JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
San José de Areocuar, 02 de julio de 2015
205º y 156º
Vista la solicitud proveniente del Juzgado Distribuidor Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, presentada por los ciudadanos MARIA TERESA BELLO DE GOMEZ, SANTOS ALBERTO BELLO BRAVO, MORELVA JOSEFINA BELLO BRAVO, ARGENIS RAMON BELLO BRAVO,REINA LINA BELLO BRAVO,PABLO JOSE BELLO BRAVO, BEDA BERNARDINA BELLO BRAVO,JUAN ANTONIO BELLO BRAVO,ROSA JOSE BELLO BRAVO, MERCEDE CATALINA BELLO BRAVO, ORLANDO JOSE BELLO BRAVO, JOEL ELEAZAR BELLO OROPEZA y YOLEIDA DEL VALLE BELLO BRAVO,EDUARDO JOSE FERNANDEZ CARVAJAL, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, titulares de las Cédulas de Identidades Nº V V-4.293.353, 6.950.044, 5.851.252, 5.865.925,5.872.215,6.950.045,6.959.418,10.223.445,10.220.207,11.440.404,13.075.473, 14.291.830 y 14.716.786, todos domiciliados en jurisdicción del Municipio Bermúdez del estado Sucre, asistidos en este acto por el ciudadano JESUS LUIS DIAZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.737, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre una bienhechuría, contentiva de una casa de habitación, enclavada en un área de terreno, que tiene signado número catastral actual N° 19-05-03-04-01-10,que tiene un área de terreno de 220,80 Mts2 y un área de construcción de 182,95 Mts2, ubicado en calle San Felix, N° 144,Jurisdicción de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del estado sucre, la cual se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE: Con terreno Municipal, con una medida de (6,90 mts) SUR: Con calle San Felix, con una medida de (6,90 mts) . ESTE: Con casa que es o fue de Manuel Hernandez, con una medida (de 32,00 mts). OESTE: Con casa que es o fue de Marcelino Rojas, con una medida de (32,00 mts). El costo aproximado de la bienhechuría asciende a la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.300.000,00) y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos: JOSE GREGORIO MARCANO OLIVEROS y ALEXIS CARMELO UGAS SUBERO, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-10.883.704 y V- 4.943.220, respectivamente, todos domiciliados en jurisdicción del Municipio Bermúdez del estado Sucre, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión de los solicitantes. Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de los ciudadanos MARIA TERESA BELLO DE GOMEZ, SANTOS ALBERTO BELLO BRAVO, MORELVA JOSEFINA BELLO BRAVO, ARGENIS RAMON BELLO BRAVO,REINA LINA BELLO BRAVO,PABLO JOSE BELLO BRAVO, BEDA BERNARDINA BELLO BRAVO,JUAN ANTONIO BELLO BRAVO,ROSA JOSE BELLO BRAVO, MERCEDE CATALINA BELLO BRAVO, ORLANDO JOSE BELLO BRAVO, JOEL ELEAZAR BELLO OROPEZA y YOLEIDA DEL VALLE BELLO BRAVO,EDUARDO JOSE FERNANDEZ CARVAJAL, sobre la bienhechuría en referencia, dejando a salvo los derechos de terceros. Así se decide. En San José de Areocuar a los dos días del mes de julio de dos mil quince. Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación. Devuélvase todo original con sus resultados.-
La Juez Provisorio,
Abg. Fanny R. Martínez M.
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima Vargas.
Constante de ( ) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
T.S.U.Zoraima M. Vargas
Solic. Nº 047-2015