TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 05 de Junio de 2015.-
205° y 156°
Vista la anterior diligencia de fecha: 04 de Junio de 2015, suscrita por las partes intervinientes en el presente juicio y visto igualmente el contenido de la misma.- Se admite cuanto a lugar en derecho.- En consecuencia, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez. Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN al Convenimiento hecho entre las partes, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Y así se decide.-
EL JUE.
Dr. SERGIO SÁNCHEZ DUQUE.-
EL SECRETARIO,
Abg. ODILIO GONZÁLEZ.-
EXP. N° 5.947-15.-
SSD/OG/dbc.-
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