había esperanza de entregar los carros, me dijo que le enviara mi correo electrónico y el numero de cuenta para depositarme mi dinero que nunca lo reintegro, ya después perdimos contacto y nos agrupamos para realizar reuniones y denunciarla por el delito que estaba cometiendo la señora Maria (sic) Ortiz (folio 255); 49.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano ABRAHAM JOSE (sic) JULIO CARDOZO, quien manifestó: “ Bueno yo ingrese por medio de la señora Mercedes quien también es victima (sic) de la estafa y vecina de mi tía Auristela Cardozo, mi tía me informo sobre la adquisición de los vehículos y yo le manifesté mi entusiasmo en adquirir uno, luego le pedí los datos y ella por medio de la señora Mercedes me facilito el numero de cuenta y el banco a donde debía depositar a la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, deposite el dinero el dìa 07-11-12, bueno hasta el momento sigo esperando y que fuimos victima (sic) de una gran estafa(folio 257); 50.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana MARIOSKY JHEMNELIX ORDAZ MONTERO, quien manifestó: “ Bueno estábamos reunidos mi esposo y yo con unos primos y empezamos hablar de carros, salio la conversación, mi primo Yoifer González, quien es victima (sic) en esta estafa, nos comunico que el había dado una inicial o apartado un cupo para un vehiculo (sic) de Venezuela Productiva, la amiga que ayudo a mi amigo para el cupo es Wendy Silva que a su vez también es victima (sic), nos vimos interesado en esa oportunidad y le pedimos a mi primo que llamara a la señora Wendy para que le preguntara a su contacto si todavía había oportunidad para nosotros, Wendy le hizo una llamada a la señora Maria (sic) Ortiz, ella le informo que si había oportunidad, de igual manera nos informo a través de Wendy que debíamos depositar dependiendo del modelo del vehiculo (sic), en mi caso hice un deposito por VEINTIDÓS (sic) MIL BOLIVARES (sic) (22.000,00 Bs.) para optar por una camioneta Chery Tiggo, el deposito (sic) lo realice a nombre de la ciudadana Maria (sic) Ortiz en su cuenta personal del Banco Bicentenario, Wendy nos dio el numero (sic) de teléfono de la señora Maria (sic) Ortiz, y mi esposo se comunica con ella y ella le informaba que próximamente nos entregaría los vehículos, que había que organizarnos, que nos nos (sic) preocupáramos, que ella trabajaba con la Gobernadora Erika Farias, que ella era funcionario publico (sic), desde ese fecha nos estuvo engañando, posponiendo fecha de entrega de los vehículos, que nos fuéramos a Caracas en varias oportunidades dejándonos con las maletas en el Terminal, por que luego desconectaba el teléfono, ella vino a una reunión donde asistió mi esposo en el Parque Guaiqueri, ella vino acompañada de otra persona identificándose como funcionario publico (sic), llegando un momento que perdimos contacto con ella, ni mensajes, ni llamadas, yo le envié el deposito (sic) que le hice a través de su correo electrónico mariale.socialista@hotmail.com, en varias oportunidades nos reunimos con el grupo de Cumana (sic), y coincidíamos en lo mismo, que nos estaba estafando, ya eran muchas mentiras, la postergación de fechas y llego el momento en que nos dimos cuenta que era una estafa, decidimos poner la denuncia en su contra(folio 259); 51.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 17/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano GABRIEL CARRIZALES MARQUEZ (sic) , quien manifestó: “ Estaba en mi casa compartiendo con un primo de nombre Joifer Gonzalez (sic), me hizo el comentario que había dado el dinero a una amiga para el cupo de un vehiculo (sic) de gobierno, yo le pregunte que si había una oportunidad, el llamo a su amiga, al que el había contado para obtener el cupo del vehiculo (sic), esa amiga llamo a la señora MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, y le pregunto si había oportunidad para otro cupo que yo estaba interesado, la ciudadana Maria (sic) Ortiz, le responde que si, que tenia que hacer el deposito (sic) lo más antes posible ya que los vehículos, se iban entregar la semana siguiente, el deposito (sic) lo realice el 25.02.13., en el Banco Bicentenario en la agencia que se encuentra en Centro Comercial Cumana Plaza. Cumaná., por la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.34.000,00), viendo que pasaban las semanas, pasaba el tiempo, conversaba con ella a través de su teléfono en varias oportunidades, ella me respondía que ella si los iba a entregar, en varias oportunidades varias personas victimas (sic) del caso, ella los llamaba diciéndoles que en dos días estuvieran en caracas a los fines de entregarle los vehículos y en hora siguientes llamaba diciendo que el acto era suspendido, ella una vez vino a Cumana (sic), nos reunimos en el Parque Guaiqueri, todo fue un cuento, váyanse el dìa siguiente al Estado Cojedes para reunirnos con la Gobernadora Erika Farias que ella era la encargada de conseguirnos los vehículos, hasta la fecha seguimos en esperaEstaba (sic) en mi casa compartiendo con un primo de nombre Joifer Gonzalez(sic), me hizo el comentario que había dado el dinero a una amiga para el cupo de un vehiculo (sic) de gobierno, yo le pregunte que si había una oportunidad, el llamo a su amiga, al que el había contado para obtener el cupo del vehiculo (sic), esa amiga llamo a la señora MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, y le pregunto si había oportunidad para otro cupo que yo estaba interesado, la ciudadana Maria (sic) Ortiz, le responde que si, que tenia que hacer el deposito (sic) lo más antes posible ya que los vehículos, se iban entregar la semana siguiente, el deposito lo realice el 25.02.13., en el Banco Bicentenario en la agencia que se encuentra en Centro Comercial Cumana Plaza. Cumaná., por la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.34.000,00), viendo que pasaban las semanas, pasaba el tiempo, conversaba con ella a través de su teléfono en varias oportunidades, ella me respondía que ella si los iba a entregar, en varias oportunidades varias personas victimas (sic) del caso, ella los llamaba diciéndoles que en dos días estuvieran en caracas a los fines de entregarle los vehículos y en hora siguientes llamaba diciendo que el acto era suspendido, ella una vez vino a Cumana (sic), nos reunimos en el Parque Guaiqueri, todo fue un cuento, váyanse el dìa siguiente al Estado Cojedes para reunirnos con la Gobernadora Erika Farias que ella era la encargada de conseguirnos los vehículos, hasta la fecha seguimos en espera(folio 261); 52.