PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por RESTITUCION Y ENTREGA de inmueble incoara los ciudadanos JOSE ENRIQUE RAMOS GUERRA Y MIRALIS FACUNDA SENCLER CENTENO abogados en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros. 164.699 y 164.701, respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales de los presuntos Sucesores legales del de Cujus JOSE AGAPITO SANCHEZ, fallecido el 12 de febrero de 2008, quien era titular de la cédula de identidad número 1.133.141, esto es, los ciudadanos SOTO DE SANCHEZ PRUDENCIA, SÁNCHEZ SOTO MIGDALIA JOSEFINA, SÁNCHEZ SOTO MARLENE JOSEFINA, SÁNCHEZ SOTO ARGENIS JOSE Y SANCHEZ SOTO JOSE ALEXANDER, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de la Cédulas de Identidad Nros. 2.795.863, 13.316.784, 8.967.006, 5.896.474 y 11.416.343, por Restitución y Entrega del Inmueble que perteneció en vida al hoy difunto JOSE AGAPITO SANCHEZ, en contra de la ciudadana MELIDA LOPEZ