REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, veinticinco de marzo de dos mil quince
204º y 156º

SENTENCIA

ASUNTO : RP31-L-2014-000237
PARTE ACTORA : WILDE JOSE SALAZAR
PARTES DEMANDADA: EMPRESA MIXTA SOCIALISTA PESQUERA INDUSTRIAL DEL ALBA S.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia presentada por el ciudadano WILDE JOSE SALAZAR, titular de la cedula de identidad N°10.954.349, asistido por el abogado JHONNY JOSE ESPARRAGOZA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 203.077, manifestando que Desiste del procedimiento intentado contra EMPRESA MIXTA SOCIALISTA PESQUERA INDUSTRIAL DEL ALBA S.A, este Tribunal Segundo de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente desistimiento y declara terminado el presente procedimiento solo respecto al ciudadano WILDE JOSE SALAZAR, intentado contra EMPRESA MIXTA SOCIALISTA PESQUERA INDUSTRIAL DEL ALBA S.A. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión.
.
La Juez,

Abg. ZORAIDA LEMUS ROMERO

El secretario