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano DOUGLAS ROSENDO CEDEÑO ACOSTA, quien manifestó: “ Bueno por medio de un compañero, me entere de la información de los carros, cuanto era la inicial la inicial variaba de acuerdo al modelo del vehiculo (sic), mi inicial fue de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00) por un vehiculo (sic) modelo Orinoco, el cual este dinero fue depositado a la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, en el Banco Bicentenario, oficina Cumana Plaza, Cumaná, en enero del 2013, después de realizar el deposito le envié un correo confirmándole que ya le había hecho el deposito (sic), con copia de la cedula en digital para agilizar los tramites, nosotros nos reunimos con ella en dos ocasiones una donde nunca llego, que fue cuando se decidió a hacer la denuncia como tal y la otra que fue en el Parque Guaiqueri, que si vino por que se había enterado de la denuncia, nos informo que la señora Erika Farias iba a solicitar un crédito especial para la cancelación de las personas que iban a salir de la lista, los demás tenían que esperar el tiempo que fuera necesario para adquirir el vehiculo (sic), después de allí ella nos estuvo manguariando, dándonos falsas fechas para viajar, siendo yo uno de los organizadores de la logísticas, en uno de los mensajes que ella envió, “dice se planifico la entrega de los vehículos en Maracay para el dìa 01-09-2013”, hasta el sol de hoy tengo conocimiento que esta privada de libertad, de igual manera tengo conocimiento que ella quiere llegar a un acuerdo con las victimas (sic) para la cancelación del dinero(folio 263); 53.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano YONIS RAFAEL ARREDONDO GARCIA (sic), quien manifestó: “ Bueno por medio de mi esposa NORELYS GARCIA (sic) DE ARREDONDO, me dijo para adquirir un vehiculo (sic) del gobierno, del cual me gusto lo propuesta y le dije que si, ella me manifiesta que tengo que darle la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (sic) (12.000,00 Bs.), el cual ella deposito (sic) en el Banco Bicentenario oficina Cumana (sic) –Plaza. Cumana (sic), en fecha 31-07-2012, en la cuenta personal de la señora Maria (sic) Alejandra Ortiz Tovar, en vista de que yo trabajo en la población del Municipio Ribero. Cariaco, le dije a mi esposa que asistiera a todas las reuniones y diligencias que tuviera que ver con la adquisición de este vehiculo (sic). Ella era la que asistía a todas las reuniones realizadas por la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, e incluso viajo hacia la ciudad de Caracas y estuvo en la Fiscalia (sic) General, Asamblea Nacional y Vicepresidencia de la Republica (sic), en diligencias relacionada con este caso (folio 265); 54.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 18/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana NORELYS MARIA (sic) GARCIA (sic) DE ARREDONDO, quien manifestó: “ En fecha 25-07-2012, me entere de que había la posibilidad de adquirir un vehiculo (sic) del gobierno, por medio de los vecinos, le dije a mi esposo de nombre Yonis Arredondo, a el le gusto la idea de tener un vehiculo (sic), también le dije que el deposito (sic) para obtener el cupo era de DOCE MIL BOLIVARES (Bs.12.000,00), el me dijo que no había problema, yo asistí a la reunión y allí me dieron el numero (sic) de cuenta de la señora Maria (sic) Ortiz y el nombre del Banco donde debería depositar, luego mi esposo me dio el dinero y lo deposite en fecha 31.07.2012, en el Banco Bicentenario oficina Cumaná Plaza, Cumaná, a nombre de la señora Maria (sic) Ortiz, luego de eso ella vino en varias reuniones en el parque guaiqueri, viendo que transcurría el tiempo y no daba respuesta del dinero ni de carro, en la ultima reunión ella manifestó que el dinero depositado por las personas que optaron para adquirir el vehiculo fue destinado para la campaña electoral y que la señora Erika Farias iba a pedir un crédito adicional para la entrega de los carros, luego de tanto engancho (sic) y mentiras por parte de la señora Maria (sic) Ortiz, decidimos poner la denuncia, hasta la fecha no nos hemos comunicado con ella y fuimos a Caracas hasta Fiscalia (sic) General, Asamblea Nacional y Vicepresidencia de la Republica (sic) para que conocieran del caso en vista de que estaba implicada una funcionaria del gobierno y por la cantidad de personas estafadas por ella(folio 268); 55.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana SARAY CECILIA JIMÉNEZ (sic) GARCIA (sic), quien manifestó: “ Que a principio del año 2012, no recuerdo exactamente la fecha mi prima de nombre LISBETH GARCIA (sic), quien es victima (sic) también en esta causa, me informo que por medio de la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR Y ERIKA FARIAS, se iban a contactar unos vehículos a precios solidarios por el gobierno, el cual me interese por la propuesta y depositar la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (sic) (sic) (Bs.12.000,00), en el Banco Bicentenario- Cumaná, en el 2012, no recuerdo la fecha exacta, una vez que deposite, nunca fui a las reuniones ya que me informaba mi prima de todo que se hacia en las reuniones, solo una vez en diciembre del año 2012, que fui a Caracas en compañía de otras personas que iban a la entrega de los carros, allá en caracas mi prima Lisbeth hablo por teléfono con MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR , y ella le informo que la entrega la había suspendido, de allí yo tuve información por que mi prima me la bajaba, que si había reuniones en el Parque Guaiqueri y así, decirte que nunca fui a una reunión, ni la vi ni la conocí. (folio 270); 56.- ACTA DE ENTREVISTA de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano LISBETH MARIA (sic) GARCIA, quien manifestó: “ Bueno yo me entere de esa promoción de vehículos por medio de mi hermana Norelys García y mis vecinas, eso fue aproximadamente hace como dos años, luego la señora Maria (sic) Alejandra Ortiz Tovar vino a Cumaná, y me fui con mi hermana para esa reunión que ella tenia (sic) y hable directamente con Maria (sic) Ortiz, ella me dio su numero (sic) de teléfono que la llamara posteriormente para ver que me podía ofrecer, yo hable con ella me dijo que había la posibilidad de una camioneta Chery Tigo, de color rojo, yo le dije que si, me dio su número de cuenta personal el cual deposite en el Banco Bicentenario- oficina Cumaná Plaza- Cumaná, la cantidad de VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic) (Bs.21.000,00), no recuerdo exactamente la fecha del deposito (sic), pero fue año 2012, luego que le informe la señora Maria (sic) Ortiz, que había realizado el deposito (sic) me dijo que esperara que ella llamaba para asistir a una reunión a los fines de finiquitar la entrega, había que esperar un poquito por esos papeles habían que enviarlos al CETRA, posteriormente elaborar las carpetas con sus respectivos documentos ya que estas iban a ser entregadas a los personas que solicitaron dichos vehículos, en