REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Sección Adolescentes - Cumaná
Cumaná, 19 de Noviembre de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2015-000250
ASUNTO : RP01-D-2015-000250
Por recibido el presente expediente, proveniente de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, el cual fue solicitado, con la finalidad de proveer sobre la petición realizada por la Abg. Beatriz Planez, en su carácter de Defensora Pública Penal del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, , a quien se le inicio investigación, por la presunta comisión del delito de violación, previsto en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadanaxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.
Este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes, se pronuncia en los términos siguientes:
PRIMERO
En fecha 05-05-2015, (folio 16) al adolescente Cristian José García Monasterio, fue sometido a medida cautelar sustitutiva, de conformidad con el artículo 582 literales “C” y “F” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en presentaciones periódicas cada cuarenta y cinco (45) días, por ante el puesto policial de Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni del Estado Sucre, así mismo se le prohíbe comunicación con la victima y familiares de la misma.
SEGUNDO
La solicitante fundamenta su petición, en lo siguiente : “ … solicito el cambio de lugar de cumplimiento de la medida cautelar sustitutiva de presentaciones periódicas … por cuanto mi auspiciado se encuentra domiciliado en San Antonio Del Golfo Municipio Mejías Sector El Chispero, calle los andes casa s/n tal como se evidencia de constancia de residencia …”.
TERCERO
Ahora bien, previa revisión de las actas que conforman el presente expediente y la documentación consignadas por la defensa, se evidencia que el adolescente de autos le fue impuesto el régimen de presentaciones periódicas cada cuarenta y cinco (45) días, por ante el puesto policial de Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni del Estado Sucre y visto que esta consignando un documento expedido por una autoridad regional en la que deja plasmado que el adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, habita en el Municipio Mejías, es por lo que considera procedente y ajustado a derecho, es declarar con lugar la solicitud realizada; y acuerda el cambio del sitio de presentación del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, para la misma se materialice ante el puesto policial de San Antonio del Golfo, Municipio Mejías, manteniéndosele el contenido de las medidas cautelar sustitutiva impuesta, de conformidad con el artículo 582 literales “C” y “F” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistentes en presentaciones periódicas cada cuarenta y cinco (45) días, por ante el puesto policial de San Antonio del Golfo, así como la prohibición expresa de comunicarse con la victima y familiares de la misma.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda el CAMBIO DEL LUGAR DE LAS PRESENTACIONES, al adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a quien se le inicio investigación, por la presunta comisión del delito de violación, previsto en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadanaxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; por ante el puesto policial de San Antonio del Golfo, Municipio Mejías; conforme a las previsiones del artículo 582 literal “C” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Líbrese boletas de notificación a las partes.
Líbrese oficio al puesto policial de San Antonio del Golfo, Municipio Mejías; a los fines de informarlo del régimen de presentación impuesto al adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxLíbrese oficio al puesto policial de Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni del Estado Sucre, a fin de informarle del cese de las presentaciones del adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, motivado al cambio del sitio de presentación.
Líbrese oficio a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, a los fines de remitir inmediatamente la presente causa
Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia, vele porque no se vulneren los derechos de los niños, niñas y adolescentes, que pudieran figurar, ya sea en calidad de víctima o acusado, mediante la publicación de su identidad; ello, de conformidad con lo previsto en los artículos 65 y 545 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 60 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Cúmplase.
Arelis González Rondón
Juez Segundo de Control
Sección Adolescentes
La Secretaria.
Abg. Rosario Márquez