LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
San José de Areocuar, 28 de mayo de 2015
205° y 156°
Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suscrita por la ciudadana TIBISAY FRANCISCA MARTINEZ ESTRADA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.450.703, domiciliada en la ciudad de Carúpano, jurisdicción del Municipio Bermúdez del estado Sucre, debidamente asistida por el ciudadano BERNARDO ANTONIO RAMIREZ MONTES, abogado en ejercicio e inscrito en Inpreabogado bajo el N° 227.905, con domicilio procesal en la ciudad de Carúpano y aquí de tránsito, y de las declaraciones de los testigos ciudadanos: LUIS CONCEPCION LA ROSA SALAZAR y CARLOS LUIS MARTINEZ MATA, quienes son venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cédula de Identidad Nos.V-8.452.759 y V-17.021.036, respectivamente, domiciliadas ambos en la ciudad de Carúpano, jurisdicción del Municipio Bermúdez del estado Sucre. En la cual la ciudadana TIBISAY FRANCISCA MARTINEZ ESTRADA, suficientemente identificada solicita a este despacho judicial se sirva declararla a ella y a sus hijos: MARYSAY DEL VALLE RIVAS MARTINEZ, MARIANNY DEL VALLE RIVAS MARTINEZ ,ALEXANDER JOSE RIVAS MARTINEZ y MILEIDYS DEL VALLE RIVAS MARTINEZ, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara ALEXI ANTONIO RIVAS GAMBOA, quien fuera venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.953.220, fallecido ab-intestato. Ahora bien, por cuanto los mencionados testigos ciudadanos: LUIS CONCEPCION LA ROSA SALAZAR y CARLOS LUIS MARTINEZ MATA, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara a los prenombrados ciudadanos TIBISAY FRANCISCA MARTINEZ ESTRADA, y a sus hijos: MARYSAY DEL VALLE RIVAS MARTINEZ, MARIANNY DEL VALLE RIVAS MARTINEZ, ALEXANDER JOSE RIVAS MARTINEZ y MILEIDYS DEL VALLE RIVAS MARTINEZ, suficientemente identificados con anterioridad, sus derechos como ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del decujus ALEXI ANTONIO RIVAS GAMBOA, supra identificado, procediendo de acuerdo a los establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros y así se decide. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Asimismo se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud y de lo actuado a los fines de su archivo en este Juzgado. En San José de Areocuar, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil quince. Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Juez Provisorio,
Abog. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria.,
T.S.U. Zoraima M. Vargas
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
La Secretaria.,
T.S.U. Zoraima M. Vargas.
Solicitud N° 035-2015
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