vista de transcurrir el tiempo, ella dio muchas fechas de entregas, que si en Valencia, Caracas, Maracay, en Anzoátegui a través del Gobernador Tarek Williams Saab y aquí en Cumana (sic) el Gobernador Enrique Maestre, yo asistí a varias reuniones en los Hoteles Venetur, Barcelo, Bordones y las ultimas se realizaron en el Parque Guaiqueri, allí dijo la señora Maria (sic) Ortiz, que ese dinero se había utilizado para la ultima campaña del Presidente Chávez y Erika Farias estaba pidiendo un crédito adicional para devolver a cada quien su dinero, hubo personas que le dijeron que en vista del tiempo, iban a elaborar un documento donde un grupo de personas afectadas se trasladarían a Cojedes a conversar con Erika Farias, la señora Maria (sic) Ortiz dijo que no había problema y ella los acompañaba, asimismo, ella siempre venia a Cumaná, con una chemise identificada como Licenciada Maria (sic) Ortiz, de hecho una vez que el presidente vino a Cumaná en una Campaña Electoral por la Avda. Panamericana, ella iba montada en un camión con Erika Farias, yo las veces que la llame me atendía y las veces que programábamos las reuniones ella venia siempre daba la cara, la ultima vez que vino, yo le pregunte que había pasado, ella me respondió que le habían dado la espalda y que la política era lo peor que puede existir e incluso iba a devolverle el dinero y con un poquito más por el tiempo, que eso era una indemnización igual que ella nos había ofrecido nos iban exonerar dos meses de seguro por el tiempo que tuvimos esperando, de hecho devolvió dinero algunas personas afectadas, de allí lo que supimos fue que estaba detenida, de allí empezamos a reunirnos en grupos para así realizar todos estos tramites que estamos haciendo (folios 272-273); 57.-OFICIO N° 01342/14, de fecha 04-06-2014, emanado de la oficina de talento humano de la Gobernación del Estado Cojedes, donde manifiesta que la ciudadana MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, titular de la cédula de identidad N° V. 15.629.940, no pertenece a ningún ente centralizado o descentralizado de la Gobernación del Estado Cojedes. (275); 58.-ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano RODNEY JOSE (sic) GONZALEZ(sic) DELGADO, quien manifestó: “ Yo conocí a señora Maria (sic) Ortiz Tovar por medio de la señora Mercedes Zerpa quien es victima (sic) en esta causa, ella era la que tenia contacto directo con la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ, ella nos ofreció a nosotros, digo nosotros por que para ese dìa fuimos varias personas a conversar con la señora MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, en el Hotel VENETUR, nos dio unas informaciones con respecto a los vehículos del gobierno, donde había que dar una inicial y por la rapidez que era el proceso había que depositarle en su cuenta personal a mi me toco depositar la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00), y que le pasara un correo con el bouche del deposito a su correo electrónico mariale.socialista@hotmail.com, nos dio sus números de teléfonos para contactos directos con ella 0426.2402877-0412-4748848-0416-5725929, el contacto, lo perdimos con ella hace cuatro meses, yo le escribía mensajes y no me respondía, asistí aproximadamente como a seis o siete reuniones con ella en diferentes sitios entre ellos Hotel Nueva Toledo, Parque Guaiqueri allí fueron dos veces, en una reunión que estuve en el Parque Guaiqueri nos menciono que teníamos que ir a la ciudad de Cojedes para resolver lo de los vehículos y entregando la evidencia de lo que habíamos gastados en los vehículos, a la gobernación del Estado Cojedes, directamente con la Gobernadora Erika Farias, ella nos decía que era educadora, que trabajaba en el Ministerio del Poder Popular para las Comunas.(folio 276); 59.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano YOHIFER EMILIO GONZALEZ (sic) SOTO, quien manifestó: “ Bueno por medio de mis compadres quienes también son victimas (sic) en esta causa, los señores Wendy Silva y el Rodney González, ellos me dijeron sobre la oferta de unos carros del gobierno, que esta ofreciendo la señora Maria (sic) Ortiz, a mi me gusto la oferta, aunque estoy claro que el deposito (sic) se estaba haciendo a nombre de una persona natural y no de una Institución del Gobierno o del Estado que era de donde provenían los vehículos (carros chinos financiados por el Estado), yo deposite el dìa 25.02.2013, la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00), en el Banco Bicentenario sucursal Avda. Santa Rosa Cumaná, yo hasta ese momento no la conocía, ni personalmente, ni telefónicamente había hablado con ella, hasta un dìa que se convoco una reunión en el Parque Guaiqueri en la cual ella expreso que las personas que estaban interesadas en devolverle el dinero, le podían enviar sus datos a un correo que ella dio, pero yo no lo tengo, y que las personas que querían esperar por la entrega de los vehículos tuvieran un poquito de paciencia, que ella había conversado con la señora Erika Farias Gobernadora del Estado Cojedes, que ella estaba haciendo las gestiones para entregar los vehículos y esperando un crédito adicional para entregarle el dinero a las personas que estaban pidiendo el reintegro de su dinero; varias personas le preguntaron si de verdad eso se iba dar, si valía la pena esperar, ella dijo que si, que estuvieran paciencia que ella dentro de poco iba a llamar para decir donde se iba a realizar la entrega de los correos, en que ciudad por supuestamente habían varios puestos de entregas entre ellos Puerto Cabello, Fuerte Tiuna, en Sucre en un acto político con el gobierno de calle (folio 278 al folio 279); 60.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano DOUGLAS RAMON (sic) GARCIA (sic), quien manifestó: “Tuve contacto con la señora Maria (sic) Ortiz a través de un sobrino JESUS (sic) DAVID RONDON (sic), quien es victima (sic) también en la causa, me hablo de la oferta de unos vehículos del gobierno, me gusto la oferta, ya que vi a la señora con guardaespaldas, supuestamente tenían bastante vinculo (sic) por ese tiempo con la Ministro de las Comunas que para ese entonces ERIKA FARIAS, actualmente Gobernadora del Estado Cojedes, viendo que tenia bastante conexión con funcionarios del gobierno decidí depositar la cantidad de VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic) (21.000,00Bs), en su cuenta personal del Banco Bicentenario oficina de la Avda. Santa Rosa, en el año 2012, no recuerdo exactamente la fecha del deposito, asistí a varias reuniones donde ella se hospedaba en los Hoteles Los Bordones, Venetur y en el parque Guaiqueri, lo ultimo (sic) que nos dijo fue que no había hecho la entrega de los vehículos, por que la candidata para ese momento a la Gobernación del Estado Cojedes Erika Farias tomo los recursos para la campaña.