REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 20 de Julio de 2015
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2012-005452
ASUNTO : RP01-P-2012-005452

Vista y analizada la Solicitud de Sobreseimiento de la causa, realizada por el abogado ALEJANDRO SUCRE, quién actúa en su carácter de defensor público, en causa donde aparecen como imputada la ciudadana CARMEN ELENA VALDIVIESO, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 413, en perjuicio de la Ciudadana VICENTA EMILIA GOMEZ, fundamentando su solicitud en que la acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada.

DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
El 28-08-2012, siendo aproximadamente cinco y cincuenta horas de Tardar, funcionarios adscritos al IAPES en labores de patrullaje reciben una llamada de la estación policial indicándole que se trasladaran la sede de la policía Municipal del Municipio Bolívar, donde estaría esperando una oficial femenina como apoyo y posteriormente trasladarse hasta el sector cerro colorado, con la finalidad de ubicar y trasladar al comando del IAPES a la ciudadana CARMEN ELENA VALDIVIESO, quien estaba denunciadas por el delito de lesiones, una vez en el sitio avisaron a una ciudadana acercándose a la misma identificándose como funcionarios policiales y preguntándole de la dirección de la ciudadana antes mencionada, manifestando esta ser la persona que buscaban procediendo inmediatamente a manifestarle el motivo de la presencia y si tenia un objeto de interés criminalístico entre su vestimenta que lo mostrara, luego se le solicitó su identificación manifestando no poseerla y quedando bajo arresto.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
En virtud de que el Fiscal del Ministerio Público plantea la solicitud de sobreseimiento respaldada, en que “La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada”, de conformidad con lo previsto en el numeral 3 del artículo 300, del Código Orgánico Procesal Penal; Este Tribunal Tercero de Control considera procedente resolver la solicitud de sobreseimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, mediante la presente decisión, visto que en el día 28-08-2012, fecha en que ocurren los hechos que configuran el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 413 del Código Penal, por lo que ha transcurrido mas de un año, que es el lapso de prescripción, establecido en el artículo 108 numeral 6 del Código penal, por lo que se observa que se ha extinguido la acción penal de conformidad con el numeral 3 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal por lo tanto este Tribunal Tercero de Control ADMITE EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA y así se decide.

DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO en causa iniciada en fecha 12-07-2013, donde aparecen como imputada la ciudadana CARMEN ELENA VALDIVIESO, venezolana, CI. N° 6.553.524, de 48 años de edad, nacido en fecha 28-10-1963, residenciado en la carretera nacional sector Cerro Colorado casa s/n, cerca de la venta de chicharrón y arepas Marigüitar Municipio Bolívar del Estado Sucre, Cumana Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 413, en perjuicio de la Ciudadana VICENTA EMILIA GOMEZ, de conformidad con el numeral 3 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda notificar a las partes de la decisión dictada, remítase la presente causa al Archivo Central y posteriormente remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en el lapso legal correspondiente. Cúmplase.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL,

ABG. DOUGLAS JOSÉ RUMBOS RUIZ


LA SECRETARIA

ABG. ANA LUCÍA MARVAL SAUD