REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 25 de Mayo de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2011-002478
ASUNTO : RP01-P-2011-002478
ORDEN DE EVALUACIÓN PSICO SOCIAL
PENADO: MANUEL EUGENIO MERCIE MERCIET
Analizadas como han sido las actas procesales que conforman la presente causa, seguida al penado MANUEL EUGENIO MERCIE MERCIET, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.447.622, nacido en fecha 26/02/1.985, de 26 años de edad, residenciado en el Barrio Sabilar, Sector Cima, Calle Principal, Casa S/N, Cumaná, Estado Sucre; se evidencia de autos que en Juicio Oral y Público, celebrado en fecha 17 de Julio del año 2012, según acta inserta a los folios doscientos Trece (213) al doscientos Quince (215) del Expediente (Pieza II), el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, fue condenado a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, mas las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de CESAR CARLOS JIMÉNEZ YENDIS, dictándose el correspondiente auto de ejecución señalándose que dicha situación lo mantiene privado de su libertad actualmente en la sede del Internado Judicial de la Región Insular Estado Nueva Esparta.
Cursa al expediente Oficio signado con el N° DP2-2015-503, por medio del cual el Defensor Público Penal Segundo ABG. ALEJANDRO SUCRE, solicita a favor del penado MANUEL EUGENIO MERCIE MERCIET, practica de evaluación psico social tal sentido este Tribunal para decidir observa, que la solicitud, no es contraria a derecho, puesto que en la actualidad opta a fórmula alternativa de cumplimiento de pena, en consecuencia se acuerda oficiar al Equipo Multidisciplinario Evaluador de Nueva Esparta, adscrito al Ministerio del Poder Popular Para el Servicio Penitenciario, con sede en el Internado Judicial de la Región Insular, San Antonio, Estado Nueva Esparta, para que proceda a realizar la evaluación del penado de autos, el cual opta a una de las Formulas Alternativas al Cumplimiento de la Pena. Igualmente de oficio se ordena la inclusión del penado en la próxima junta de redención a realizarse en ese recinto y asi se decide.
DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, es por lo que Este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR la solicitud de la defensa y en este sentido ordena la practica de evaluación psico social del penado MANUEL MERCIET, puesto que en la actualidad opta a fórmula alternativa de cumplimiento de pena, en consecuencia se acuerda oficiar al Equipo Multidisciplinario Evaluador de Nueva Esparta, adscrito al Ministerio del Poder Popular Para el Servicio Penitenciario, con sede en el Internado Judicial de la Región Insular, San Antonio, Estado Nueva Esparta, para que proceda a realizar la evaluación del penado de autos, el cual opta a una de las Formulas Alternativas al Cumplimiento de la Pena. Igualmente de oficio se ordena la inclusión del penado en la próxima junta de redención a realizarse en ese recinto carcelario, líbrese oficio al Equipo Multidisciplinario Evaluador de Nueva Esparta, adscrito al Ministerio del Poder Popular Para el Servicio Penitenciario, con sede en el Internado Judicial de la Región Insular, San Antonio, Estado Nueva Esparta, para que proceda a realizar la evaluación del penado de autos, el cual opta a una de las Formulas Alternativas al Cumplimiento de la Pena. Líbrese Boleta Informativa al Penado. Líbrese Oficio al Director del Internado Judicial de la Región Insular, San Antonio, Estado Nueva Esparta, Librese oficio al tribunal exhortado informándole de lo aquí decidido adjunto a copia certificada de la presente decisión. Notifíquese a las partes (Fiscal del Ministerio Público y Defensa Pública). Cúmplase.-
EL JUEZ PRIMERO DE EJECUCIÓN,
ABG. DESIREE BARRETO SANTAELLA
LA SECRETARIA,
ABG. SAMIRA MARIN
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