(folio 280 al folio 281); 61.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 20/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana JOIRIS JAQUELINE JARAMILLO PEREZ (sic), quien manifestó:“ Bueno a través de una amiga la señora ANA CAMPOS, también es victima (sic) en la causa, ella me comento que había la posibilidad de adquirir unos carros del gobierno a bajo costo y que la persona tenia que estar inscrita en el PSUV y ser Chavista, es decir estar con el proceso, ella me dio el número telefónico de la señora Maria (sic) Ortiz y yo me comunique con ella, luego hable con MARIA (sic) ORTIZ, me dijo que era un proceso político, que tenia que tener un poquito de paciencia que eso era netamente político, que había oportunidad de adquirir los carros y me dio su numero (sic) de cuenta personal para que le depositara, para ese entonces el deposito (sic) era de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.13.000,00) la inicial , más OCHO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.8.000,00), para un total de VEINTIUN MIL BOLIVARES (sic) (21.000,00), que fue el deposite que realice a nombre de mi mamá NORIS MARGARITA PEREZ (sic) , titular de la cédula de identidad Nº V. 4.514.329, a la cuenta de la señora Maria (sic) Ortiz, asimismo le hice un deposito a mi hermana YOICE JARAMILLO, por la cantidad de SIETE MIL BOLIVARES (sic) para completar el monto de una camioneta marca Chery Tigo, ya que mi hermana había depositado la cantidad de TRECE MIL BOLIVARES (sic) (BS.13.000,00), también le hice el deposito a mi hermano HECTOR FLORES, titular de la cedula de identidad Nº 13.057.840, por la cantidad de DOCE MIL BOLIVARES (sic) (Bs.12.000,00), luego la señora Maria (sic) Ortiz, convoco a una reunión y esa reunión se hizo en mi casa, allí ella nos explico los tramites para la entrega de los carros y entrega de los documentos del seguro, también nos dio fecha para el primero de mayo de 2012 y luego fue posponiendo las fechas que hasta el mismo presidente Chávez iba hacer la entrega de los carros, cuando la tragedia de Cumanacoa, ella dijo que la entrega se había suspendido par la tragedia, luego así sucesivamente, yo la llamaba para preguntarle que pasaba con la entrega de los vehículos, e incluso me llego a decir que los carros los habían traído a Puerto La Cruz, y así prácticamente me estaba engañando, ella quedo en entregar el dinero por que la plata que supuestamente recogió era para la campaña del presidente, ella también andaba mucho con la Gobernadora Erika Farias, la mencionaba mucho, e incluso yo la vi con ella en una camioneta y andaban con el presidente. (folio 282 al folio 283); 62.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano JESUS (sic) DAVID RONDON (sic) GARCIA (sic), quien manifestó: “Me entere de la adquisición de los vehículos por medio de la señora Ana Campos, el cual me interese en la oferta y le pedí el numero de teléfono de la señora Maria (sic) Ortiz, yo la llame le pregunte que carro había disponible, ella me dijo que había disponibilidad de distintos vehículos chinos y Toyota FORTUNER, yo le dije que me anotara en una Toyota FORTUNER, que la inicial eran CUARENTA MIL BOLIVARES (sic) (40.000,00) Y EL COSTO TOTAL ERAN DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (sic), (Bs.200.000,00), también hice el deposito (sic) de TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.34.000,00) el cual era para la inicial para un vehiculo (sic) NISSAN FRONTIER, el costo total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000,00), además le di TREINTA MIL BOLIVARES (sic) (BS. 30.000,00), en efectivo, para que una persona amiga de la señora Maria (sic) Ortiz, encargada de la parte de los créditos me realizara un proyecto sobre telecomunicaciones, pero para la adquisición de los vehículos deposite la cantidad de CIENTO VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic) (121.000,00), los cuales deposite en fecha 31-05-12-, 17-07-2012, 28-08-2012, 29-08-2012, en el Banco Bicentenario – sucursal Cumanagoto y Cumana (sic) Plaza- Cumana (sic), los CUARENTA MIL BOLIVARES (sic), (40.000,00), fueron hechos a través de transferencia de Banesco- online, en año 2012, todo eso lo hice a la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, ella, venia mucho a Cumaná, por lo menos daba la cara, respondía los mensajes, llamaba a las personas, e incluso a todas las personas que le pidieron la devolución del dinero ella se los devolvió, en la ultima reunión que ella vino e hizo, dijo que el dinero que habíamos dado, fue dispuesto para la campaña electoral por orden de la Gobernadora Erika Farias. (folio 288 al folio 291); 63.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 19/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano JUAN MANUEL RODRÍGUEZ (sic) DIAZ (sic), quien manifestó: “Me entere de la adquisición de los vehículos por medio de la señora Ana Campos, el cual me interese en la oferta y le pedí el numero de teléfono de la señora Maria (sic) Ortiz, yo la llame le pregunte que carro había disponible, ella me dijo que había disponibilidad de distintos vehículos chinos y Toyota FORTUNER, yo le dije que me anotara en una Toyota FORTUNER, que la inicial eran CUARENTA MIL BOLIVARES (sic) (40.000,00) Y EL COSTO TOTAL ERAN DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (sic), (Bs.200.000,00), también hice el deposito (sic) de TREINTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (sic) (Bs.34.000,00) el cual era para la inicial para un vehiculo NISSAN FRONTIER, el costo total de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (sic) (Bs.180.000,00), además le di TREINTA MIL BOLIVARES (sic) (BS. 30.000,00), en efectivo, para que una persona amiga de la señora Maria (sic) Ortiz, encargada de la parte de los créditos me realizara un proyecto sobre telecomunicaciones, pero para la adquisición de los vehículos deposite la cantidad de CIENTO VEINTIUN (sic) MIL BOLIVARES (sic) (121.000,00), los cuales deposite en fecha 31-05-12-, 17-07-2012, 28-08-2012, 29-08-2012, en el Banco Bicentenario – sucursal Cumanagoto y Cumana (sic) Plaza- Cumana (sic), los CUARENTA MIL BOLIVARES (sic), (40.000,00), fueron hechos a través de transferencia de Banesco- online, en año 2012, todo eso lo hice a la cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, ella, venia mucho a Cumaná, por lo menos daba la cara, respondía los mensajes, llamaba a las personas, e incluso a todas las personas que le pidieron la devolución del dinero ella se los devolvió, en la ultima reunión que ella vino e hizo, dijo que el dinero que habíamos dado, fue dispuesto para la campaña electoral por orden de la Gobernadora Erika Farias. ( folio 292 al 293 ); 64.