REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
El Pilar: 12 de febrero de 2015
204° y 155°


Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO suscrita por el ciudadano GIL ANTONIO REYES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V- 1.915.316 y con domicilio en los Arroyos, jurisdicción del Municipio Benítez del Estado Sucre, asistido en este acto por el Abogado en ejercicio CARLOS CANDALLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 110.457, así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos: ANGEL LUIS BRITO ROJAS y ANGEL RAFAEL COVA LAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.841.378 y V-15.318.858, respectivamente. En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO, el ciudadano arriba suficientemente identificado, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su derecho de propiedad sobre unas bienhechurias con las siguientes características: seis (06) habitaciones, Una (01) sala, Un (01) comedor, Un (01) baño, Una (01) cocina, UN (01) local, paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit y zinc, tiene puertas de madera y de aluminio, con sus instalaciones eléctricas, aguas servidas y agua potable. Esta bienhechuria tiene un área de construcción de CIENTO QUINCE CON SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (115.64 Mts2) y tiene un área de extensión de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS (279,38 Mts2) y se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE: Con su fondo correspondiente que da con la vía que conduce a Tunapuicito (11,42 Mts), SUR: con su frente que es la referida Calle Francisco Antonio Vásquez (10.80 M.) ESTE: Con casa de Inés García (25.60 Mts) y OESTE: Con Casa de Magalis Esperanza Codero (25,50Mts), la cual esta ubicada en la Calle Francisco Antonio Vásquez de Los Arroyos, Municipios Benítez del Estado Sucre. El costo de dichas bienhechurias es por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,oo). Ahora bien por cuanto los mencionados testigos, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud. En consecuencia este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMUDEZ, BENITEZ, LIBERTADOR, ANDRES MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 937 del código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrarios y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastantes y suficientes dichas actuaciones para asegurarle al solicitante, ciudadano GIL ANTONIO REYES GONZALEZ, supra identificado sus derechos de propiedad que tiene sobre las bienhechurias, antes descritas. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas, a los fines de su archivo en este juzgado, para tal efecto se autoriza al ciudadano RAIMUNDO LEON, titular de la cedula de identidad Nº 5.907.867, en su carácter de Alguacil Accidental de este Órgano Jurisdiccional para el fotocopiado. Déjese copia certificada. CUMPLASE.-
El Juez Provisorio;

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Abg. Félix Benítez Pérez La Secretaria;

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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar

NOTA: En esta misma fecha (12/02/2015), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado.
La Secretaria;

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Abg. Ydanis Duarte de Bolívar





Solic. N° 09-15.-