CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN

Carúpano, 18 de Noviembre de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-002275
ASUNTO: RP11-P-2012-002275

Visto el escrito presentado por el Abg. Edgar Alexander Brito en su condición de defensor del penado José Alejandro Hernández Farías, titular de la cédula de identidad Nº 5.912.160, mediante el cual solicita se deje sin efectos la orden de aprehensión librada contra su defendido mediante oficio RJ11OFO2014007823, de fecha 21 de Julio del 2014, toda vez que el mismo actualmente se encuentra en espera de evaluación para determinar su aptitud para acceder al Beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena y aún sigue apareciendo como solicitado, solicitando igualmente se libren oficios al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas , Carúpano y al SIIPOL a los fines de que se excluya del sistema la aludida orden de aprehensión y que se le acuerden Dos,(2), copias certificadas del auto que resuelva su solicitud; Este Tribunal pasa a resolver en los siguientes términos:

Efectivamente de la revisión de la presente causa, de evidencia, que mediante oficio RJ11OFO2014007823, de fecha 21 de Julio del 2014, el Tribunal Primero de Control , de esta extensión judicial, ordenó la aprehensión del ciudadano José Alejandro Hernández Farias, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.189.950, Natural de esta Ciudad, mayor de edad, nacido en fecha 21-03-1987, soltero, comerciante, residenciado en la Invasión La Esperanza, Calle 01, Parcela N° 06, detrás del Sector Las Malenas, Carúpano Municipio Bermúdez, Estado Sucre, hijo de Rosa Hernández y José Hernández, a quien se le sigue asunto, por la comisión del delito de: por la comisión del delito de Invasión, en perjuicio de Elizabeth Del Carmen Baldivian Rivas. Así mismo se evidencia que, efectivamente el referido ciudadano fue capturado en su oportunidad y puesto a la orden del Tribunal, donde continuó su proceso, siendo condenado por el procedimiento de admisión de hechos y habiéndose ejecutado la Pena respectiva mediante auto de fecha 25 de Agosto del año en curso, auto en el cual, se ordenó su evaluación para determinar su aptitud para acceder al beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena, encontrándose en estos momentos en espera de la practica de la evaluación referida en situación de libertad ; sin embargo por cuanto la aludida orden de aprehensión aún esta en el sistema SIIPOL cualquier detención que sea practicada a dicho ciudadano en base a la misma constituiría una privación ilegitima de libertad, toda vez que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 44 ordinal 5º dispone que Ninguna persona continuara en detención después de dictada orden de excarcelación por la autoridad competente….por lo que tal detención sería violatoria de sus derechos, razón por la cual este Tribunal, ordena la inmediata Desincorporación, del sistema SIIPOL la orden de aprehensión librada contra el ciudadano José Alejandro Hernández Farias, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.189.950, Natural de esta Ciudad, mayor de edad, nacido en fecha 21-03-1987, soltero, comerciante, residenciado en la Invasión La Esperanza, Calle 01, Parcela N° 06, detrás del Sector Las Malenas, Carúpano Municipio Bermúdez, Estado Sucre, hijo de Rosa Hernández y José Hernández, a quien se le sigue asunto, por la comisión del delito de: por la comisión del delito de Invasión, en perjuicio de Elizabeth Del Carmen Baldivian Rivas, remitida al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas mediante oficio RJ11OFO2014007823, de fecha 21 de Julio del 2014 en la causa Nº RP11-P-2012-002275. Líbrense oficios a la Sub – delegación Estadal Carúpano; al departamento de consultoría jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas oficina central y al SIIPOL a los fines de la desincorporación del sistema de la Órden de Aprehensión respectiva, remitiendo anexa copia certificada de la presente decisión y del auto de concesión de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena respectiva. Se acuerdan las copias solicitadas. Notifíquese al fiscal y a la defensa participando la presente decisión. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Luis Mariano Marsella

La Secretaria.
Abg. Laimalia Moya.