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 27/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano DANIEL JOSE (sic) ASTUDILLO GUILIANI, quien manifestó:“ Me entere por medio de mi colega Wendy Silva, quien es victima (sic) también en este caso, ella cuando me informa sobre la adquisición de carros del gobierno, nos reunimos con la señora MARIA (sic) ORTIZ, en el Hotel Nueva Toledo, la señor Maria (sic) Ortiz, me dice que si había oportunidad para la entrega de los vehículos, ya que la entrega estaba pauta para un lapso de dos semanas, me solicito que depositara en el Banco Bicentenario a una cuenta a su nombre la cantidad de DIEZ MIL BOLIVARES (sic), el cual los deposite a finales del mes de Noviembre del 2012, en el Banco Bicentenario y luego que le enviara copia del deposito (sic) por correo electrónico, en varias ocasiones nos reunimos con ella, por que la entrega de los vehículos no se había realizados, notificándonos ella que la gobernadora del Estado Cojedes iba a solicitar un crédito adicional a los fines de cancelar a las personas que habían depositados para la adquisición de los vehículos, yo en varias oportunidades le envié mensajes a los fines de preguntarle el por que de la demora de la entrega de los vehículos, en unos de los mensajes enviados, de fecha 13-08-2013, ella me responde el 15-08-13, “Hola buen dìa se esta cuadrando para un domingo posiblemente el 1 de Septiembre de 2013 ” , de allí no tuve más contacto con ella. (Folio 294 al folio 295); 65.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por la ciudadana SULMA ANGELICA (sic) GALANTON DE ALMANDOZ, quien manifestó: “Por medio de la señora MARIA (sic) GARCIA, me informo que su hijo JESUS (sic) DAVID RONDON (sic), quien es victima (sic) en la causa, tenia la facilidad de que yo adquiriera un vehículo a través de la señora Maria (sic) Ortiz, el me dijo que la primera parte eran CINCO MIL BOLIVARES (sic) (5.000,00) y la otra parte eran SIETE MIL BOLÍVARES (Bs.7.000,00), el cual el me hizo el primer deposito (sic) de cinco mil bolívares (5.000,00) y cuando yo regrese de Colombia deposite los otros Siete Mil Bolívares ((Bs.7.000,00), para un total de doce mil Bolívares (Bs.12.000,00), que deposite en el Banco Bicentenario sucursal Avda. Santa Rosa. Cumana (sic), en la Cuenta personal de la señora Maria (sic) Ortiz, en fecha 07-09.-2012, yo estuve en varias reuniones con ella el cual nos ofrecía varias cosas, que eso era para el seguro, que iba a realizar las carpetas, que la entrega nos la iba hacer el gobernador de Sucre, luego nos dijo que no iba hacer aquí que iba hacer la entrega por el Estado Anzoátegui, una vez nos informo que teníamos que ir al despacho de la Gobernadora Erika Farias, para corroborar que ella no estaba mintiendo, que habían solicitado un crédito adicional para la cancelación del dinero a las personas que habíamos depositados. (folio 296 al 297); 66.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 30/06/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano JOSE (sic) GREGORIO PARRA MARCANO, quien manifestó: “ Bueno en año 2012, a mediados del mes de Abril, me entere por medio de mi amiga Mercedes López, que ella estaba en un plan de créditos de vehículos otorgados por el gobierno nacional, entonces me dijo que había la oportunidad de adquirir un vehiculo (sic) y habían dos cupos unos de Trece mil Bolívares (Bs.13.000,00) para un vehículo Chery Orinoco, y el de Veinticuatro Mil Bolívares (Bs.24.000,00), para una camioneta Chery Tigo, esa información se la hizo llegar Maria (sic) Ortiz a la señora Mercedes López, luego ella me la trasmitió a mi, yo viendo la posibilidad y facilidad le hice un deposito (sic) por la cantidad de Trece Mil Trescientos Bolívares (Bs. 13.300,00), a la señora Maria (sic) Ortiz, en su cuenta personal en el Banco Bicentenario, a mediados de Abril 2012, luego de haber realizado el deposito (sic) llame a la señora Maria (sic) Ortiz, informándole que había depositado la cantidad de Trece Mil Trescientos Bolívares (Bs. 13.300,00), en ese mismo mes, la señora Maria (sic) Ortiz, nos informo de una reunión a varios de los depositantes en el Hotel VENETUR- Cumana (sic), para informar sobre la entrega de los carros, luego fui a una reunión el Hotel Los Bordones y a otra en el Hotel Nueva Toledo, en todas las reuniones siempre ella sacaba una excusa, de el por que no se habían entregados los vehículos, siempre decía que era por la enfermedad del Presidente Chávez. (folio 298 al 299); 67.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 01/07/2014, formulada ante la Fiscalía Séptima del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, por el ciudadano ALBERTO JOSE (sic) DE OLIVEIRA SÁNCHEZ, quien manifestó: “ Bueno, me entere por medio de una compañera de trabajo señora Maria (sic) Ramos Oyoque, ella me comenta que la a mamá VIANNELLYS OYOQUE quien es victima (sic) en la causa, la cual le estaban ofreciendo adquirir unos vehículos financiados por el gobiernos, pero de igual había que dar una inicial, en mi caso deposite la cantidad de VEINTIDÓS MIL BOLIVARES (sic) (Bs. 22.000,00), en el Banco Bicentenario sucursal Cumanagoto, Cumaná, el dìa 28-01-2013, a la cuenta personal de la señora MARIA (sic) ORTIZ TOVAR, una vez realizado el deposito la entrega de los vehículos se realizaría en un mes aproximadamente, pero entre excusas y excusas nunca se dio la entrega de los vehículos, ella siempre postergaba la entrega, vía telefónica, en una ocasión si vino personalmente nos reunimos en el hotel Venetur, y nuevamente postergo la entrega de los vehículos, eso fue aproximadamente entre los meses de julio y agosto de 2013, luego de eso al mes siguiente como no vi nada de la entrega de los vehículos ni esperanza tampoco, empecé a escribirle para que me devolviera mi dinero, ella me respondió una sola vez el día 11.12.2013, me dijo “ buenas tardes, si ya tengo sus datos y espero efectivo para depositarles”, luego de allí no he tenido más comunicación con ella, sin embargo, el grupo de víctimas siempre nos reunimos y planteamos como vamos hacer con la finalidad de recuperar el dinero. (folio 300 al folio 301). Ahora bien, el Tribunal considera que con los hechos antes descritos, así como con los elementos que conforman el presente asunto se ponen de manifiesto los numerales 1 y 2 del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, la existencia de un hecho punible que merezca pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentre evidentemente prescrita; así como se ha verificado que en actas surgen fundados elementos de convicción para estimar o presumir que la imputada MARIA (sic) ALEJANDRA ORTIZ TOVAR (antes identificada), haya sido autora o partícipe en la comisión del delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal…”

