REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control con competencia en Ilícitos Económicos y Fronterizos
Carúpano, 2 de Marzo de 2015
204º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2014-002481
ASUNTO: RP11-P-2014-002481
AUDIENCIA ESPECIAL DE SOLICITUD DE VEHICULO
Concluido el desarrollo de la Audiencia Especial, convocada a los fines de resolver sobre la Entrega de Vehículo, de entrega de vehiculo siendo la solicitante la ciudadana PETRA JOSEFINA GONZALEZ Se verifica la presencia de las partes estando presentes: La solicitante Petra Josefina González, debidamente asistido por la Abg. Yolanda Figueroa, el Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público con Competencia en Ilícitos Económicos Abg. José Miguel Marcano.
DEL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Seguidamente se le otorgó la palabra a la Fiscal del Ministerio Público quien expone: Esta representación Fiscal con todas las atribuciones conferidas en la ley, ratifica el acta del 28-05-2014, realizada por el Fiscal Provisorio Abg., Carlos Bravo, en donde niega la Entrega de un vehiculo de las siguientes características; Clase: Camión, Marca: Chevrolet, Modelo: NPR, Color: Blanco, Tipo: Chasis, Placas: A91AH3V, Año: 2010; Serial de Carrocería: 8ZCFNJKYXAV400637, por cuanto puede eventualmente ser objeto de comiso conforme a lo establecido en el segundo parte del articulo 59 de la Ley de Costos y Precios Justos, Es todo.
LA SOLICITANTE
Acto seguido se le cede el derecho de palabra a la solicitante ciudadana Petra González, quien expone: Quiero que me entreguen mi vehiculo por cuanto es mi único medio de ingresos ya que lo alquilo para fletes, mudanzas y soy una persona de la tercera edad y no gozo de ningún beneficio otorgado por el Estado, es todo.
DE LA DEFENSA
Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la Abg. Asistente Yolanda Figueroa, quien expone: ratifico el escrito presentado por mi persona presentado en fecha 05/01/2.015, donde solicito muy respetuosamente a este Tribunal la entrega del vehiculo propiedad de la ciudadana Petra Josefina González, tal como se desprende del certificado de registro Automotor, tal como lo pongo al Juez y fiscal a efectum vivendi, y comprometiéndonos a presentarlo al Tribunal la veces que lo requiera, asimismo presento a efectum videndi la negativa de la Fiscalia del Ministerio Publico y el Registro de Comercio de mi representada INVERSIONES IG C.A, donde se desprende de que su objeto principal es transporte, fletes de mercancías, víveres, muebles, etc., todo como lo determina el referido registro comercial, es todo.
El Tribunal pasa a resolver en los términos siguientes: Oído lo manifestado por el Fiscal del Ministerio Público y lo solicitado por la abogada asistente, en consecuencia este Tribunal Penal de Primera Instancia en Funciones con Competencia en Ilícitos Económicos del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO Clase: Camión, Marca: Chevrolet, Modelo: NPR, Color: Blanco, Tipo: Chasis, Placas: A91AH3V, Año: 2010; Serial de Carrocería: 8ZCFNJKYXAV400637, realizada por la ciudadana Petra Josefina González, ya que aun el Ministerio Publico hasta la presente fecha no ha presentado acto Conclusivo y el referido vehiculo pudiese ser objeto de comiso conforme a lo establecido en el segundo parte del articulo 59 de la Ley de Costos y Precios Justos. Así se decide. Una vez transcurrido el lapso legal de apelación, se ordena remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público. Cúmplase.
El Juez de Control con Competencia en Delitos Económicos y Fronterizos.-
Abg. Eduardo Figueroa
LA SECRETARIA JUDICIAL
Abg. Dorys Malavé
|