LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR,
ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
RIO CARIBE, 08 DE JULIO DEL AÑO 2015
205° Y 156°
Solicitud. N° 40-2015.-
SOLICITANTE: WILFREDO RAFAEL RINCONES RAMIREZ
Titular de la Cédula de Identidad
N° V-4.497.728
DOMICILIO PROCESAL: NO CONSTITUYO
APODERADO: NO OTORGO
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
Visto el contenido del anterior escrito presentado por distribución por el ciudadano: WILFREDO RAFAEL RINCONES RAMIREZ, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.497.728 domiciliado en La urbanización Guayacán de las Flores, Sector 01 vereda N° 10 casa N°6 Parroquia Santa Catalina Municipio Bermúdez del Estado Sucre, debidamente asistido del abogado CESAR ANTONIO MATA RIVERA IPSA 146.874, quien solicita la declaratoria de un Titulo de Únicos y Universales Herederos a su favor y a favor de HECTOR LUIS MARTINEZ FUENTES, EDDGAR JOSE MARTINEZ FUENTES, WILFRED NAZARETH RINCONES FUENTES y MARIA DEL ROSSARIO RINCONES FUENTES, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 9.459.365; v- 11.444.327; v-13.923.303 y V- 17.216.416 de la difunta LUISA ISABEL FUENTES DE RINCONES, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.943.507.-Para entrar a decidir, el Tribunal aprecia que: Consta en auto Acta de Defunción, Actas de Nacimientos y Acta de Matrimonio.
Los testigos dieron fe de sus dichos, por lo que, en el
caso estudio, se encuentran llenos los extremos exigidos por el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, para que prospere la declaratoria de Únicos y Universales Herederos
solicitada, de allí que resulta forzoso declarar la procedencia de la presente solicitud y así de decide.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente
solicitud de declaración de Únicos y Universales Herederos de la finada LUISA ISABEL FUENTES DE RINCONES, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.943.507a: su esposo e hijos: WILFREDO RAFAEL RINCONES RAMIREZ, HECTOR LUIS MARTINEZ FUENTES, EDDGAR JOSE MARTINEZ FUENTES, WILFRED NAZARETH RINCONES FUENTES y MARIA DEL ROSSARIO RINCONES FUENTES, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N°V- 4.497.728;V- 9.459.365; v-11.444.327; v-13.923.303 y V-17.216.416 respectivamente.- DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Publíquese, Regístrese y expídase copias certificadas.
Dado Firmado y Sellado en la Sala del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Río Caribe, a los Ocho (08) días del mes de Julio del año Dos Mil Quince (2.015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
El Juez Provisorio
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Abg. LUICE ALVAREZ HURTADO
El Secretario
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Nota: En la misma fecha (08-07-2015), a las Nueve y Cuarenta y Cinco Minutos de la Mañana (9:45 a.m.) se publicó la anterior sentencia como esta ordenado.-
El Secretario
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Abg. GREGORIO ALFREDO MENDOZA LOPEZ
Solicitud. N°.40-2015.-
LAH/gm.-
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