Es decir los hechos alegados e imputados por el Ministerio Público, concatenados con el resultado inicial de las diligencias de investigación llevadas a cabo en tan corto tiempo transcurrido entre la denuncia interpuesta y la aprehensión de la imputada de autos, fue considerada suficiente por la juzgadora A Quo para así estimar el cumplimiento del primer requisito del artículo 236 ejusdem, señalando incluso cómo se establece la relación de la misma con los hechos recién investigados, que van estableciendo esas probabilidades, sospechas, presunciones e indicios de los que hemos hablado en el contenido inicial de la presente sentencia.

De seguidas la juzgadora de la causa, analizó el contenido del segundo requisito del artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez que concatenado el contenido de las Actas procesales, más sin embargo esa lista de actuaciones o resultados de diligencias de investigación, fue suficiente en opinión del juzgador para formar criterio, emerger elementos suficientes que señalaran a la imputada de autos, aún cuando no permiten llegar a la certeza judicial, deben constituir indicios graves, permitir presumir la veracidad de los hechos y soportar fundadamente la imputación criminal que se haga, lo cual consideran quienes aquí decidimos que fue acertadamente realizado por el juez A Quo a lo largo de su decisión hoy recurrida. Así tenemos sobre el particular que cita en su decisión y antes transcrito, mediante los cuales se evidencian estos resultados obtenidos.

