Cumaná, 14 de julio de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2012-002582
ASUNTO : RP01-P-2012-002582
Visto el oficio emanado del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre y suscrito por su Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, General de Brigada de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela EDICTO GIL, mediante el cual informa a este despacho judicial que el acusado LUIS MIGUEL ALFONZO ALFONZO, venezolano, nacido en fecha 13/07/1989, de 25 años de edad, cédula de identidad Nº V-19.893.616, de profesión u oficio sindicalista de la construcción, hijo de la ciudadana Carmen Alfonso, residenciado en la Urbanización el Brasil, Barrio El Manguito, primera calle, casa Nº 11 frente de la Bodega de la señora Sonia, Municipio Sucre, Estado Sucre, presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA FIGURA DE LA COAUTORIA, previsto y sancionado en el Artículo 406 numeral 1º y en relación con la Agravante genérica contemplada en el artículo 217 de la Ley Orgánica para Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes, HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA FIGURA DE COAUTORÍA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, conforme a las previsiones del artículo 406 numeral 1° del Código Penal en concordancia con el artículo 80 ejusdem, y en relación con la Agravante genérica contemplada en el artículo 217 de la Ley Orgánica para Protección del Niños, Niñas y del Adolescentes y ASOCIACION PARA DELINQUIR, el artículo 6 de la Ley Sobre la Delincuencia Organizada, se evadió de las instalaciones de esa coordinación policial en fecha 22-06-15,
Este Tribunal visto el oficio ya señalado suscrito General de Brigada de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela EDICTO GIL en su condición de Director General del Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre, del cual se desprende y así lo hace constar mediante oficio Nº 386/15 la fuga del imputado de autos; es por lo que en consecuencia este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda librar Orden de Captura dirigida a los Cuerpos de Seguridad, en contra del ciudadano LUIS MIGUEL ALFONZO ALFONZO, venezolano, nacido en fecha 13/07/1989, de 25 años de edad, cédula de identidad Nº V-19.893.616, de profesión u oficio sindicalista de la construcción, hijo de la ciudadana Carmen Alfonso, residenciado en la Urbanización el Brasil, Barrio El Manguito, primera calle, casa Nº 11 frente de la Bodega de la señora Sonia, Municipio Sucre, Estado Sucre y una vez capturado deberá ser ingresado al Instituto Autónomo de Policía del estado Sucre y ser puesto a la orden de este Tribunal a fin de tramitar lo conducente. Líbrese la correspondiente Orden de Captura al C.I.C.P.C, SEBIN, GUARDIA NACIONAL BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y AL I.A.P.E.S. Es todo, cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO.
ABOG. NAYIP BEIRUTTI.
LA SECRETARIA.
ABOG. DUBRASKA FRANCO
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