REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. CUMANÁ.
Cumaná, 9 de marzo de 2015 204º y 156º
ASUNTO Nº: JMS1-S-6799-15
SOLICITANTE. ZOLANGE MARVAL
MOTIVO: CONSIGNACIÓN DE BIENES
Revisadas como han sido las presentes actuaciones, y por cuanto se evidencia que cursa por ante este mismo Tribunal asuntos JMS1-S-6713-14 y JMS1-6799-15 que tratan de las mismas partes, y verificada como ha sido tal información, es decir se tramita por ante este Despacho dos AUTORIZACIONES JUDICIALES con ocasión de la consignación al Tribunal de las Prestaciones Sociales retenidas al ciudadano Alexander Salazar en beneficio de la niña Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y en dichos procesos se ha puesto de manifiesto la existencia de la prenombrada beneficiaria, a la par la existencia actual y paralela al presente asunto, en observancia al fuero atrayente que tienen los procesos y con fundamento en el artículo 51 del Código de Procedimiento Civil, se desprende que existe conexión entre ellas, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 79 ejusdem, este Tribunal en Decisión de la Jueza Dra. MARIA EUGENIA GRAZIANI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda LA ACUMULACIÓN POR CONEXIÓN de los asuntos antes señalados, es por lo que debe ser agregado el asunto JMS1-6799-15 al asunto JMS1-S-6716-14, así mismo se acuerda la notificación del ciudadano ALEXANDER SALAZAR a los fines que comparezca a este Tribunal y manifieste si está de acuerdo o no en entregar la suma consignada a la ciudadana Solange Marval. De igual manera se ordena la continuación de la foliatura. Cúmplase.
LA JUEZA
DRA. MARIA EUGENIA GRAZIANI.
LA SECRETARIA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA
Sentencia: Interlocutoria
MEGL.-/ alicia
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