REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 7 de Mayo de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2010-000040
ASUNTO : RP01-P-2010-000040

ACTUALIZACION DE COMPUTO E INCLUSION EN JUNTA DE REDENCION
PENADO JOEL PASTRANA,

Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa seguida al JOEL ANTONIO PASTRANA CORDOVA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.996.132, de 27 años de edad, nacido en fecha 12/10/1984, residenciado al final de la Calle Bolívar, frente a la Escuela Inmaculada de Caíguirre, Cumana, Estado Sucre, actualmente recluido en la Comandancia General de Policía de Cumaná; se evidencia que en Juicio Oral y Público, celebrado en fecha 12 de Junio del año 2012, según acta inserta a los folios Doscientos Sesenta y Cuatro (264) al Doscientos Sesenta y Nueve (269) del Expediente (Pieza III), el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, lo condeno a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS, SIETE (07) MESES, TRES (03) DÍAS Y DECIOCHO (18) HORAS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de ley, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Adolescente CARLOS ALEJANDRO VÁZQUEZ RODRIGUEZ y por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal Venezolano en perjuicio del Adolescente RAMÓN AUGUSTO ANTON ZERPA con el Agravante Genérico establecido en el articulo 217 de la Le Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente.
Se observa que cursa oficio signado con el N° DP4-250-2015, por medio del cual el Defensor Público Penal CUARTO, Abg. DOUGLAS RIVERO, solicita a este Juzgado se realicen los trámites necesarios a los fines de la inclusión de su defendido en la próxima junta de redención y cómputo actualizado de pena.

En relación a la petición de cómputo actualizado se declara procedente y se realiza de seguidas; el reo JOEL ANTONIO PASTRANA CORDOVA, ya identificado, fue condenado a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS, SIETE (07) MESES, TRES (03) DÍAS Y DECIOCHO (18) HORAS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de ley, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Adolescente y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal Venezolano en perjuicio de Adolescente con el Agravante Genérico establecido en el articulo 217 de la Le Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente; y siendo que dicho condenado según acta de investigación penal, cursante al folio Ochenta y Ocho (88) del Expediente (Pieza I), es detenido el día 13 de enero del año 2010, hasta el día de hoy, 07 de mayo de 2015, es por lo que tiene cumplida una pena física de CINCO (05) AÑOS, TRES (03) MESES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta DOCE (12) AÑOS, TRES (03) MESES, NUEVE (09) DÍAS Y DIECIOCHO (18) HORAS, pena que finalizará el 17 de Agosto del año 2027, a las 18:00 Horas.

Igualmente se ordena la inclusión del penado en la próxima junta de redención a realizarse en el centro de reclusión actual, es decir la COMANDANCIA DE POLICA DE CUMANA ESTADO SUCRE.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, es por lo que Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la petición del defensor referida a ACTUALIZACION DE COMPUTO e inclusión de su auspiciado en JUNTA DE REDENCION, con respecto al penado JOEL ANTONIO PASTRANA CORDOVA, condenado a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS, SIETE (07) MESES, TRES (03) DÍAS Y DECIOCHO (18) HORAS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de ley, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, LESIONES LEVES, al día de hoy 07/05/2015 tiene cumplida una pena física de CINCO (05) AÑOS, TRES (03) MESES Y VEINTICUATRO (24) DÍAS, faltándole por cumplir de la pena impuesta DOCE (12) AÑOS, TRES (03) MESES, NUEVE (09) DÍAS Y DIECIOCHO (18) HORAS, pena que finalizará el 17 de Agosto del año 2027, a las 18:00 Horas. Líbrese Boleta Informativa al Penado. Líbrese Oficio al Director del IAPES, informándole de lo aquí decidido. Notifíquese a las partes (Penado, Fiscal del Ministerio Público y Defensa. Cúmplase.-
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,

ABG. DESIREE BARRETO SANTAELLA
SECRETARIA

ABG. SAMIRA MARIN APITZ