De manera que al revisar el contenido de estas actas procesales antes citadas e identificadas, por medio de ellas se logró en el transcurso de la investigación llevada a cabo, a las entrevistas con las víctimas de autos, establecer por el juzgador de la causa la vinculación inicial de la representada de la recurrente con el acto de presunta estafa.

Es importante para esta Alzada de igual manera dejar claro cual es la correcta interpretación que ha de dársele al contenido en su parte inicial o encabezamiento del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que quien recurre en su parte inicial del escrito recursivo se inicia exponiendo y calificando como “ Consideraciones Previas”, su criterio en lo que respecta a la aplicación en el caso que nos ocupa del juzgamiento en libertad de su representada, para lo cual considera ha debido aplicarse la modalidad de medida cautelar contenida en el ordinal 3 del antes mencionado artículo.

Este planteamiento ab inicio de quien recurre, se vislumbra contradictorio con el resto de sus alegatos, toda vez que considera, y así fue explanado en el escrito recursivo, que en la decisión mediante la cual se decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad a su representada no se cumplían de manera concurrente los requisitos que el legislador exige en el artículo 236 d el Código Orgánico Procesal Penal.

La contradicción del criterio explanado se centra en cuanto a que, para la procedencia del decreto u otorgamiento por parte del juzgador de una medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad, DEBE, como la misma frase lo dice, SER PROCEDENTE, en primer término, la MEDIDA DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD. De lo contrario a cuál medida sustituirá la medida cautelar que se solicitare?

Al unísono de esa afirmación, no podemos obviar ni olvidar que como lo reza el mismo artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, el decreto de una medida cautelar en cualquiera de sus modalidades, es de carácter Facultativo del juzgador, una vez que se analizan todas las circunstancias, presunciones, elementos de convicción que estimen necesarias para acordarla, o para negarlo. Es decir, la consideración del juzgador de que la medida de privación de libertad pueda ser satisfecha con la aplicación de otra medida. Pero importante, se han de dar, se han de tener satisfechos los tres requisitos exigidos por el legislador en el artículo 236 Ejusdem.

En cuarto lugar, argumenta la recurrente una inmotivación en la decisión recurrida, considerando que se incurrió en una vieja practica del sistema inquisitorio derogado, como sabemos con el Código de Enjuiciamiento Criminal, pero hoy día desterrado de nuestro sistema procesal Penal, sin lugar a dudas, y para argumentar aún más sus alegatos, manifiesta el criterio referido a la Motivación de las sentencias por nuestra jurisprudencia de la Casación Venezolana, emitiéndo criterio amplio al respecto, más sin embargo no cabe dudas para esta Alzada que las mismas están referidas a la Motivación exigida como requisito indispensable en las sentencias definitivas dictadas por los Tribunales de la República.

