Cumaná, 22 de mayo de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2012-008937
ASUNTO : RP01-P-2012-008937
Visto el escrito interpuesto por el Abog. ELOY RENGEL, defensor privado del acusado FRADDY MARQUEZ LANZA, mediante el cual informa a este Juzgado que su representado ha recibido amenazas de muerte y corre peligro su vida solicitando sea trasladado desde el Internado Judicial de esta ciudad de Cumaná hasta la Comandancia de Policía de esta ciudad, este tribunal al respecto observa: Si bien es cierto y es sabido por todos que actualmente la Comandancia de Policía de esta ciudad sufre un gran y evidente hacinamiento, lo cual no hace permisible un mayor congestionamiento de reclusos, pero ante tal realidad de otra parte es obligación ineludible e impostergable de los jueces la aplicación de la Carta Magna en amparo y protección de los derechos humanos de las personas privadas de libertad y visto que el defensor del acusado de autos manifiesta que su representado corre peligro por amenazas que ha sufrido en ese Internado Judicial, en razón de ello, es por lo que este ordena oficiar a la Directora del Internado Judicial de esta ciudad a fin de que tramite todo lo conducente y todo aquello cuanto sea necesario a fin de garantizar la integridad física y la vida del acusado FREDDY MARQUEZ LANZA, como derecho fundamental que le asiste como a todo ser humano y se declara Sin Lugar la solicitud de traslado desde el Internado Judicial hasta la Comandancia de la Policía de esta ciudad, acordándose oficiar a la Directora del Internado Judicial de Cumana a fin de que con carácter de urgencia disponga de todo lo necesario para que efectivamente sea resguardada la integridad física y la vida del acusado FREDDY MARQUEZ LANZA . Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
El Juez Primero de Juicio.
Abog. Nayip Beirutti.
La Secretaria.
Abog. Fabiola Bauza.
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