Lo antes dicho, podemos refrendarlo con el contenido de las sentencias emitidas por la Sala Constitucional de nuestro máximo Tribunal de la República, cuando tal vicio de inmotivación es opuesto o invocado en relación a la decisión que se dicta para el decreto de la medida de privación judicial preventiva de libertad. En este sentido podemos citar lo emitido en sentencia N° 499 del 14/04/2005, Sala Constitucional, ponencia del Magistrado Pedro Rafael Rondón Haaz, en la cual entre otras cosas se expuso:

OMISSIS: “ …En todo caso, debe recordarse, a estos efectos, que la Sala ha establecido que, en virtud de la etapa del proceso en la cual es dictada, no es exigible, respecto a la decisión por la cual se decrete, en la audiencia de presentación del imputado, la medida cautelar de coerción personal, una motivación que se desarrolle con la exhaustividad que es característica de otras decisiones. Así, en su fallo N° 2799, de 14 de noviembre de 2002, esta Sala estableció lo siguiente: “…Si bien es cierto que el referido pronunciamiento judicial debía ser motivado y que tales motivaciones no están expresadas en el objeto del auto que dictó el Juez de Control, como culminación de la antedicha audiencia, no lo es menos que tal fundamentación se encuentra suficientemente desarrollada en el auto de imposición de medida de coerción personal que se dictó… Por consiguiente, …por cuanto si se toma en cuenta el estado inicial del proceso penal, a la misma no pueden serle exigidas las mismas condiciones o características de exhaustividad que corresponden a otros pronunciamientos, como los que derivan de la Audiencia Preliminar o el Juicio Oral…”

El criterio antes citado, ha sido ratificado mediante sentencia N° 499 del 14/04/2005, Sala Constit6ucional.

De manera que considera esta Alzada que la decisión recurrida la excepción de la privación de libertad decretada se encuentra debidamente argumentada, pues plasmó en ella un análisis de las circunstancias fácticas del caso sometido a su consideración, tomándo para ello en cuenta el principio de la legalidad, la existencia de indicios o presunciones racionales de criminalidad en el caso concreto, para asumir y así decretar la medida excepcional, subsidiaria, provisional y necesaria en el caso de autos, considerando para ello suficientes elementos de convicción que permitieron sustentar el decreto de la medida contra la cual se interpuso el recurso que nos ocupa.

De ser requerida en toda su amplitud y profundidad, exigirle al Juez de Control en esta etapa, por una parte inicial, por otra parte inconclusa, una motivación amplia y exhaustiva, sería exigir que dicho Juez se pronuncie al fondo del asunto, facultad ésta que no le está concedida en esta etapa procesal, por cuanto pudiera vulnerarse con ello la presunción de inocencia, e incluso invadir la esfera de competencia del Juez de juicio o del enjuiciamiento.

Ahora bien, uno de los requisitos que debe cumplir la motivación en toda decisión es la racionalidad, la cual implica que la decisión debe exteriorizar un proceso de justificación de la decisión adoptada que posibilite el control externo de sus fundamentos, y además, que para tal justificación se utilicen argumentos racionales, es decir, válidos y legítimos, pues deben articularse con los principios y normas del ordenamiento jurídico vigente.

Estas circunstancias considera esta Alzada, podemos encontrarlas plasmadas en el contenido de la decisión recurrida, tal como ha quedado expuesto en parágrafos anteriores en los que se transcribe lo establecido y considerado demostrado en criterio del Juez A Quo, de una manera clara y coherente con el contenido de las actas procesales analizadas y en cuyo contenido aún cuando fueron enumeradas o señaladas se puede verificar que acertadamente permite a la partes procesales conocer el fundamento de la medida excepcional decretada.

No debemos olvidar el criterio de la autonomía e independencia de la que gozan los jueces al decidir, los cuales si bien, deben ajustarse a la Constitución y a las Leyes al resolver una controversia, disponen de un amplio margen de valoración del derecho aplicable a cada caso, por lo cual pueden interpretarlo y ajustarlo a su entendimiento, como actividad propia de su función de juzgar; salvo que viole notoriamente derechos o principios constitucionales, lo cual no se ha verificado en el caso que nos ocupa.

Lo antes afirmado, nos sirve de fundamento por otra parte para afirmar, la errada apreciación explanada por la recurrente de autos, en cuanto a considerar la violación del debido proceso, el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva y la presunción de inocencia de su representada, por cuanto se observa que del contenido de la decisión recurrida, se encuentra fundada, pues contiene el análisis de las circunstancias objetivas, referidas a los hechos del caso, como las de orden subjetivas, referidas a la imputada, plasmando de manera clara la forma, modo y medios por las cuales consideró el establecimiento de la participación de la misma, de ello no cabe dudas para esta Alzada que se fundamentaron.

Ante todas estas argumentaciones expuestas, este Tribunal Colegiado considera que no le asiste la razón a la recurrente de autos, por lo que de igual manera examinado en su amplitud el contenido de la decisión recurrida, concluye que la misma se encuentra ajustada a derecho, lo cual trae como consecuencia que el recurso de apelación interpuesto, deba ser declarado SIN LUGAR. Y ASÍ SE DECIDE.


D E C I S I Ó N

Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por las abogadas MILZYS BEATRIZ ROMERO CORONA y MERY MARGARITA SILVA, Defensoras Privadas de la ciudadana MARIA ALEJANDRA ORTIZ TOVAR, contra decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 13 de Marzo de 2015, mediante la cual decretó PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de la ciudadana antes mencionada, por la presunta comisión del delito de ESTAFA CONTINUADA, previsto y sancionado en el artículo 462 concatenado con el artículo 99 ambos del Código Penal. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión recurrida.

Publíquese. Regístrese. Remítase al Tribunal A quo a quien se comisiona a los fines de notificar a las partes.
La Jueza Presidenta,


Abg. CARMEN SUSANA ALCALÁ

La Jueza Superior, Ponente,


Abg. CECILIA YASELLI FIGUEREDO

La Jueza Superior,


Abg. LOURDES SALAZAR SALAZAR
El Secretario,


Abg. LUIS A. BELLORÍN MATA



Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.

El Secretario,


Abg. LUIS A. BELLORÍN MATA

Exp. 2015-173.